JP plantea derogar Ley 32054 para restituir responsabilidad penal de partidos políticos
Juntos por el Perú (JP) plantea la derogación de la Ley N.° 32054, norma que modificó el marco legal relacionado con la responsabilidad de los partidos políticos frente a hechos ilícitos cometidos dentro de sus organizaciones. La propuesta busca restituir un régimen que permita atribuir consecuencias a las propias organizaciones políticas, además de la responsabilidad individual que corresponda a las personas involucradas. La iniciativa forma parte de las propuestas de la agrupación política en materia de lucha contra la corrupción y fortalecimiento de las instituciones. El planteamiento busca modificar el escenario establecido desde junio de 2024, cuando fue publicada la Ley 32054, que introdujo cambios al Código Penal y a la legislación sobre responsabilidad de las personas jurídicas. ¿Qué establece actualmente la Ley 32054? La Ley N.° 32054 modificó el artículo 105 del Código Penal y estableció una regulación específica para los partidos políticos. La norma señala que a estas organizaciones se les aplica el régimen sancionador previsto en la Ley N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas. Asimismo, establece que la responsabilidad penal se aplica de manera individual a los sujetos involucrados en el ilícito. De esta manera, la norma diferencia la responsabilidad de las personas que participan en un delito de las consecuencias que pueden recaer directamente sobre la organización política. La modificación fue presentada en su momento como una medida destinada a optimizar la democracia representativa y establecer disposiciones relacionadas con la lucha contra la corrupción dentro de las organizaciones políticas. La propuesta de JP busca modificar este escenario Frente al régimen actualmente vigente, Juntos por el Perú plantea derogar la Ley 32054 y recuperar un esquema que permita establecer responsabilidad y consecuencias jurídicas para los partidos políticos cuando determinados delitos sean cometidos utilizando su estructura u organización. La propuesta parte de la consideración de que la responsabilidad no debería limitarse exclusivamente a las personas que participaron directamente en los hechos, especialmente cuando existen elementos que vinculan a la propia estructura de una organización política con determinadas actividades ilícitas. El planteamiento coloca nuevamente en el debate público la discusión sobre hasta dónde debe llegar la responsabilidad de una organización política y cuál debe ser el alcance de las sanciones aplicables cuando se utiliza una estructura partidaria para cometer o favorecer hechos delictivos. Responsabilidad individual y responsabilidad de la organización Uno de los principales puntos de discusión está relacionado con la diferencia entre responsabilizar penalmente a una persona y establecer consecuencias jurídicas para una organización. La Ley 32054 mantiene la responsabilidad individual de quienes intervienen en un delito. Sin embargo, establece un tratamiento particular para los partidos políticos respecto de las medidas aplicables a las personas jurídicas. La propuesta de derogación busca modificar precisamente ese tratamiento, de modo que la existencia de una responsabilidad individual no impida analizar también las consecuencias que puedan corresponder a la organización política cuando los hechos ilícitos estén relacionados con su estructura o funcionamiento. El debate sobre el financiamiento de los partidos La discusión adquiere especial relevancia en investigaciones relacionadas con el financiamiento de organizaciones políticas. En los últimos años, diferentes investigaciones fiscales y procesos judiciales han analizado presuntos aportes irregulares y el uso de recursos de origen ilícito para financiar actividades partidarias. Estos casos han generado un debate sobre los mecanismos que deben existir para prevenir, investigar y sancionar el financiamiento ilegal de las organizaciones políticas. La propia Constitución establece que el financiamiento ilegal genera las sanciones correspondientes, mientras que la legislación establece diferentes mecanismos de control sobre los recursos utilizados por los partidos. La propuesta también se vincula con la lucha contra la corrupción Para JP, la revisión de la Ley 32054 forma parte de una política más amplia orientada a fortalecer la lucha contra la corrupción y evitar espacios de impunidad. El debate no se limita a determinar quién debe responder por un delito, sino que también involucra la necesidad de establecer mecanismos que permitan evitar que las estructuras partidarias sean utilizadas para facilitar, encubrir o beneficiarse de actividades ilícitas. Desde esta perspectiva, la derogación de la norma buscaría fortalecer los instrumentos jurídicos disponibles para investigar hechos vinculados con organizaciones políticas. Antecedentes de la Ley 32054 La Ley 32054 fue promulgada y publicada en junio de 2024 después de ser aprobada por el Congreso de la República. La norma modificó disposiciones del Código Penal y de la Ley 30424, relacionada con la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal. Entre los cambios introducidos se estableció que a los partidos políticos solo se les aplicaría el régimen sancionador previsto en la Ley de Organizaciones Políticas y que la responsabilidad penal recaería individualmente en las personas involucradas en los hechos ilícitos. La modificación generó desde su aprobación un debate jurídico y político sobre el tratamiento diferenciado otorgado a las organizaciones políticas frente a otras personas jurídicas. El Poder Judicial ya analizó los efectos de la norma La Ley 32054 también ha sido materia de discusión dentro de procesos judiciales relacionados con organizaciones políticas. En junio de 2024, el Poder Judicial rechazó aplicar la norma en favor del Partido Nacionalista Peruano dentro del juicio seguido contra Ollanta Humala y otros por el caso relacionado con Odebrecht. En aquella oportunidad, el tribunal señaló que los efectos y la interpretación de la nueva ley serían analizados al momento de emitir la sentencia correspondiente. Posteriormente, decisiones judiciales han continuado interpretando los alcances de la norma y sus efectos sobre la responsabilidad de las organizaciones políticas. Una resolución publicada en 2026 sostuvo que, bajo la Ley 32054, un partido político no puede ser considerado organización criminal como sujeto colectivo por los hechos cometidos por sus integrantes, sin perjuicio de la responsabilidad penal individual. Una norma que continúa generando debate jurídico La discusión sobre la Ley 32054 no se limita al ámbito político. También existe un debate jurídico respecto de la relación entre la responsabilidad de las personas jurídicas, la responsabilidad individual y el tratamiento especial que reciben las organizaciones políticas. Un análisis académico publicado por la revista THEMIS de la Pontificia Universidad Católica del
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