Consumidor

Minem anuncia que reparación de ductos de Camisea registra un avance del 64%

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ministerio de Energía y Minas (Minem) informó que los trabajos de reparación en los ductos del sistema de Camisea Gas Project registran un avance del 64%, como parte de las labores destinadas a restablecer el suministro de gas natural tras las recientes afectaciones en la infraestructura energética. De acuerdo con el ministerio, las brigadas técnicas continúan trabajando de manera permanente en la zona afectada con el objetivo de culminar las reparaciones en el menor tiempo posible y garantizar la normalización del abastecimiento de gas natural para el sistema energético nacional. Avances en las labores de reparación Las autoridades del sector energético señalaron que las labores incluyen la evaluación técnica del estado de los ductos, la reparación de tramos dañados y la aplicación de protocolos de seguridad para garantizar el correcto funcionamiento del sistema de transporte de gas. Estas acciones son ejecutadas por equipos especializados que trabajan bajo estrictos estándares técnicos, debido a la importancia estratégica del sistema de Camisea para el suministro de energía en el país. Importancia del gas de Camisea El gas natural proveniente de Camisea es una de las principales fuentes de energía del Perú, ya que abastece a centrales de generación eléctrica, industrias y miles de hogares a nivel nacional. Por ello, cualquier interrupción en el sistema de transporte de gas puede generar impactos en el sistema eléctrico y en diversas actividades económicas, lo que obliga a adoptar medidas de contingencia mientras se realizan las reparaciones correspondientes. Medidas ante la emergencia energética En el contexto de las restricciones en el suministro de gas natural, el Gobierno ha implementado diversas medidas para reducir el consumo energético y asegurar la continuidad de los servicios esenciales. Entre estas medidas se encuentran la promoción del teletrabajo en algunas entidades del sector público y el monitoreo del mercado de combustibles para evitar distorsiones en los precios. Finalmente, el Minem indicó que continuará supervisando los trabajos de reparación y mantendrá informada a la población sobre los avances en la recuperación del sistema de ductos de Camisea, con el objetivo de restablecer plenamente el suministro de gas natural en el país.     Noticias Relacionadas Minem anuncia que reparación de ductos de Camisea registra marzo 11, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ministerio de Energía y Minas (Minem) informó que los trabajos de reparación en los ductos del sistema de Camisea Gas Project registran un avance Crisis del gas: empresas eléctricas piden al MEF y marzo 10, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Las empresas del sector eléctrico solicitaron al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y al Ministerio de Energía y Minas (Minem) evaluar INDECOPI realiza seguimiento al mercado de combustibles ante restricciones marzo 9, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) anunció que viene realizando un

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Proponen que renovación digital requiera autorización expresa del consumidor

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una iniciativa normativa busca reforzar la protección de los consumidores en el ámbito digital al plantear que las renovaciones de servicios o suscripciones en plataformas digitales solo puedan realizarse con la autorización previa y expresa del usuario. La propuesta pretende evitar que los consumidores continúen pagando automáticamente por servicios digitales sin haber manifestado su consentimiento claro para renovar el contrato o la suscripción. Según los impulsores de la iniciativa, muchas plataformas utilizan mecanismos de renovación automática que generan cargos recurrentes en tarjetas o cuentas bancarias sin que el usuario sea plenamente consciente de ello. Mayor protección para los usuarios El planteamiento busca fortalecer los derechos de los consumidores en el entorno digital, estableciendo reglas más claras sobre la renovación de servicios como plataformas de entretenimiento, aplicaciones, suscripciones digitales o servicios en línea. De acuerdo con especialistas en derecho del consumidor, la medida permitiría que los usuarios tengan mayor control sobre los servicios que contratan, evitando cobros automáticos que muchas veces pasan desapercibidos durante largos periodos. Transparencia en los contratos digitales La iniciativa también apunta a mejorar la transparencia en los contratos digitales, obligando a las empresas proveedoras a informar claramente sobre las condiciones de renovación y a solicitar una confirmación expresa del usuario antes de continuar con el servicio. En el Perú, la defensa de los derechos de los consumidores en este tipo de servicios es supervisada por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), entidad encargada de velar por el cumplimiento de las normas de protección al consumidor. Debate sobre las renovaciones automáticas Las renovaciones automáticas han sido objeto de debate en distintos países, ya que algunos sectores consideran que pueden generar prácticas comerciales poco transparentes si el usuario no recibe información clara oportuna. Por ello, la propuesta plantea establecer un sistema en el que el consumidor deba confirmar explícitamente la renovación del servicio digital antes de que se realice cualquier nuevo cobro. Próximos pasos de la iniciativa La iniciativa aún deberá ser evaluada y debatida en el ámbito legislativo, donde se analizará su viabilidad y el impacto que podría tener tanto en la protección del consumidor como en las empresas que ofrecen servicios digitales. De aprobarse, la medida podría representar un cambio importante en la forma en que se gestionan las suscripciones y renovaciones de servicios digitales en el país, promoviendo un mayor equilibrio entre proveedores y usuarios en el entorno digital.     Noticias Relacionadas Proponen que renovación digital requiera autorización expresa del consumidor marzo 5, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una iniciativa normativa busca reforzar la protección de los consumidores en el ámbito digital al plantear que las renovaciones de servicios o Jefes de la ONPE y JNE alertan riesgo en marzo 4, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) advirtieron que la falta de presupuesto Destituyen a juez supernumerario del Callao por impedir ejecución marzo 3, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Junta Nacional de Justicia (JNJ) resolvió destituir a un juez supernumerario de la Corte Superior de Justicia del Callao por haber impedido que

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Hasta 10 años de prisión por tráfico ilícito de datos informáticos en Perú

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El ordenamiento jurídico peruano establece sanciones severas para el delito de tráfico ilícito de datos informáticos, el cual puede ser castigado con penas privativas de la libertad de hasta 10 años, dependiendo de la gravedad del hecho y de las circunstancias en que se cometa. Este delito se encuentra regulado dentro de los crímenes informáticos contemplados en el Código Penal. La norma sanciona conductas como la obtención, comercialización, difusión o transferencia no autorizada de datos informáticos, especialmente cuando se trata de información personal, confidencial o sensible. Las penas pueden agravarse si el delito es cometido por funcionarios públicos, si se afecta a un gran número de personas o si se utiliza la información para cometer otros ilícitos. Especialistas señalan que el incremento de este tipo de delitos responde al uso masivo de plataformas digitales y al manejo constante de datos en entornos virtuales. En ese contexto, las autoridades exhortan a la ciudadanía y a las empresas a reforzar sus medidas de seguridad informática y recuerdan que la ley penal busca proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información en el entorno digital.       Noticias Relacionadas Hasta 10 años de prisión por tráfico ilícito de febrero 2, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El ordenamiento jurídico peruano establece sanciones severas para el delito de tráfico ilícito de datos informáticos, el cual puede ser castigado Perú queda fuera de la lista negra migratoria de febrero 1, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Gobierno de Estados Unidos decidió excluir al Perú de la denominada lista negra migratoria, medida que representa un avance significativo en las Colegio de abogados de lima exige derogar decreto que enero 31, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Colegio de Abogados de Lima (CAL) exigió la derogatoria del decreto emitido por el Ejecutivo que modifica el esquema de gestión de Petroperú, al

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Perú queda fuera de la lista negra migratoria de estados unidos y se abren oportunidades diplomáticas y comerciales

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Gobierno de Estados Unidos decidió excluir al Perú de la denominada lista negra migratoria, medida que representa un avance significativo en las relaciones bilaterales entre ambos países. La decisión responde a mejoras en los mecanismos de control migratorio, cooperación institucional y cumplimiento de estándares internacionales por parte del Estado peruano. Autoridades y analistas señalaron que esta medida fortalece la imagen del Perú a nivel internacional y genera un clima favorable para el incremento del intercambio comercial, la atracción de inversiones y el fortalecimiento de acuerdos de cooperación en distintos sectores estratégicos. Asimismo, se espera una mayor fluidez en los procesos migratorios y consulares para ciudadanos peruanos. Desde el ámbito diplomático, la exclusión de esta lista es considerada una señal de confianza política por parte de Estados Unidos, lo que podría traducirse en una agenda bilateral más dinámica. El anuncio ha sido recibido de manera positiva por el sector empresarial y comercial, que ve en esta decisión una oportunidad para consolidar vínculos económicos y proyectar al Perú como un socio confiable en la región.       Noticias Relacionadas Perú queda fuera de la lista negra migratoria de febrero 1, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Gobierno de Estados Unidos decidió excluir al Perú de la denominada lista negra migratoria, medida que representa un avance significativo en las Colegio de abogados de lima exige derogar decreto que enero 31, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Colegio de Abogados de Lima (CAL) exigió la derogatoria del decreto emitido por el Ejecutivo que modifica el esquema de gestión de Petroperú, al Sindicatos denuncian a presidente jerí por ausentarse a reunión enero 30, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Los sindicatos de Petroperú expresaron su rechazo ante la inasistencia del presidente interino José Jerí a una reunión acordada con los

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Colegio de abogados de lima exige derogar decreto que podría privatizar petroperú

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Colegio de Abogados de Lima (CAL) exigió la derogatoria del decreto emitido por el Ejecutivo que modifica el esquema de gestión de Petroperú, al advertir que la norma carecería de sustento legal y podría afectar el carácter estratégico de la empresa estatal. Según el gremio, la medida no cumple con los requisitos constitucionales para la emisión de decretos de urgencia. A través de un pronunciamiento institucional, el CAL sostuvo que no se ha demostrado la existencia de una situación extraordinaria e imprevisible que justifique la adopción de decisiones que alteren la estructura y el control de Petroperú. Asimismo, alertó que el decreto podría constituir un mecanismo indirecto de privatización, vulnerando principios constitucionales y el interés público. El Colegio de Abogados advirtió que la continuidad de esta norma podría generar conflictos legales y afectar la seguridad jurídica del país. En ese sentido, exhortó al Congreso y a las autoridades competentes a evaluar la derogatoria del decreto y a promover un debate técnico y transparente sobre el futuro de Petroperú, priorizando el respeto al marco constitucional y a los intereses nacionales.     Noticias Relacionadas Colegio de abogados de lima exige derogar decreto que enero 31, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Colegio de Abogados de Lima (CAL) exigió la derogatoria del decreto emitido por el Ejecutivo que modifica el esquema de gestión de Petroperú, al Sindicatos denuncian a presidente jerí por ausentarse a reunión enero 30, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Los sindicatos de Petroperú expresaron su rechazo ante la inasistencia del presidente interino José Jerí a una reunión acordada con los ONPE realiza sorteo nacional de más de 820 mil enero 29, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) efectuó el sorteo nacional que selecciona a más de 820,000 ciudadanos que cumplirán la función de

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Sanción Administrativa por Conducta Anticompetitiva: Indecopi Multa a Win por Difusión de Mensajes Publicitarios Engañosos sobre Servicios de Telecomunicaciones

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ha resuelto una denuncia interpuesta por América Móvil Perú S.A.C. (operador de marca Claro) en contra de WI-Net Telecom S.A.C. (Win), determinando la comisión de actos de engaño contemplados en el artículo 8 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal. Mediante la Resolución N° 233-2025/CCD-Indecopi, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) impuso una sanción pecuniaria de 88.75 UIT, equivalente a S/ 474.812,50, por la difusión sistemática de 42 piezas publicitarias conteniendo aseveraciones engañosas sobre características técnicas y comerciales del servicio de internet fijo ofrecido por Win.​ Alegaciones de la Denunciante y Construcción de la ControversiaLa denuncia formal fue presentada por América Móvil en enero de 2025, fundamentándose en que Win, a través de sus canales de publicidad digital (primariamente plataformas de redes sociales como Instagram y Facebook), había difundido masivamente cuatro afirmaciones centrales que atribuían a su servicio características de supremacía y excelencia no sustentadas en realidad: (i) poseer el internet más rápido disponible en el mercado; (ii) ofrecer una conexión que nunca se cae, exenta de interferencias e interrupciones; (iii) proporcionar los planes con precio más justo de la región; y (iv) materializar la mejor tecnología y la mejor conexión disponible.​ Según la perspectiva de la denunciante, estas afirmaciones vulneraban el principio de veracidad exigible en publicidad comercial, resultaba imposible que Win las acreditara mediante información técnica fidedigna, y distorsionaban las condiciones de competencia en el mercado de telecomunicaciones al generar percepciones equívocas entre consumidores potenciales.​ Análisis de la Comisión y Confirmación de EngañoLa Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal realizó un análisis granular de cada una de las 42 piezas publicitarias cuestionadas, identificando construcciones discursivas específicas que se apartaban significativamente de las prestaciones reales. Entre los enunciados problemáticos identificados se encontraban: «Con el plan más veloz, navega al toque y sin complicaciones» y «Con WIN no tendrás retrasos en tu señal».​ La Comisión concluyó que estos mensajes no reflejaban acertadamente las características reales del servicio, generaban una percepción errónea en el consumidor y afectaban la competencia en el sector de telecomunicaciones. El análisis determinó que ciertas afirmaciones genéricas contenidas en otros mensajes no constituían engaño per se, razón por la cual una porción de la denuncia fue desestimada parcialmente.​ Estructura Sancionatoria Diferenciada por AlcanceInversión significativa en análisis computacional del alcance de cada anuncio resultó en la aplicación de sanciones diferenciadas. Los 42 avisos fueron mulados de manera escalonada, correspondiéndose la cuantía de la sanción con el número de visualizaciones, interacciones y alcance estimado de cada pieza publicitaria. Los anuncios de mayor viralidad y penetración fueron castigados con multas superiores a 10 UIT cada uno, reflejando el potencial de daño proporcional a su extensión.​ Medidas Correctivas y Régimen de CumplimientoAdicionalmente a la sanción pecuniaria, la Comisión ordenó el cese inmediato y definitivo de la difusión de todos los anuncios infractores, estimando que persistía riesgo de que los mensajes continuaran circulando en plataformas digitales. Win fue inscrita en el Registro de Infractores de Indecopi por actos de publicidad engañosa, hecho que compromete su reputación corporativa y posición competitiva en el mercado de telecomunicaciones.​ La resolución se considera de primera instancia administrativa, permitiendo que tanto América Móvil como Win presenten recursos de apelación ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, órgano de segunda y última instancia.     Noticias Relacionadas Sanción Administrativa por Conducta Anticompetitiva: Indecopi Multa a Win diciembre 16, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Jurado Nacional de Elecciones ha emitido la Resolución N° 0745-2025-JNE, mediante la cual declara nulas en su totalidad las elecciones primarias Invalidación Total de Procesos Electorales Internos: El JNE Declara diciembre 15, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Jurado Nacional de Elecciones ha emitido la Resolución N° 0745-2025-JNE, mediante la cual declara nulas en su totalidad las elecciones primarias Colegio de Abogados de Puno anula su proceso electoral diciembre 14, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ilustre Colegio de Abogados de Puno anuló íntegramente su proceso electoral 2025 para elegir Junta Directiva y Junta de Vigilancia 2026, tras

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Indecopi declara ilegal la restricción de Sunedu en educación de salud

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Fallo de la Sala Especializada en Barreras BurocráticasEl Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) emitió la Resolución N° 0437-2025/SEL-INDECOPI el 23 de octubre de 2025, declarando ilegal la disposición de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) que prohibía las modalidades educativas no presenciales en las carreras de salud. La decisión, ratificada por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, determinó que Sunedu excedió sus competencias legales al imponer esta restricción, contenida en el artículo 2 de la Resolución del Consejo Directivo 033-2023-SUNEDU/CD. Exceso de competencias de la SuneduSegún el fallo emitido por el presidente de la Sala, Gilmer Ricardo Paredes Castro, la Ley Universitaria N° 30220, modificada por la Ley N° 31520, no otorga a Sunedu la facultad de determinar o limitar las modalidades educativas en que pueden ofertarse programas de salud. La resolución es contundente: Sunedu carece de competencia legal para prohibir modalidades distintas a la presencial en carreras vinculadas al campo de la salud, limitando arbitrariamente la oferta educativa de las universidades. Esta decisión representa un importante antecedente, pues Indecopi reconoce que las universidades tienen autonomía para elegir cómo impartir sus programas, siempre dentro del marco legal vigente. La sentencia refleja que existen barreras burocráticas que impiden la innovación educativa y la flexibilidad necesaria para adaptarse a las realidades del contexto actual. Salvaguardias mantienen la calidad educativaPese a invalidar la restricción total, Indecopi aclaró que existen límites claros para proteger la calidad de la formación profesional. La Ley Universitaria, en su artículo 47 numeral 47.4.1, establece que ninguna carrera que requiera prácticas clínicas, internados o experimentación presencial puede dictarse íntegramente de forma virtual. Esto significa que carreras como medicina, enfermería, odontología y otras especialidades sanitarias que exigen componentes presenciales obligatorios permanecen sujetas a estos requisitos ineludibles. Indecopi reafirmó que Sunedu mantiene sus competencias en otros aspectos: supervisar las condiciones básicas de calidad, autorizar porcentajes máximos de créditos virtuales, establecer los listados de carreras que deben incluir componentes presenciales obligatorios, y fiscalizar el cumplimiento de estos requisitos. Lo que no puede hacer es prohibir de manera categórica las modalidades educativas. Antecedentes y ampliación del debateEsta resolución no es aislada. En primera instancia, la Resolución 0408-2024/CEB-INDECOPI del 4 de octubre de 2024 ya había declarado ilegal la restricción impuesta por Sunedu. La Sala Especializada procedió a ratificar esta decisión en instancia superior, consolidando un importante precedente jurisprudencial. El caso surgió en el contexto de la pandemia de COVID-19, cuando la educación virtual se expandió aceleradamente en todas las universidades. Aunque ello permitió la continuidad académica, también evidenció deficiencias en calidad educativa. Datos oficiales citados en la resolución muestran que el 41% de estudiantes universitarios expresó insatisfacción con la educación remota en 2020, y muchas instituciones no evaluaron adecuadamente la conectividad de sus alumnos y docentes. Proyecto de reglamento y nuevas directricesEn respuesta a esta sentencia, Sunedu ha presentado un proyecto de reglamento que busca establecer nuevos criterios de calidad para la educación a distancia y semipresencial. Este documento propone seis ejes de calidad: diseño curricular, capacitación docente, infraestructura tecnológica, mecanismos de monitoreo y supervisión permanente. Para carreras del ámbito de salud, el proyecto exige prácticas presenciales obligatorias bajo supervisión estricta, así como evaluaciones periódicas y un régimen sancionador. La propuesta ha sido puesta a disposición de universidades y especialistas para recopilar aportes antes de su aprobación final, abriendo un espacio de diálogo constructivo entre la autoridad reguladora y las instituciones educativas. Implicancias y camino a futuroLa decisión de Indecopi marca un hito en la autonomía universitaria y la flexibilidad educativa en Perú. Reconoce que las universidades tienen el derecho de elegir modalidades alternativas, pero también reafirma que existen estándares de calidad inviolables, especialmente en carreras que forman profesionales de la salud. El equilibrio buscado es permitir innovación y acceso a la educación, sin sacrificar la excelencia académica ni la empleabilidad de los graduados. En conclusión, la resolución del Indecopi fomenta la modernización del sistema educativo universitario peruano, eliminando restricciones innecesarias mientras mantiene garantías sobre la calidad formativa que demanda el país, particularmente en campos críticos como el de la salud.     Noticias Relacionadas Indecopi declara ilegal la restricción de Sunedu en educación diciembre 11, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Fallo de la Sala Especializada en Barreras BurocráticasEl Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Institucionalización del Observatorio Nacional de la Juventud: Un Instrumento diciembre 9, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ministerio de Educación formalizó mediante Resolución Ministerial 543-2025-MINEDU la creación del Observatorio Nacional de la Juventud, Designación de Nueva Dirección en la Junta Nacional de diciembre 8, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Junta Nacional de Justicia ha anunciado un cambio significativo en su estructura directiva mediante la elección de María Teresa Cabrera Vega como

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Sanción administrativa contra Smartfit Perú por incumplimiento de estándares de seguridad en infraestructura: Análisis de la Resolución 1185-2025-ILN-CPC

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema decidió revocar la condena de ocho años de prisión efectiva impuesta contra Daniel Salaverry, ex titular del Congreso, en el marco de un proceso seguido por el delito de peculado doloso. Esta decisión transforma el panorama político-judicial alrededor de la gestión parlamentaria y plantea desafíos respecto al uso de fondos públicos por representantes electos. Cronología Procesal: De la Condena a la RevocatoriaEn marzo de 2025, Salaverry fue sentenciado a ocho años de cárcel, cinco de inhabilitación para ejercer función pública, multa y una reparación civil de S/ 119,578 por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema. El fallo consideró probado que se apropió indebidamente de fondos asignados a actividades parlamentarias de representación, tras corroborarse inconsistencias en informes de viajes y uso presupuestal entre 2017 y 2018.​ Tras la condena, el excongresista apeló sosteniendo que existía un error de valoración probatoria y una supuesta persecución política. La Corte Suprema admitió el recurso y, tras una audiencia interna en noviembre de 2025, deliberó sobre la legalidad e interpretación de los elementos materiales del proceso penal instaurado en su contra.​ Fundamentos Jurídicos y Nuevo Pronunciamiento del Tribunal SupremoEl martes 2 de diciembre de 2025, la Sala Penal Permanente, presidida por el juez supremo César San Martín, declaró fundada la apelación de Salaverry y revocó íntegramente la condena, absolviéndolo de responsabilidad penal. Según trascendidos, el máximo tribunal sostuvo que no se probó adecuadamente la apropiación individual dolosa por parte de Salaverry de los fondos parlamentarios. La Corte arguyó que existían inconsistencias en la cadena probatoria y en la acreditación de la administración directa de viáticos por parte del exfuncionario, por lo cual el estándar de certeza exigible en materia penal resultaba insatisfecho.​ Repercusiones Políticas y Jurídicas InmediatasLa decisión de la Corte Suprema tiene efectos inmediatos, puesto que deja sin efecto el mandato de prisión y las medidas accesorias impuestas: no habrá inhabilitación, ni multa ni reparación a favor del Estado por este caso. El desenlace genera reacciones diversas en la opinión pública y el espectro político, donde diferentes sectores ven la resolución como un parteaguas para la percepción sobre la lucha contra la corrupción y, a la vez, levantan cuestionamientos sobre la rigurosidad de la supervisión de gastos en la función parlamentaria.​ Antecedentes y Contexto: Un Caso ControvertidoLa acusación contra Salaverry se originó con la denuncia de la Procuraduría y la Fiscalía, quienes argumentaron que se habían presentado documentos y fotos falsos en informes de representación parlamentaria para justificar el gasto de viáticos por actividades legislativas no realizadas entre 2017 y 2018. Según la defensa, dichos informes contenían manejos administrativos documentales habituales, sin intención dolosa. La controversia evidenciaba la necesidad de mecanismos institucionales más robustos para auditar el uso de recursos asignados a los parlamentarios.​ Reflexión Final: ¿Camino Hacia Nuevos Estándares de Control?Este caso reafirma el principio de presunción de inocencia y el estándar de prueba en materia penal, señalando los límites del Derecho Penal en el control del gasto público. Sin embargo, el fallo reabre el debate en torno a la transparencia y la fiscalización efectiva de los fondos estatales, exigiendo al Poder Legislativo e instituciones de control, mecanismos más estrictos y sistemas de rendición de cuentas que prevengan riesgos de corrupción y aseguren el adecuado uso del erario público.​     Noticias Relacionadas Sanción administrativa contra Smartfit Perú por incumplimiento de estándares diciembre 3, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema decidió revocar la condena de ocho años de prisión efectiva impuesta contra Daniel Salaverry, ex Corte Suprema absuelve a Daniel Salaverry: Análisis de la diciembre 2, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema decidió revocar la condena de ocho años de prisión efectiva impuesta contra Daniel Salaverry, ex Implementación de Nuevos Montos Remunerativos para la Carrera Pública diciembre 1, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación, ha publicado recientemente el Decreto Supremo 277-2025-EF,

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Indecopi multa a restaurante por engañar con promoción falsa de «Buffet de Alitas»

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Indecopi sancionó a Multiservicios Maicelo S.A.C., restaurante en San Isidro, por brindar información falsa sobre la vigencia de su promoción «Buffet de Alitas». Mediante la Resolución Final 1593-2025/PS3, se impuso una multa de 7,93 UIT (aproximadamente S/ 42.425,50) por tres infracciones: información engañosa sobre disponibilidad de la promoción, omisión de datos del proveedor en la hoja de reclamaciones, e incumplimiento en la atención al reclamo. El restaurante debe ofrecer el buffet a la consumidora dentro de 15 días hábiles, responder formalmente su reclamo y regularizar su libro de reclamaciones. Adicionalmente, será inscrito en el Registro de Infracciones del Indecopi por cuatro años. El caso ilustra la protección de derechos del consumidor ante publicidad engañosa y procedimientos administrativos deficientes en establecimientos comerciales. CONTENIDO DE LA NOTICIA:El caso: publicidad engañosa en San IsidroEl Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha sancionado a Multiservicios Maicelo S.A.C., restaurante ubicado en San Isidro, por brindar información falsa sobre la vigencia de su promoción «Buffet de Alitas». La Resolución Final 1593-2025/PS3, emitida el 12 de agosto de 2025, impone una multa total de 7,93 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a aproximadamente S/ 42.425,50, además de medidas correctivas significativas que benefician a la consumidora denunciante.​ Los hechos son relativamente simples pero revelan un problema recurrente en la experiencia del consumidor: una cliente llamó telefónicamente al restaurante el 29 de enero de 2025 para confirmar disponibilidad de la promoción con motivo de su cumpleaños. Un trabajador del establecimiento le informó explícitamente que el buffet estaba disponible todos los días, salvo los viernes. Confiando en esta información, la consumidora se dirigió al local días después, un miércoles, solo para ser informada de que la promoción no existía. La contradicción fue tan evidente que la cliente presentó una formal hoja de reclamación denunciando el engaño.​ Hallazgos del procedimiento administrativoDurante la investigación administrativa, Indecopi corroboró la veracidad de los dichos de la consumidora. El procedimiento verificó que la llamada telefónica efectivamente había ocurrido y que el trabajador del restaurante había ofrecido información completamente incorrecta. Además, los fiscalizadores del Indecopi comprobaron que la promoción nunca existió o no estaba disponible en la forma prometida.​ El órgano resolutivo declaró fundada la denuncia por tres infracciones específicas. Primero, por brindar información falsa o que induce a error sobre los días de vigencia del «Buffet de Alitas», violando el artículo 3 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Segundo, por no incluir los datos correctos del proveedor (razón social, RUC y dirección) en una hoja de reclamaciones, incumpliendo el artículo 150 del mismo código. Tercero, por no haber dado atención adecuada a la hoja de reclamación presentada, contraviniendo lo establecido en el artículo 24.1 del código.​ Desglose de las sancionesLa multa se distribuyó de manera desigual según la gravedad de cada infracción. La violación más costosa fue la información falsa sobre la promoción, por la cual fue sancionado con 1,93 UIT. El incumplimiento en el registro de datos del proveedor en el libro de reclamaciones resultó en 1 UIT, mientras que la falta de atención al reclamo formal fue penada con 5 UIT, siendo esta la falta más grave según la evaluación del órgano resolutivo. Adicionalmente, el restaurante debe pagar S/ 36 en concepto de costas procesales.​ Medidas correctivas y obligaciones futurasMás allá de las multas económicas, Indecopi ordenó medidas correctivas significativas. El restaurante está obligado a poner a disposición de la consumidora la promoción «Buffet de Alitas» dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles. En los primeros cinco días, debe comunicarle exactamente cómo podrá acceder al beneficio, eliminando cualquier ambigüedad.​ Igualmente, Multiservicios Maicelo debe proporcionar respuesta formal y escrita al reclamo original de la consumidora, también dentro de 15 días hábiles. El establecimiento tiene asimismo la obligación de implementar un libro de reclamaciones físico que cumpla cabalmente con los requisitos normativos, consignando de forma legible la razón social, RUC y dirección del establecimiento en cada hoja, facilitando a los consumidores la identificación plena del proveedor.​ Inscripción en registro público de infraccionesUna consecuencia adicional es que Multiservicios Maicelo será inscrito en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi, registro público que permanecerá durante cuatro años. Esta inscripción afecta significativamente la reputación de la empresa y constituye una marca visible de incumplimiento normativo que los consumidores pueden consultar antes de hacer sus transacciones.​ Importancia para la protección del consumidorEste caso ejemplifica la labor fundamental del Indecopi en proteger a los consumidores peruanos del engaño y la publicidad falsa. La sanción envía un mensaje claro: las empresas no pueden ofrecer información contradictoria o inexacta sobre sus ofertas, ni pueden incumplir deberes procedimentales como mantener libros de reclamaciones correctamente diligenciados. Las consecuencias incluyen no solo multas económicas significativas, sino también daño reputacional y obligaciones correctivas que benefician directamente al afectado.​ La resolución puede ser apelada dentro de 15 días hábiles por el restaurante, pero si transcurre ese plazo sin que presente recurso, la sanción quedará consentida y se iniciará un proceso de ejecución coactiva en caso de incumplimiento voluntario.     Noticias Relacionadas Indecopi multa a restaurante por engañar con promoción falsa noviembre 18, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Hallazgos y magnitud del problemaLa Contraloría General de la República ha emitido una contundente advertencia tras detectar serias irregularidades Contraloría advierte graves irregularidades en viviendas sociales: se construyen noviembre 17, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Hallazgos y magnitud del problemaLa Contraloría General de la República ha emitido una contundente advertencia tras detectar serias irregularidades Fiscalía investiga a Keiko Fujimori por presunta recaudación ilícita noviembre 16, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Contexto de la investigaciónLa Fiscalía peruana abrió una investigación contra Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, por presunta recaudación

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Perú y Reino Unido sellan convenio para evitar la doble imposición y fortalecer la lucha contra la evasión fiscal

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Un nuevo marco tributario para impulsar la inversión y la transparencia El Perú y el Reino Unido suscribieron un convenio bilateral para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y elusión fiscal, un acuerdo que marca un hito en la política tributaria y de cooperación económica internacional del país. Este nuevo tratado, resultado de años de negociación entre el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Servicio Real de Rentas y Aduanas del Reino Unido (HMRC), busca dotar de mayor seguridad jurídica a los inversionistas y garantizar una tributación más equitativa en las operaciones transfronterizas. De acuerdo con el ministro de Economía, José Salardi, este convenio “no solo refuerza la posición del Perú como un destino atractivo y confiable para las inversiones extranjeras, sino que también promueve la transparencia y la cooperación efectiva entre las administraciones tributarias de ambos países”. Un paso hacia la equidad tributaria y la atracción de capitales El acuerdo establece un marco legal claro para evitar que una misma renta sea gravada dos veces —tanto en el país de origen como en el de destino—, mitigando así los costos fiscales redundantes que suelen obstaculizar la inversión internacional. A su vez, introduce mecanismos que facilitan el intercambio de información tributaria entre ambas naciones, fortaleciendo las capacidades de fiscalización y el control sobre prácticas de evasión o elusión fiscal. Con la entrada en vigor de este convenio, las empresas británicas y peruanas contarán con un conjunto de garantías frente a la discriminación tributaria y a la doble imposición, favoreciendo un entorno de estabilidad y previsibilidad normativa. La medida permitirá, además, consolidar una relación económica más dinámica y transparente entre Lima y Londres, promoviendo un flujo de inversiones de largo plazo. Un marco que consolida la integración global del Perú La firma del acuerdo con el Reino Unido se suma a una red de diez convenios de doble imposición (CDI) que el Perú ha suscrito con países de América Latina, Europa y Asia. Entre ellos figuran Chile, Canadá, la Comunidad Andina, Brasil, México, Corea del Sur, Suiza, Portugal y Japón. A nivel regional, estos tratados han permitido generar entornos de inversión más competitivos, fortaleciendo la posición del Perú como una economía abierta y confiable. El ministro Salardi también adelantó que el país evalúa iniciar negociaciones con Francia, cuyo convenio se encuentra en debate congresal, y explorar nuevos mercados con Emiratos Árabes, Arabia Saudita, Australia y Singapur. Estos avances, sostuvo, buscan “seguir abriendo las puertas del país a la inversión global, pero bajo reglas claras, equitativas y con mecanismos efectivos para prevenir abusos fiscales”. Beneficios concretos para el desarrollo económico El Reino Unido es uno de los socios económicos más importantes del Perú. En las últimas dos décadas, su inversión en el país ha alcanzado casi 13 000 millones de dólares, concentrándose principalmente en los sectores de metales, industria alimentaria, energía y turismo. Este nuevo convenio refuerza ese vínculo, brindando un soporte legal y tributario sólido para que las empresas continúen apostando por el mercado peruano. Asimismo, el acuerdo es una herramienta clave para fomentar la justicia fiscal, pues contribuye a cerrar brechas legales que antes facilitaban la elusión y a fortalecer la confianza de los contribuyentes en las instituciones tributarias. Con este convenio, el Perú reafirma su compromiso de integrarse al comercio global bajo estándares de transparencia, equidad y responsabilidad tributaria, consolidando un paso firme hacia una economía más competitiva, moderna y alineada con las buenas prácticas internacionales.     Noticias Relacionadas Perú y Reino Unido sellan convenio para evitar la noviembre 6, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La norma reconoce derechos laborales plenos y garantiza un proceso meritocrático, transparente y financieramente responsable para los servidores Ley N.º 32489: Incorporación progresiva de trabajadores CAS de noviembre 5, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La norma reconoce derechos laborales plenos y garantiza un proceso meritocrático, transparente y financieramente responsable para los servidores Perú rompe relaciones diplomáticas con México tras asilo concedido noviembre 4, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Gobierno califica la medida mexicana como un acto inamistoso y anuncia que solo se mantendrán las relaciones consulares para proteger a los

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