Poder Judicial Prorroga Designación de Jueces Supernumerarios: Medida de Emergencia para Enfrentar Déficit de Magistrados

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El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) aprobó por unanimidad la Resolución Administrativa N° 000005-2026-CE-PJ, publicada el 9 de enero de 2026, que prorroga hasta el 30 de junio de 2026 la facultad de las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país para designar jueces supernumerarios en situaciones de déficit de personal. La medida refleja la persistente insuficiencia de magistrados titulares en el sistema judicial peruano y la dificultad operativa para realizar nuevos concursos de selección.

La prorroga amplía un plazo que originalmente vencía el 31 de diciembre de 2025, permitiendo que las presidencias de Corte continúen designando a trabajadores de su respectivo Distrito Judicial —o de otros distritos judiciales si fuere necesario— como jueces supernumerarios, siempre que cumplan con los requisitos legales, no presenten incompatibilidades y sean calificados como «los más idóneos».

¿Quiénes son los Jueces Supernumerarios y por Qué se Necesitan?
Los jueces supernumerarios son magistrados que no forman parte de la planta orgánica permanente pero son designados para cubrir vacantes, reemplazos y cargos especializados que requieren atención inmediata. En el sistema judicial peruano, la existencia de jueces supernumerarios es un mecanismo complementario cuando la nómina de jueces titulares resulta insuficiente para la carga procesal.

La prioridad legal establecida para llenar vacantes sigue un orden específico: primero, se designa a un juez titular del grado inmediato anterior como provisional; luego, ante su falta, se convoca a un juez supernumerario de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia; en tercer término, se recurre a abogados inscritos en la Nómina de Abogados Aptos para desempeñarse como jueces supernumerarios. Solo cuando fallan estos mecanismos, las presidencias de Corte quedan autorizadas a designar otros trabajadores del sistema judicial como supernumerarios.

El Problema de Fondo: Dilación en Nuevos Concursos
Los fundamentos de la resolución revelan problemas estructurales en la gestión de recursos humanos judiciales. Según los considerandos, la nómina vigente de abogados aptos para ejercer como jueces supernumerarios resulta insuficiente, pero los concursos para elegir nuevos candidatos se han visto obstaculizados por «dilaciones innecesarias» en las comisiones distritales de selección.

El caso del Distrito Judicial de La Libertad ilustra estas dificultades. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad solicitó formalmente al Consejo Ejecutivo que se prorrogara la facultad de designación, argumentando que «la nómina vigente resulta insuficiente para cubrir todos los órganos jurisdiccionales que no tienen un juez titular». Pese a múltiples requerimientos desde el Consejo Ejecutivo Distrital (mediante las Resoluciones Administrativas N° 00760-2025-CED-CSJLL-PJ, entre otras), la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios ha retrasado la convocatoria a un nuevo concurso de selección.

El secretario técnico de esta comisión remitió una propuesta de cronograma que fue «reformulada por segunda vez», demostrando, en palabras del CEPJ, «una vez más la dilación innecesaria» del proceso. Incluso se reporta que el presidente de la Comisión Distrital se ha resistido a ejecutar nuevos concursos, sustentándose en que «su función es básicamente jurisdiccional y no administrativa», a pesar de reconocer la gravedad del déficit de magistrados.

Requisitos para la Designación de Supernumerarios
La resolución establece que cualquier designación de juez supernumerario debe cumplir imperativamente tres condiciones:

Cumplimiento de requisitos legales: El designado debe reunir los requisitos establecidos por la normatividad sobre selección de jueces.

Ausencia de incompatibilidades: No debe tener restricciones legales que lo inhabiliten para el cargo.

Idoneidad comprobada: Debe ser calificado como «el más idóneo» para ejercer la función jurisdiccional.

Estas salvaguardas buscan garantizar que la prorroga no se convierta en una vía para designaciones arbitrarias o que comprometan la calidad de la administración de justicia.

Excepción para Amazonas: Autorización de Abogados Libres
Una disposición especial incluida en la Resolución Administrativa N° 000198-2025-CE-PJ (que sirvió como antecedente) autoriza de manera excepcional a la Corte Superior de Justicia de Amazonas a designar, «como última instancia», a abogados libres que cumplan con los requisitos legales para ejercer como jueces supernumerarios. Esta excepcionalidad fue justificada por la «especial situación» del Distrito Judicial de Amazonas y la necesidad de garantizar «la continuidad del servicio de administración de justicia y la implementación del Sistema Nacional Especializado en Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – SNEJ en la provincia de Condorcanqui».

Notificación y Vigencia
La resolución ordena notificar la disposición a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, a todas las Cortes Superiores de Justicia del país, a la Subgerencia de Gestión del Empleo de la Gerencia de Recursos Humanos, y a la Gerencia General del Poder Judicial. La prorroga rige desde la fecha de publicación y será efectiva hasta el 30 de junio de 2026, momento en el cual —se espera— los nuevos concursos de selección de jueces supernumerarios hayan actualizado las nóminas disponibles.

Contexto: Desafíos Sistémicos en la Administración de Justicia
Esta prorroga se inscribe en un contexto más amplio de desafíos institucionales que enfrenta el Poder Judicial. Los jueces supernumerarios han expresado públicamente sus demandas por mejoras laborales, rechazando ser «la causa de los males que aquejan al sistema de justicia». La designación de magistrados sin plaza permanente es una solución temporal que no resuelve problemas de fondo como la insuficiencia presupuestal, la falta de capacitación continua y la sobrecarga procesal.

El deficiente mantenimiento de nóminas actualizadas ha obligado al CEPJ a recurrir reiteradamente a prórrogas, revelando una gestión de recursos humanos que no logra anticiparse a las necesidades operativas del sistema. Con la prorroga hasta junio de 2026, se espera que las Cortes Superiores aprovechen este tiempo para culminar los concursos de selección pendientes y ampliar significativamente sus nóminas de candidatos aptos.

La resolución fue aprobada por unanimidad del Consejo Ejecutivo, reflejando el reconocimiento unánime de que esta medida de emergencia es actualmente indispensable para el funcionamiento de los juzgados en todo el país, aunque no constituye una solución permanente a los problemas estructurales del sistema judicial peruano.

 

 

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