28 de noviembre de 2025

Martín Vizcarra Condenado a Catorce Años de Prisión por Corrupción en Moquegua

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La justicia peruana ha condenado al expresidente Martín Vizcarra a catorce años de cárcel por recibir sobornos durante su gestión como gobernador de Moquegua. Entre 2011 y 2014, Vizcarra obtuvo 2,3 millones de soles de constructoras Obrainsa e ICCGSA a cambio de adjudicarles proyectos de infraestructura pública: las obras Lomas de Ilo y la remodelación del Hospital Regional. El tribunal determinó que utilizó su autoridad para condicionar la buena pro al pago de coimas. Vizcarra fue también inhabilitado por nueve años para ejercer cargo público y condenado al pago de una multa de 94.900 soles. CONTENIDO DE LA NOTICIA:El Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional de Perú ha pronunciado su veredicto contra el expresidente Martín Vizcarra, condenándolo a catorce años de prisión efectiva por haber recibido sobornos mientras ejercía como gobernador de Moquegua. La decisión tomada hace apenas dos días representa un hito en la persecución judicial de la corrupción de alto nivel en el país, confirmando que incluso aquellos que llegaron a la máxima magistratura no escapan a la rendición de cuentas ante la ley. La Trama de Corrupción en la Región SureñaDurante su gestión como gobernador de Moquegua entre 2011 y 2014, Vizcarra solicitó y recibió 2,3 millones de soles (aproximadamente 680.000 dólares) de las constructoras Obrainsa e ICCGSA a cambio de otorgarles la buena pro en dos importantes proyectos de infraestructura pública. El primero concernía a las obras de conducción Lomas de Ilo, por el cual se le impusieron seis años de prisión, mientras que el segundo era la remodelación del Hospital Regional de Moquegua, que generó una condena adicional de ocho años.​​ El tribunal determinó que Vizcarra utilizó su posición de autoridad para condicionar deliberadamente la adjudicación de estos proyectos al pago de sobornos. Los sobres manila contenían billetes de la más alta denominación disponible, entregados conforme a un modus operandi que fue corroborado por los peritajes de la Policía Nacional. Aunque Vizcarra mantuvo delegadas algunas funciones administrativas, las pruebas establecieron que él ejercía pleno conocimiento e interés en los proyectos, desestimando así sus argumentaciones de distancia del proceso.​ El Peso de la Evidencia TestimonialLa Fiscalía, bajo la dirección del fiscal Germán Juárez Atoche, presentó testimonios de exdirectivos de las empresas involucradas que resultaron ser determinantes para la condena. El exgerente de Obrainsa, Elard Paul Tejeda, proporcionó relatos coherentes que fueron validados por el tribunal en cuanto a credibilidad y consistencia. La jueza Fernanda Ayasta, quien presidió la sala, subrayó que no se hallaron rastros de odio o enemistad que pudiera restarle confiabilidad a estos testimonios.​ Particularmente relevante fue la declaración de directivos de ICCGSA, quienes narraron cómo en noviembre de 2013 Vizcarra supeditó la firma del contrato del hospital al pago del soborno. Estos relatos fueron respaldados por la investigación de dinero que supuestamente pasó por la empresa Mzarq y fue posteriormente depositado en una caja fuerte.​ La Inhabilitación y las Implicaciones PolíticasMás allá de la condena privativa de libertad, el tribunal dispuso que Vizcarra sea inhabilitado durante nueve años para ejercer cualquier cargo público. Adicionalmente, fue condenado al pago de una multa equivalente a 730 días, cifra que asciende a 94.900 soles, que deberá satisfacer mediante cuotas diarias de aproximadamente 130 soles.​ La sentencia se ejecuta de inmediata, por lo que Vizcarra fue trasladado directamente a un establecimiento penitenciario tras la lectura del fallo. El expresidente ha expresado su intención de apelar la decisión, calificándola en redes sociales como «venganza» antes que justicia. Afirmó que su procesamiento responde a persecución política por haberse «enfrentado» a los grupos de derecha que dominan el Congreso.​ Contexto de la Gestión Presidencial y el VacacionismoEste proceso judicial se enmarca en una trayectoria política turbulenta para Vizcarra. Tras haber asumido la presidencia en marzo de 2018, reemplazando a Pedro Pablo Kuczynski, gozó de amplia popularidad en 2019 cuando disolvió controversialmente el Congreso. Sin embargo, su reputación colapsó tras ser protagonista del mayor tráfico de vacunas del continente durante la pandemia de COVID-19. En noviembre de 2020, tras apenas treinta y dos meses de mandato, fue removido del cargo mediante un proceso de vacancia por incapacidad moral permanente, precisamente como consecuencia de revelaciones sobre estos casos de corrupción.​ Una Decisión Judicial Contrapesada pero CondenatoriaLa Fiscalía había solicitado originalmente una condena de quince años, pero el tribunal consideró prudente rebajar esta a catorce años. A pesar de esta reducción, la sentencia permanece como un acto de firmeza del Poder Judicial peruano frente a la corrupción en altas esferas, validando la credibilidad de los testimonios y la prueba presentada por los fiscales.​​ La defensa de Vizcarra, por su parte, había argumentado que la prueba fiscal carecía de sustento y que existía un trato desigual en la imputación penal. Estas argumentaciones no encontraron acogida en el tribunal, que ordenó la ejecución inmediata de la pena.​ El Panorama Político ActualEs relevante destacar que Martín Vizcarra, a pesar de su inhabilitación y encarcelamiento, expresó previamente su aspiración de postular a la presidencia en 2026. Actualmente, su hermano Mario Vizcarra aspira a alcanzar la presidencia, declarando públicamente su disposición a «reemplazarlo» tras la condena. En el panorama político peruano contemporáneo, Vizcarra se une a otros expresidentes encarcelados, incluyendo a Pedro Castillo, Alejandro Toledo y Ollanta Humala, evidenciando una crisis profunda de gobernanza y rendición de cuentas en el país.     Noticias Relacionadas Martín Vizcarra Condenado a Catorce Años de Prisión por noviembre 28, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Perú ha dictaminado, en una decisión tomada por mayoría, la condena del expresidente Pedro Castillo a La Corte Suprema condena a Pedro Castillo a once noviembre 28, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Perú ha dictaminado, en una decisión tomada por mayoría, la condena del expresidente Pedro Castillo a CONADIS Aprueba Nuevo Marco Regulatorio para el Registro Nacional noviembre 28, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: A través de la Resolución

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La Corte Suprema condena a Pedro Castillo a once años de prisión por intento de autogolpe

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Perú ha dictaminado, en una decisión tomada por mayoría, la condena del expresidente Pedro Castillo a once años, cinco meses y quince días de prisión efectiva por el delito de conspiración para la rebelión. Esta sentencia marca el cierre de una etapa procesal en uno de los eventos más convulsos de la historia política reciente del país andino, donde el entonces mandatario intentó disolver el Congreso hace aproximadamente tres años.​ El intento de quiebre institucional de diciembre de 2022El 7 de diciembre de 2022, Pedro Castillo se dirigió a la nación a través de un mensaje televisado en el cual anunció su intención de disolver el Congreso, asumir poderes extraordinarios mediante decretos, intervenir en la Judicatura y convocar a una asamblea constituyente. En un contexto donde enfrentaba una inminente destitución legislativa, Castillo buscó romper el orden constitucional para permanecer en el poder, generando una crisis institucional que paralizó al país.​ Tras su declaración, Castillo intentó dirigirse a la embajada de México, siendo detenido en flagrancia delictiva. Desde entonces, ha permanecido en prisión preventiva en el penal de Barbadillo, donde los tres años cumplidos hasta la fecha de sentencia serán descontados de su condena.​ Las imputaciones y el desarrollo del juicioLa Fiscalía había solicitado originalmente una condena de treinta y cuatro años de prisión para Castillo, considerándolo autor de los delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública. Sin embargo, el tribunal determinó que el delito de rebelión no se consumó, sino que existió conspiración para cometerlo, lo que resultó en una pena significativamente menor.​ El proceso judicial iniciado formalmente el 4 de marzo de 2025 fue marcado por momentos de tensión. Castillo rechazó reiteradamente la legitimidad del juzgado, calificando el procedimiento de «farsa», se negó a contar con la defensa pública y en un acto de protesta declaró estar en «insurgencia». A lo largo de los alegatos finales, mantuvo su posición argumentando que su discurso fue meramente un «clamor popular» y un acto político sin consecuencias legales.​ Los colaboradores también condenadosNo fue Castillo el único sentenciado. La ex primera ministra Betssy Chávez y el ex ministro del Interior Willy Huerta recibieron la misma pena: once años, cinco meses y quince días de cárcel efectiva. El tribunal determinó que ambos participaron en la planificación y conocían plenamente el contenido del mensaje presidencial antes de su difusión, habiendo contribuido a su elaboración.​ El expresidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, quien tenía 79 años al momento de la condena, recibió una pena menor: seis años y ocho meses de prisión. Todos los condenados quedaron inhabilitados para ejercer cargo público durante dos años y deberán pagar solidariamente doce millones de soles en concepto de reparación civil por daño extrapatrimonial al Estado.​ Un precedente en la historia política peruanaEsta condena representa un hito judicial significativo. Pedro Castillo se convierte en el primer presidente peruano enjuiciado y condenado por intentar un autogolpe de Estado, un evento comparado con el intento fallido del entonces presidente Alberto Fujimori en 1992. La decisión del tribunal ha resuelto que Castillo, mediante su anuncio de disolución del Congreso, «se arrogó el ejercicio del poder» de manera inconstitucional, atentando deliberadamente contra los poderes del Estado y el orden constitucional.​ Castillo ha mantenido su defensa argumentando que subvertir el orden constitucional sin respaldo de las fuerzas de seguridad carecería de validez práctica. No obstante, el tribunal no acogió estos argumentos, evidenciando que la intención y la coordinación para romper el orden institucional constituyen, por sí mismos, un delito grave.​ Perspectiva de futuroCon esta condena, la justicia peruana cierra un capítulo tumultuoso en la vida política nacional. El proceso aún contempla la lectura completa de la sentencia programada para el 4 de diciembre, donde se detallarán los fundamentos jurídicos de la decisión. Mientras tanto, Castillo permanecerá en reclusión, con el recuento de tiempo cumplido descontándose de su condena total.     Noticias Relacionadas La Corte Suprema condena a Pedro Castillo a once noviembre 28, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: A través de la Resolución de Presidencia N° D000253-2025-CONADIS-PRE, publicada el 27 de noviembre de 2025, el Consejo Nacional para la Integración CONADIS Aprueba Nuevo Marco Regulatorio para el Registro Nacional noviembre 28, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: A través de la Resolución de Presidencia N° D000253-2025-CONADIS-PRE, publicada el 27 de noviembre de 2025, el Consejo Nacional para la Integración Colegio de Abogados Respalda Paro Nacional de 48 Horas noviembre 26, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Gremios y organizaciones profesionales cierren filas ante demandas históricas de precariedad laboralLos trabajadores del Ministerio Público

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CONADIS Aprueba Nuevo Marco Regulatorio para el Registro Nacional de Personas con Discapacidad

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: A través de la Resolución de Presidencia N° D000253-2025-CONADIS-PRE, publicada el 27 de noviembre de 2025, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad aprobó una actualización integral del Reglamento del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad, instrumento normativo que moderniza los procedimientos administrativos para la inscripción y gestión de datos de las personas con discapacidad en territorio nacional.​ Un Cambio Regulatorio Necesario Después de Ocho AñosEsta nueva regulación reemplaza el marco vigente desde el año 2017, que había sido objeto de dos modificaciones anteriores en 2017 y 2021. La decisión de actualizar la normativa responde a la necesidad identificada por las distintas áreas técnicas del organismo de modernizar y optimizar los procesos de registro, asegurando así un mejor manejo de la información relativa a las personas con discapacidad y sus organizaciones en el país.​ El proceso de actualización normativa contó con el respaldo técnico y legal de múltiples dependencias internas del Conadis, incluyendo la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad, la Dirección de Fiscalización y Sanciones, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina de Asesoría Jurídica, todas las cuales emitieron opiniones favorables respecto de la propuesta normativa. Objetivos Estratégicos del Nuevo ReglamentoEl nuevo reglamento persigue consolidar un sistema de registro más eficiente, integrado y actualizado que fortalezca las funciones asignadas al Conadis como entidad responsable del Registro Nacional. De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, el Conadis tiene a su cargo la compilación, procesamiento y organización de la información relativa a la persona con discapacidad, información que es proporcionada por las entidades públicas de distintos niveles de gobierno.​ Entre los aspectos centrales de esta actualización se encuentra el refuerzo de procedimientos para garantizar la precisión de los datos, la confidencialidad de la información personal y una administración más ágil del registro a nivel nacional. Esto resulta fundamental considerando que el Registro Nacional constituye la herramienta principal mediante la cual el Estado obtiene estadísticas confiables sobre la cantidad, ubicación y necesidades de la población con discapacidad. Cambios en la Estructura AdministrativaLa nueva regulación establece disposiciones específicas para optimizar la coordinación entre el Conadis y los gobiernos regionales y municipales. En tal sentido, actualiza los procedimientos mediante los cuales las Oficinas Regionales de Atención a la Personas con Discapacidad (OREDIS) y las Oficinas Municipales de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) interactúan con el registro nacional, potenciando así un trabajo articulado entre los tres niveles de gobierno. Derogación de Normativa AnteriorLa Resolución D000253-2025-CONADIS-PRE deroga formalmente la Resolución de Presidencia N° 020-2017-CONADIS-PRE que aprobaba el reglamento anterior, así como todas sus modificatorias. En consecuencia, todos los procedimientos relacionados con la inscripción en el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad se encuentran ahora regulados por estas nuevas disposiciones. Garantía de Beneficios para la Población BeneficiariaEs importante destacar que la actualización normativa preserva el carácter gratuito de la inscripción en el Registro Nacional, conforme lo establece la Ley General de la Persona con Discapacidad. Esta característica asegura que el acceso al registro no representa costo alguno para las personas con discapacidad, su familiares o representantes legales. La aprobación de este nuevo reglamento representa un paso significativo en la modernización de los procesos administrativos que el Conadis mantiene en su responsabilidad de servir a la población con discapacidad en el Perú, consolidando así un marco normativo más adaptado a las necesidades actuales del sistema de información nacional sobre discapacidad.     Noticias Relacionadas CONADIS Aprueba Nuevo Marco Regulatorio para el Registro Nacional noviembre 28, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Gremios y organizaciones profesionales cierren filas ante demandas históricas de precariedad laboralLos trabajadores del Ministerio Público Colegio de Abogados Respalda Paro Nacional de 48 Horas noviembre 26, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Gremios y organizaciones profesionales cierren filas ante demandas históricas de precariedad laboralLos trabajadores del Ministerio Público Ley 32506: Congreso Aprueba Compensación Obligatoria para Usuarios por noviembre 25, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Norma garantiza resarcimiento económico ante cortes de servicio atribuibles a empresas prestadorasEl Congreso de la República del Perú ha promulgado

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