Destituyen a juez que anuló condenas de Vladimir Cerrón en 2021 tras «reevaluar medios de prueba» en hábeas corpus

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó por unanimidad la destitución de Alain Salas Cornejo, quien se desempeñaba como juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acobamba, en Huancavelica. La medida disciplinaria está relacionada con la actuación del magistrado en junio de 2021, cuando declaró fundado en parte un recurso de hábeas corpus presentado a favor de Vladimir Cerrón Rojas y dejó sin efecto resoluciones judiciales vinculadas con una condena por corrupción. La decisión de la JNJ se encuentra contenida en la Resolución 268-2026-PLENO-JNJ, emitida dentro del Procedimiento Disciplinario Abreviado 011-2025-JNJ. El Pleno del organismo concluyó que el magistrado incurrió en faltas muy graves relacionadas con el incumplimiento de sus deberes judiciales y determinó que correspondía aplicar la máxima sanción disciplinaria. La actuación del juez en el hábeas corpus de 2021 Los hechos que dieron origen al procedimiento disciplinario se remontan al 9 de junio de 2021, cuando Alain Salas emitió una resolución dentro del expediente de hábeas corpus 00786-2020-0-1102-JR-PE-01, presentado por Randy Félix de la Cruz a favor de Vladimir Cerrón. En aquella resolución, el magistrado declaró la nulidad de la sentencia de primera instancia que había condenado a Cerrón por el delito de negociación incompatible, relacionado con la obra de agua potable de La Oroya. También dejó sin efecto la sentencia de vista que había confirmado dicha condena. La decisión generó cuestionamientos desde el ámbito judicial. En su momento, la Procuraduría del Poder Judicial anunció que apelaría la resolución que había declarado nulas las sentencias contra el entonces exgobernador regional de Junín. JNJ cuestionó la reevaluación de medios probatorios Uno de los principales cuestionamientos analizados por la JNJ estuvo relacionado con la forma en que el juez constitucional abordó los elementos probatorios del proceso penal. Según la resolución disciplinaria, el magistrado habría realizado una reevaluación o reexamen de los medios probatorios que ya habían sido analizados por los jueces competentes dentro de la vía penal ordinaria. Para la JNJ, esta actuación contravenía la doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional sobre los límites que tiene la justicia constitucional frente a procesos penales. El organismo sostuvo que un juez constitucional no puede asumir funciones propias de la jurisdicción penal ordinaria mediante un nuevo análisis de las pruebas que fueron valoradas dentro del proceso correspondiente. Cuestionamientos a la motivación de la resolución La JNJ también identificó deficiencias en la motivación de la decisión emitida por el magistrado. De acuerdo con el organismo, la resolución cuestionada presentaba una motivación aparente y deficiencias de motivación externa. El Pleno señaló que determinados fundamentos utilizados por el juez se sustentaban en supuestos que no habían sido corroborados adecuadamente. Además, cuestionó la forma en que se valoró la actuación de los jueces penales que habían intervenido previamente en el proceso. Para la JNJ, estas circunstancias demostraban un incumplimiento de los deberes que corresponden a un magistrado, particularmente aquellos relacionados con la independencia, imparcialidad, razonabilidad y respeto del debido proceso. La JNJ consideró que la falta fue muy grave Tras evaluar los hechos y los argumentos de defensa presentados por el magistrado, la Junta Nacional de Justicia determinó que la conducta atribuida a Salas Cornejo tenía una gravedad suficiente para justificar su destitución. El organismo sostuvo que la actuación cuestionada afectó la credibilidad del Poder Judicial y podía generar desconfianza de la ciudadanía en el sistema de justicia. Por ello, consideró que una sanción menor no resultaba suficiente frente a la gravedad de las infracciones determinadas. La decisión se sustentó en las obligaciones establecidas para los jueces por la Ley de la Carrera Judicial, Ley N.° 29277, particularmente en lo relacionado con el deber de impartir justicia con independencia, imparcialidad, razonabilidad y respeto al debido proceso. La condena de Vladimir Cerrón volvió a tener vigencia en 2021 La decisión del juez Alain Salas no se mantuvo de manera definitiva. Posteriormente, una instancia superior de Huancavelica revocó la resolución que había dejado sin efecto la condena contra Vladimir Cerrón. Entre los argumentos considerados estuvo que el proceso penal todavía se encontraba en trámite y que existían recursos pendientes, por lo que no correspondía que el hábeas corpus interviniera de esa manera sobre una sentencia que todavía no tenía carácter firme. De esta manera, la controversia generada por la decisión de 2021 terminó convirtiéndose posteriormente en uno de los elementos analizados dentro de las investigaciones contra el magistrado. Alain Salas también fue condenado por prevaricato La situación del juez Alain Salas no se limitó al procedimiento disciplinario ante la JNJ. En febrero de 2026, se informó que la Corte Suprema confirmó una condena de tres años de pena privativa de libertad suspendida en su contra por el delito de prevaricato de derecho, en agravio del Estado. Este antecedente forma parte del contexto judicial relacionado con el magistrado y su actuación al momento de emitir la resolución que afectó las condenas contra Vladimir Cerrón. JNJ ordena su destitución definitiva Con la decisión adoptada por unanimidad, la Junta Nacional de Justicia resolvió aceptar el pedido de destitución formulado por la Presidencia del Poder Judicial y dispuso la separación definitiva de Alain Salas Cornejo de la carrera judicial. Asimismo, ordenó registrar la sanción correspondiente en el expediente personal del magistrado, comunicar la decisión a las entidades competentes y cancelar el título que le permitía ejercer como juez. El caso vuelve a poner en debate los límites del hábeas corpus La decisión de la JNJ también reabre el debate sobre los límites de los procesos constitucionales frente a las decisiones adoptadas por la justicia penal ordinaria. El hábeas corpus constituye una herramienta destinada a proteger derechos fundamentales vinculados con la libertad individual y otros derechos conexos. Sin embargo, su utilización dentro de procesos penales no implica que el juez constitucional pueda reemplazar a los jueces ordinarios en la valoración de pruebas o en la determinación de responsabilidad penal. Precisamente, este fue uno de los aspectos centrales considerados por la JNJ al evaluar la actuación del magistrado en el caso relacionado con Vladimir Cerrón. Una decisión que genera repercusiones en el sistema de justicia

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