Reniec Autoriza Entrega Gratuita de DNI Electrónico en 2026: Cobertura de 470.000 Trámites para Población Vulnerable y Grupos Prioritarios

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Aprobación de Medida de Gratuidad mediante Resolución Jefatural

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil —Reniec— autorizó mediante Resolución Jefatural Nº 000213-2025/JNAC/RENIEC, publicada oficialmente en el Diario Oficial El Peruano el 27 de diciembre de 2025, la entrega completamente gratuita del Documento Nacional de Identidad Electrónico durante todo el año 2026. La medida autoriza la realización de 470.000 trámites de identificación sin costo alguno, con vigencia desde el primer día hábil de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.

Esta iniciativa responde a la política institucional del Estado orientada a fortalecer el derecho fundamental a la identidad y a reducir las brechas de documentación que aún persisten en segmentos vulnerables de la población peruana. El beneficio fue autorizado conforme a los recursos presupuestales regulares asignados a Reniec para 2026, sin requerir asignación adicional del Tesoro Público, lo que demuestra compatibilidad fiscal con la disponibilidad presupuestal institucional.

La titular del Reniec, Carmen Velarde Koechlin, firmó la resolución y destacó que esta medida contribuye a garantizar que los sectores más vulnerables y estratégicos del país cuenten con acceso igualitario a la documentación de identidad, facilitando su participación en procesos democráticos, acceso a servicios públicos y ejercicio de derechos ciudadanos.

Cobertura de Procedimientos Registrales incluidos en la Gratuidad

La Resolución Jefatural Nº 000213-2025/JNAC/RENIEC especifica expresamente que la gratuidad comprende seis categorías de procedimientos que serán realizados sin costo alguno en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales —RUIPN—:

1. Inscripción por primera vez: Destinada especialmente a recién nacidos y personas que no han tramitado anteriormente su documento de identidad, permitiendo su registro inicial en el sistema de identificación nacional.

2. Renovación: Procedimiento que autoriza la actualización del DNI electrónico cuando ha vencido su plazo de validez legal o cuando la información contenida requiere actualización por cambios de datos del titular.

3. Duplicados: Procedimiento de emisión de un segundo ejemplar del DNI electrónico cuando el documento original se ha extraviado, deteriorado o destruido.

4. Actualización de imagen: Procedimiento que permite reemplazar la fotografía del titular cuando esta ha envejecido significativamente o cuando cambios físicos substanciales hacen que la imagen no refleje fielmente la identidad del portador.

5. Rectificación de datos: Procedimiento que autoriza la corrección de errores o inconsistencias detectadas en los datos registrales del titular, tales como nombre, apellidos, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento o domicilio.

6. Emisión del DNI electrónico: Procedimiento de generación física del documento, que incluye el grabado de datos biométricos, datos de identificación y componentes de seguridad que caracterizan al DNI electrónico versión 3.0.

Todos estos procedimientos serán ejecutados tanto en los centros de atención permanentes del Reniec distribuidos a nivel nacional como en campañas especiales de identificación móvil que la institución organizará a lo largo del territorio peruano durante 2026.

Grupo 1: Menores de 0 a 16 Años e Infantes Recién Nacidos

El primer grupo beneficiario comprende a todos los menores de edad desde recién nacidos hasta 16 años que realicen procedimientos de inscripción y emisión de DNI electrónico. Dentro de este grupo se estableció una subcategoría especial para menores de 0 a 1 año —recién nacidos— que pueden realizar sus trámites de inscripción y emisión de DNI en Oficinas Registrales Auxiliares instaladas en hospitales del Ministerio de Salud —MINSA— y de EsSalud.

Esta estructura de atención en hospitales responde a criterios de facilidad de acceso y comodidad para madres recién paridas, eliminando la necesidad de desplazamiento adicional para formalizar el registro de identidad de sus recién nacidos. La medida busca incrementar significativamente las tasas de registro de nacimiento formal y reducir el número de menores de edad con deficiencias documentarias.

Para menores de 1 a 16 años, los procedimientos pueden realizarse en Oficinas Registrales Auxiliares o en los centros de atención de la Dirección de Servicios Registrales según la disponibilidad y ubicación más conveniente para el solicitante.

Grupo 2: Menores Vulnerables y Mayores Donantes de Órganos

El segundo grupo beneficiario comprende dos subcategorías con características diferenciadas. En primer término, se incluye a menores de edad en situación de pobreza y pobreza extrema que requieran actualizar su fotografía en el DNI electrónico. Esta priorización responde a que menores en situación de vulnerabilidad económica suelen enfrentar mayores barreras de acceso a servicios de identificación, y la actualización fotográfica es esencial para que sus documentos reflejen una identificación adecuada y reconocible.

En segundo término, el grupo 2 incluye a mayores de edad que declaren de manera afirmativa su condición de donantes de órganos y tejidos con fines de trasplante o injerto tras su fallecimiento. Esta inclusión responde a un objetivo de política pública orientado a incrementar la disponibilidad de órganos para trasplante, facilitando que ciudadanos que deseen registrarse como donantes puedan hacerlo sin barreras económicas.

Grupo 3: Personal de Fuerzas Armadas y Policía Nacional en Procesos Electorales

El tercer grupo beneficiario comprende al personal de las Fuerzas Armadas de la República y de la Policía Nacional del Perú, específicamente en el contexto de los procesos electorales 2026. Esta priorización reconoce que estos servidores públicos constituyen población estratégica para garantizar seguridad, orden y credibilidad en los procesos electorales, y que contar con DNI electrónico actualizado y funcional es requisito esencial para su participación tanto como electores como en funciones de vigilancia electoral.

La inclusión de este grupo es particularmente importante considerando que los procesos electorales 2026 incluyen elecciones presidenciales y parlamentarias de envergadura nacional, siendo fundamental que todo el personal de seguridad cuente con documentación de identidad correcta y actualizada.

Grupo 4: Personas con Discapacidad de Todas las Edades

El cuarto grupo beneficiario comprende a todas las personas con discapacidad —tanto menores como mayores de edad— que acrediten formalmente su condición conforme a la normativa vigente sobre discapacidad. Esta inclusión responde a criterios de equidad y acceso a derechos, reconociendo que personas con discapacidad enfrentan con frecuencia mayores barreras de acceso a servicios públicos y que el DNI electrónico es documento esencial para acceso a programas sociales, servicios estatales de salud, educación y otros beneficios públicos.

La acreditación de discapacidad debe realizarse conforme a los procedimientos establecidos por el Sistema Nacional de Identificación de Personas con Discapacidad —SINAPD— o mediante certificación de ESSALUD que acredite la condición de discapacidad del solicitante.

Beneficios Adicionales: Inscripciones Gratuitas y Cambio de Lugar de Entrega

Además de la gratuidad de procedimientos de DNI electrónico, la Resolución Jefatural Nº 000213-2025/JNAC/RENIEC autoriza beneficios complementarios de significativa importancia:

Inscripción gratuita de nacimientos y defunciones: La norma autoriza la continuidad de inscripciones gratuitas de nacimientos y defunciones en las Oficinas Registrales Auxiliares ubicadas en hospitales del Ministerio de Salud y de EsSalud durante todo el 2026. Esta medida facilita el registro legal de eventos vitales que suelen ocurrir en contextos hospitalarios, eliminando barreras económicas para formalización registral.

Declaración de domicilio mediante declaración jurada: La norma autoriza de manera excepcional que la madre de un menor pueda declarar el domicilio del menor mediante declaración jurada, cuando el domicilio a declarar sea distinto al que actualmente figura en el DNI de la madre. Esta flexibilización responde a situaciones de cambio de residencia tras el nacimiento o a circunstancias donde padre y madre residen en lugares diferentes.

Gratuidad en cambio de lugar de entrega: Se autoriza también la gratuidad para el cambio del lugar de entrega del DNI electrónico, permitiendo que documentos tramitados en una localidad sean entregados en otra oficina registral más cercana al domicilio del solicitante. Esta disposición reconoce que cambios de residencia pueden ocurrir entre el momento de tramitación y el de entrega del documento.

Marco Normativo y Objetivos de Política Pública

La decisión de Reniec se fundamenta en el compromiso estatal de garantizar el derecho fundamental a la identidad reconocido en la Constitución Política del Perú y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El derecho a la identidad es precondición para el ejercicio de otros derechos fundamentales incluyendo derechos político-electorales, acceso a servicios públicos, acceso a programas sociales y ejercicio de derechos económicos.

La medida busca específicamente: (1) reducir brechas de documentación existentes en poblaciones vulnerables; (2) facilitar acceso a servicios digitales y trámites públicos que requieren DNI electrónico; (3) fortalecer participación electoral al asegurar que población estratégica cuenta con documentación adecuada; (4) promover inclusión social mediante eliminación de barreras económicas al acceso de identificación oficial.

Capacidad de Expansión y Mecanismos de Ajuste

La Resolución especifica que el número autorizado de 470.000 trámites gratuitos constituye una meta base, pero autoriza que Reniec incremente excepcionalmente esta cifra si la disponibilidad presupuestal lo permite. Esta cláusula de flexibilidad reconoce que la demanda por servicios de identificación podría superar las previsiones iniciales, particularmente en contexto de campañas de identificación y procesos electorales.

Adicionalmente, la Resolución aclara que la financiación de la medida será íntegramente cubierta con los recursos presupuestales ordinarios de Reniec para 2026, sin requerir asignación especial o endeudamiento adicional del Tesoro Público. Esto asegura la sostenibilidad fiscal de la medida a largo plazo.

Importancia en Contexto de Procesos Electorales y Transformación Digital

La medida cobra particular relevancia considerando que el Perú se encuentra en año electoral 2026 con convocatoria a elecciones presidenciales, parlamentarias y de gobiernos regionales. El DNI electrónico es documento identificatorio esencial para el ejercicio del derecho al voto, y esta gratuidad asegura que poblaciones vulnerables no encuentren barreras económicas para actualizar su documentación antes de los procesos electorales.

Adicionalmente, la apuesta por el DNI electrónico responde a la transformación digital progresiva del Estado peruano, donde cada vez más servicios públicos requieren identificación digital para acceso en línea, trámites digitales y servicios telemáticos. La gratuidad en 2026 representa un impulso importante hacia la inclusión digital de sectores vulnerables de la población.

 

 

 

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