Plan de Gobierno del Partido Demócrata Unido Perú Propone Penas Efectivas desde los 14 Años por Delitos Graves: Análisis Crítico de Propuesta Controversial en Materia de Imputabilidad Juvenil

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Propuesta Radical en Materia de Responsabilidad Penal Juvenil
El Partido Demócrata Unido Perú, agrupación política que presenta como candidato presidencial a Charlie Carrasco, formuló una propuesta legislativa de características radicales en su plan de gobierno respecto de la imputabilidad penal de menores de edad. Conforme al documento presentado ante el Jurado Nacional de Elecciones, la agrupación propone establecer penas efectivas desde los 14 años de edad para la comisión de delitos calificados como de extrema gravedad. Esta iniciativa constituye una reducción substancial del actual umbral de imputabilidad penal ordinaria fijado en 16 años conforme a la Ley Nº 32330 promulgada en mayo de 2025.​

El plan de gobierno, caracterizado por ser el documento más reducido entre todos los presentados por candidatos presidenciales —posee apenas 8 páginas— incluye una serie de propuestas de reforma del sistema de justicia penal que buscan endurecer significativamente la respuesta estatal frente a la delincuencia, particularmente respecto de adolescentes involucrados en infracciones criminales graves.

Catálogo de Delitos Susceptibles de Aplicación de Penas Efectivas

Conforme a la propuesta del Partido Demócrata Unido Perú, las penas efectivas desde los 14 años alcanzarían exclusivamente a los siguientes delitos calificados como de extrema gravedad:

Violación sexual contra la libertad sexual

Robo agravado

Sicariato —asesinato por encargo—

Extorsión

Secuestro —privación de libertad con propósito de exigencia de rescate—

Homicidio calificado

Esta especificación es importante desde una perspectiva de legalidad y taxatividad normativa, puesto que la propuesta pretende limitar la aplicación de penas efectivas a adolescentes únicamente a aquellos ilícitos de especial gravedad que generan lesión severa a bienes jurídicos fundamentales como la vida, la integridad personal y la libertad individual.

Diferencias con la Actual Ley Nº 32330: Reducción de Edad y Ampliación de Catálogo
La propuesta del Partido Demócrata Unido Perú introduce una diferencia substantial respecto del marco legal vigente establecido mediante la Ley Nº 32330, promulgada el 10 de mayo de 2025. La Ley Nº 32330 establece que únicamente los adolescentes de 16 y 17 años pueden ser sometidos a responsabilidad penal ordinaria cuando cometen delitos graves tipificados en un extenso catálogo de más de 30 tipos penales.

En contraste, la propuesta del Partido Demócrata Unido Perú buscaría reducir el umbral de imputabilidad ordinaria desde los 16 años a los 14 años, permitiendo que adolescentes menores de 16 años sean sometidos a penas efectivas privativas de libertad cuando cometen los seis delitos especificados. Esto significaría la aplicación de responsabilidad penal ordinaria a un grupo de edad significativamente más joven que el establecido actualmente por la Ley Nº 32330.

Es relevante destacar que la Ley Nº 32330 vigente ya contempla, en su artículo 22, que para adolescentes de 14 a 16 años que cometen delitos de extrema gravedad, se puede imponer internación de hasta 8 años dentro del sistema de responsabilidad penal juvenil especial. Sin embargo, esta internación continúa siendo medida socioeducativa dentro del sistema diferenciado para menores, no pena ordinaria equiparada a la de adultos.

Propuestas Complementarias de Reforma Judicial
El plan de gobierno incluye, además de la imputabilidad a los 14 años, otras propuestas de reforma judicial orientadas a acelerar procesos y endurecer la respuesta penal contra la delincuencia. Específicamente propone:

Creación de Juzgados de Ejecución Sumarios: Se propone la instalación de juzgados en comisarías con competencia para resolver procedimientos sumarios respecto de los seis delitos contemplados para imputabilidad a los 14 años. Esta medida buscaría acelerar procesos y evitar descongestionar el sistema judicial tradicional mediante resolución expedita en primera instancia de estos casos graves.

Jueces sin Rostro: Se plantea la implementación de jueces anónimos para procesos por sicariato, extorsión y secuestro, medida orientada a proteger la integridad e imparcialidad del juzgador frente a presiones o amenazas de organizaciones criminales. Esta modalidad judicial ha sido utilizada en otros contextos para proteger magistrados en casos de delincuencia organizada.

Obligación de Cámaras en el Pecho para Policías: Se propone que todos los policías utilicen cámaras corpóreas —bodycams— durante intervenciones, con sanción de encarcelamiento para quienes incumplan esta obligación. Esta medida busca mejorar la documentación de operativos policiales y prevenir abuso de autoridad.

Perspectiva Crítica de Organismos Internacionales de Derechos Humanos

La propuesta de reducción de edad de imputabilidad a los 14 años ha sido objeto de crítica sustancial desde organismos internacionales de derechos humanos. La Organización de las Naciones Unidas —ONU— ha rechazado explícitamente medidas similares de reducción de edad de imputabilidad, considerándolas incompatibles con compromisos internacionales de protección de derechos de menores de edad.​

La Convención sobre los Derechos del Niño, instrumento internacional ratificado por el Perú, establece principios fundamentales que protegen a menores de edad y enfatizan que los procedimientos aplicables a menores deben estar orientados primordialmente hacia su reeducación y reintegración social, no hacia castigo punitivo tradicional.

De igual manera, múltiples instituciones de derechos humanos han expresado preocupación sobre la Ley Nº 32330 vigente, considerando que la reducción de edad a 16 años ya representa una vulneración de estándares internacionales, por lo que una reducción adicional a 14 años sería aún más problemática.​

Argumentación Política en Favor de la Propuesta

Desde perspectivas políticas de seguridad ciudadana, los proponentes de medidas de reducción de edad de imputabilidad argumentan que la delincuencia organizada instrumentaliza de manera sistemática a menores de edad para ejecutar delitos graves, particularmente sicariato, secuestro y extorsión. Según esta perspectiva, adolescentes de 14-17 años plenamente conscientes de sus actos criminales no deberían beneficiarse de protecciones especiales que el sistema otorga a menores de edad presuntamente incapaces de comprender la ilicitud de sus acciones.​

El congresista José Luna Gálvez, autor de la Ley Nº 32330 vigente, argumentó que «sabemos que los delincuentes más peligrosos recurren a menores para ejecutar asesinatos por encargo, secuestros y actividades de narcotráfico. Esto debe detenerse de inmediato». Bajo esta lógica, la propuesta del Partido Demócrata Unido Perú buscaría extender esta política de imputabilidad a grupos aún más jóvenes, asumiendo que adolescentes de 14 años poseen capacidad suficiente de discernimiento para comprender la gravedad penal de delitos como sicariato y violación sexual.

Objeciones desde la Doctrina Jurídica y Derechos Humanos

Especialistas en derecho penal juvenil han señalado que la reducción de edad de imputabilidad ordinaria a 14 años presenta problemas teóricos y prácticos significativos. Conforme a estándares internacionales desarrollados por organismos de derechos humanos, la edad mínima de imputabilidad debe reflejar el nivel de madurez cognitiva, emocional y moral que requiere la responsabilidad penal ordinaria.

El principio de proporcionalidad exige que exista equilibrio entre la gravedad del delito, la capacidad de culpabilidad del infractor y la severidad de la sanción. Aunque puede reconocerse que adolescentes de 14-17 años poseen cierto nivel de discernimiento, su desarrollo neurológico continúa en progreso, particularmente en áreas de corteza prefrontal responsables de evaluación de riesgos, control de impulsos y comprensión de consecuencias de largo plazo.​

Particularidades de la Ley Nº 32330 Vigente

Es importante distinguir entre el sistema de responsabilidad penal juvenil especial y la imputabilidad ordinaria. La Ley Nº 32330 vigente establece que adolescentes de 14 a 16 años que cometen delitos de extrema gravedad pueden recibir medidas de internación de hasta 8 años dentro del sistema juvenil diferenciado. Esta internación no constituye pena ordinaria de cárcel, sino medida socioeducativa en centro especializado para menores.​

Para adolescentes de 16 y 17 años, la Ley Nº 32330 permite aplicación de responsabilidad penal ordinaria con posibilidad de reducción prudencial de penas, reconociendo la minoría de edad como atenuante en sentencia. Conforme a la norma, estos adolescentes pueden ser condenados incluso a cadena perpetua en casos de extrema gravedad, aunque habitualmente se aplican penas reducidas considerando su edad.

Contexto Político Electoral 2026

La propuesta del Partido Demócrata Unido Perú se formula en contexto de elecciones generales 2026 donde múltiples candidatos presidenciales han enfatizado propuestas de seguridad ciudadana y endurecimiento de penas. El énfasis en propuestas de «mano dura» frente a delincuencia refleja preocupación ciudadana generalizada respecto de inseguridad, violencia y delitos graves perpetrados por menores de edad.

Sin embargo, organismos de derechos humanos y académicos en derecho penal advierten que soluciones basadas exclusivamente en endurecimiento penal tendiente a reducir edades de imputabilidad frecuentemente no producen reducciones significativas en criminalidad, mientras que sí generan violaciones de derechos humanos y comprometen objetivos de rehabilitación de menores infractores.

Viabilidad Legislativa y Obstáculos Constitucionales

Cualquier iniciativa legislativa que busque reducir la edad de imputabilidad a los 14 años enfrentaría obstáculos constitucionales significativos. El Poder Judicial del Perú ha emitido pronunciamiento oficial rechazando la Ley Nº 32330 vigente por considerarla incompatible con la Constitución y tratados internacionales de derechos humanos. Un pronunciamiento oficial del Poder Judicial rechazando reforma aún más severa sería prácticamente seguro.

Adicionalmente, modificación de normas fundamentales respecto de responsabilidad penal de menores de edad podría requerir reforma constitucional, lo que implica procedimientos legislativos de mayor complejidad que aprobación ordinaria de ley.

 

 

 

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