Penal

Inician revisión de normas ‘procrimen’ para evaluar reformas contra la criminalidad

  Las autoridades iniciaron un proceso de revisión de las denominadas normas ‘procrimen’, con el objetivo de evaluar sus alcances, efectos y posibles modificaciones frente a la situación de inseguridad y criminalidad que enfrenta el país. El análisis busca determinar si las disposiciones aprobadas en los últimos años han contribuido efectivamente a fortalecer la lucha contra el delito o si requieren ajustes para mejorar la capacidad de respuesta de las instituciones encargadas de prevenir, investigar y sancionar los hechos delictivos. La revisión se desarrolla en medio de un debate sobre la eficacia de las normas penales y procesales que han sido cuestionadas por diferentes sectores debido a sus posibles efectos sobre las investigaciones fiscales y los procesos judiciales. ¿Qué son las denominadas normas ‘procrimen’? La expresión ‘procrimen’ ha sido utilizada por sectores políticos, instituciones y especialistas para referirse de manera crítica a determinadas normas que, según sus cuestionamientos, podrían generar dificultades para la persecución de delitos. El término no corresponde necesariamente a una categoría jurídica oficial, sino que forma parte del debate político y público sobre las modificaciones realizadas al marco penal y procesal. Entre los aspectos que son materia de discusión se encuentran las reglas aplicables a las investigaciones, las facultades de las autoridades, los procedimientos de persecución penal y las condiciones para adoptar determinadas medidas contra personas investigadas. La revisión busca identificar posibles efectos negativos Uno de los principales objetivos del proceso de revisión es determinar si algunas de estas normas han generado consecuencias no previstas en su aplicación. Las autoridades buscan conocer si determinadas modificaciones legales han dificultado el trabajo de fiscales, jueces o policías encargados de investigar organizaciones criminales y otros delitos de especial gravedad. El análisis también deberá considerar si las normas actualmente vigentes cumplen con los objetivos para los cuales fueron aprobadas y si resulta necesario introducir modificaciones para mejorar su aplicación. El debate se centra en la lucha contra la criminalidad La revisión se produce en un contexto de preocupación por el incremento de diferentes modalidades delictivas. Extorsión, sicariato, robo, tráfico ilícito de drogas, lavado de activos y otras formas de criminalidad organizada representan desafíos para las instituciones encargadas de garantizar la seguridad ciudadana. Ante este escenario, distintos sectores consideran necesario evaluar si el marco jurídico actual proporciona herramientas suficientes para que el Estado pueda responder de manera efectiva. Normas penales y procesales serán materia de análisis La revisión no se limita necesariamente a las penas establecidas para determinados delitos. También pueden ser evaluadas normas relacionadas con los procedimientos de investigación, recopilación de evidencias, actuación del Ministerio Público, intervención policial y actuación de los órganos jurisdiccionales. El objetivo será determinar si existen disposiciones que necesitan ser modificadas para evitar vacíos legales o dificultades durante las investigaciones. La persecución del crimen organizado es uno de los principales desafíos Uno de los puntos centrales del debate está relacionado con la capacidad del Estado para enfrentar organizaciones criminales. Estas estructuras pueden operar mediante redes complejas y desarrollar actividades ilícitas que requieren investigaciones especializadas y coordinación entre diferentes instituciones. Por ello, las autoridades consideran necesario contar con herramientas legales que permitan investigar estos delitos sin generar obstáculos innecesarios, pero respetando al mismo tiempo las garantías constitucionales. La revisión deberá considerar el respeto al debido proceso Cualquier reforma destinada a fortalecer la lucha contra la criminalidad debe mantener el equilibrio entre eficacia y respeto de los derechos fundamentales. La persecución penal debe desarrollarse dentro de los límites establecidos por la Constitución y las leyes. Esto implica garantizar derechos como la defensa, la presunción de inocencia, el debido proceso y el control judicial de las medidas que puedan afectar derechos fundamentales. Por ello, una eventual reforma de las normas cuestionadas deberá ser evaluada también desde una perspectiva constitucional. Fiscalía y Policía requieren herramientas eficaces Uno de los argumentos utilizados para promover la revisión de determinadas normas está relacionado con las dificultades que podrían enfrentar los investigadores durante el desarrollo de sus funciones. La Fiscalía y la Policía Nacional necesitan contar con mecanismos adecuados para investigar delitos complejos y obtener información que permita identificar a los responsables. La discusión busca determinar si las normas actuales facilitan o dificultan estas labores y qué modificaciones podrían mejorar la coordinación entre ambas instituciones. El Congreso tendrá un papel importante en las eventuales reformas Si el proceso de revisión determina que determinadas normas deben ser modificadas, el Congreso de la República podría recibir propuestas destinadas a introducir cambios en el marco legal. Los proyectos deberán ser analizados en las comisiones correspondientes antes de continuar con el procedimiento legislativo. Durante este proceso también podrán participar especialistas, representantes de instituciones públicas y otros sectores vinculados con la administración de justicia y la seguridad ciudadana. Las modificaciones deberán basarse en evidencia Uno de los principales desafíos será evitar que las reformas respondan únicamente a posiciones políticas. La revisión de las normas debería considerar información sobre su aplicación práctica, estadísticas de criminalidad, resultados de investigaciones y opiniones de los operadores del sistema de justicia. Este análisis permitiría determinar cuáles disposiciones realmente generan dificultades y cuáles pueden mantenerse sin modificaciones. El impacto de las normas será evaluado Las autoridades deberán analizar cómo las normas cuestionadas han impactado en investigaciones y procesos relacionados con delitos graves. También será importante determinar si las modificaciones realizadas anteriormente han producido resultados favorables o si, por el contrario, han generado dificultades para sancionar determinadas conductas. La evaluación permitirá contar con información para decidir si corresponde mantener, modificar o derogar determinadas disposiciones. Seguridad ciudadana y justicia forman parte del debate La discusión sobre las normas ‘procrimen’ se encuentra directamente relacionada con la preocupación ciudadana por la inseguridad. La población demanda respuestas concretas frente al crecimiento de determinadas modalidades delictivas y espera que las instituciones puedan actuar de manera coordinada. En este escenario, las normas penales constituyen una de las herramientas disponibles para enfrentar el delito, aunque deben estar acompañadas por políticas de prevención, investigación y fortalecimiento institucional. No basta con aumentar las penas Otro de los aspectos que deberá ser considerado es que la

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Alcaldesa es detenida por presunto cobro de S/50 000 para favorecer concesión de obra a su amiga

Una alcaldesa fue detenida en el marco de una investigación por el presunto cobro de S/50 000 que habría solicitado para favorecer a una persona de su entorno con la concesión de una obra pública. La intervención forma parte de las diligencias realizadas por las autoridades para esclarecer un posible caso de corrupción vinculado con la administración municipal. De acuerdo con la investigación, la autoridad edil habría utilizado su posición dentro de la municipalidad para intervenir en el proceso relacionado con la concesión de una obra y beneficiar presuntamente a una persona con quien mantenía una relación de amistad. El caso se encuentra bajo investigación de las autoridades competentes, que deberán determinar las circunstancias en las que se habría producido la solicitud y eventual entrega del dinero, así como la participación que habría tenido la funcionaria y otras personas involucradas. La investigación apunta a un presunto pago de S/50 000 Uno de los principales elementos de la investigación es el supuesto pago de S/50 000 que habría sido solicitado para favorecer la concesión de una obra. Según la hipótesis que manejan los investigadores, el dinero habría estado relacionado con la intervención de la autoridad municipal en el procedimiento de contratación o concesión. La suma habría sido entregada con la finalidad de garantizar que una persona determinada resultara favorecida dentro del proceso, situación que ahora es materia de investigación por parte de las autoridades. La obra habría sido ofrecida a una persona cercana Otro de los aspectos que forman parte de las diligencias está relacionado con la identidad y vínculo de la persona que presuntamente habría sido beneficiada. La investigación sostiene que la obra habría sido ofrecida a una amiga de la alcaldesa, lo que podría constituir un elemento relevante para determinar si existió un favorecimiento indebido desde la administración municipal. Las autoridades deberán establecer si la persona beneficiada cumplía con los requisitos establecidos para participar en el procedimiento y si la autoridad municipal intervino para alterar o direccionar el proceso. La intervención de la alcaldesa es materia de investigación La detención de la autoridad edil no implica por sí misma una declaración de responsabilidad penal. Corresponderá al Ministerio Público y al Poder Judicial determinar, dentro del proceso correspondiente, si existen elementos suficientes que acrediten la comisión de un delito. Durante las investigaciones se deberán analizar documentos municipales, comunicaciones, registros de reuniones y cualquier evidencia relacionada con la presunta solicitud y entrega del dinero. También será necesario determinar si otras personas participaron en los hechos y cuál habría sido su nivel de intervención. Presunto favorecimiento en una contratación pública El caso genera especial atención debido a que la presunta conducta estaría relacionada con una obra pública. Los procesos de contratación y concesión realizados por las municipalidades deben desarrollarse bajo principios de transparencia, imparcialidad y respeto de las normas correspondientes. Cuando una autoridad utiliza presuntamente su cargo para favorecer a una persona determinada a cambio de un beneficio económico, la situación puede generar consecuencias penales y administrativas, dependiendo de los hechos que finalmente sean acreditados. La detención forma parte de las diligencias fiscales La intervención de la alcaldesa se realizó como parte de las diligencias desplegadas por las autoridades encargadas de investigar el caso. Este tipo de medidas tienen como finalidad asegurar la presencia de los investigados durante determinadas actuaciones y permitir el desarrollo de las diligencias necesarias para esclarecer los hechos. La investigación deberá continuar con la recopilación y evaluación de evidencias que permitan establecer si existió efectivamente un acuerdo para favorecer a una persona a cambio de dinero. Las autoridades buscan determinar el destino del dinero Otro de los puntos que deberán ser esclarecidos es el destino de los S/50 000 que presuntamente habrían sido solicitados. Los investigadores deberán determinar quién habría solicitado el dinero, quién lo habría recibido y si existieron intermediarios durante la operación. La trazabilidad del dinero podría convertirse en uno de los elementos importantes para establecer la existencia de una eventual negociación ilícita vinculada con la concesión de la obra. La investigación también podría alcanzar a otras personas Además de la alcaldesa, las autoridades podrían investigar a otras personas que eventualmente hayan participado en la presunta operación. Si se acredita que existieron coordinaciones para favorecer a una determinada persona, corresponderá establecer las responsabilidades individuales de cada participante. La investigación deberá diferenciar el grado de intervención de cada persona y determinar si sus acciones tuvieron relevancia penal. Presunta negociación incompatible o cohecho deberá determinarse durante la investigación La calificación jurídica de los hechos dependerá de las circunstancias concretas que sean acreditadas por el Ministerio Público. Las autoridades deberán determinar si la conducta investigada corresponde a alguno de los delitos contra la administración pública previstos en la legislación peruana. En esta etapa, resulta necesario mantener la presunción de inocencia de las personas investigadas hasta que exista una decisión judicial firme que determine responsabilidades. El caso vuelve a poner bajo atención la gestión municipal La investigación genera preocupación debido a que involucra a una autoridad elegida para administrar recursos y proyectos destinados a beneficiar a la población. Las municipalidades tienen bajo su responsabilidad la ejecución de obras y la prestación de diferentes servicios públicos, por lo que la transparencia en sus procesos resulta fundamental. Cualquier presunto acto de corrupción dentro de estas instituciones puede afectar no solo las finanzas públicas, sino también la ejecución de proyectos destinados a atender las necesidades de los ciudadanos. Las obras públicas requieren transparencia La ejecución de obras mediante procedimientos de contratación o concesión debe garantizar condiciones de igualdad para los participantes y evitar cualquier tipo de favorecimiento indebido. Los funcionarios y servidores públicos tienen la obligación de actuar dentro de las competencias que les otorga la ley y administrar los recursos públicos buscando el interés general. Por ello, las investigaciones relacionadas con presuntos pagos a cambio de favorecer a determinados participantes adquieren especial relevancia para determinar si se respetaron los procedimientos establecidos. La Fiscalía deberá determinar si existen pruebas suficientes El Ministerio Público tendrá que analizar las evidencias recopiladas durante las diligencias

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Diputado retira proyecto sobre creadores de contenido por considerar que hay temas más urgentes

El congresista Aldo Antonio Bravo Quispe, integrante del grupo parlamentario Renovación Popular, decidió retirar el proyecto de ley que había presentado y que incidía en la regulación de determinadas actividades vinculadas con los creadores de contenido y otros espacios digitales. La iniciativa correspondía al Proyecto de Ley 00043-2026-2031-CD. La decisión de retirar la propuesta se produce en medio de un debate cada vez mayor sobre la necesidad de establecer reglas para determinadas actividades desarrolladas mediante plataformas digitales, especialmente aquellas que cuentan con un amplio alcance entre los usuarios de internet. Sin embargo, el parlamentario consideró que existen otros asuntos que requieren una atención prioritaria dentro de la agenda legislativa, motivo por el cual decidió retirar la iniciativa. El proyecto había generado atención por su relación con los creadores de contenido La propuesta legislativa había llamado la atención debido a que contemplaba disposiciones relacionadas con los creadores de contenido y otras actividades desarrolladas en entornos digitales. Durante los últimos años, el crecimiento de plataformas como redes sociales, servicios de transmisión de contenido y otras herramientas digitales ha generado nuevos escenarios que no siempre cuentan con una regulación específica. Los creadores de contenido se han convertido en actores relevantes dentro del ecosistema digital, tanto por su capacidad de comunicación como por las actividades comerciales y publicitarias que desarrollan mediante sus plataformas. El retiro del proyecto cambia su situación legislativa Con la decisión del congresista de retirar la iniciativa, el proyecto deja de continuar su trámite en los términos en que había sido presentado. El retiro de una propuesta legislativa supone que esta ya no continuará avanzando bajo el texto inicialmente planteado por su autor, aunque ello no impide que posteriormente puedan presentarse nuevas iniciativas sobre el mismo tema. De esta manera, la discusión sobre la regulación de determinadas actividades vinculadas con creadores de contenido podría volver a ser planteada en el futuro mediante otro proyecto. Bravo Quispe señala que existen temas más urgentes La decisión del parlamentario se sustenta en la consideración de que existen otros asuntos que requieren mayor atención dentro de la agenda legislativa. En ese sentido, el retiro de la propuesta responde a una decisión respecto de las prioridades que deberían ser atendidas por el Congreso. El legislador optó por no continuar impulsando en este momento una iniciativa relacionada con los creadores de contenido, priorizando otros temas que considera de mayor urgencia para el país. El debate sobre la regulación digital continúa A pesar del retiro del proyecto, la discusión sobre la necesidad de establecer reglas para determinadas actividades digitales permanece vigente. El crecimiento de las redes sociales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de comunicación, entretenimiento, publicidad y generación de ingresos. Esta transformación también ha planteado interrogantes sobre aspectos relacionados con la responsabilidad de quienes publican contenido, la protección de los usuarios, la publicidad digital y los límites de determinadas conductas realizadas mediante internet. Los creadores de contenido tienen una creciente presencia pública Los creadores de contenido han adquirido una importante presencia dentro del espacio público debido al alcance que pueden obtener mediante las plataformas digitales. Una persona con una audiencia considerable puede difundir información, promocionar productos, realizar transmisiones en vivo y generar contenidos capaces de alcanzar rápidamente a miles o incluso millones de usuarios. Esta capacidad de difusión ha convertido a los creadores de contenido en actores relevantes dentro de la economía digital y de las nuevas formas de comunicación. La regulación de las plataformas digitales genera debate El desarrollo tecnológico plantea nuevos desafíos para los legisladores, debido a que las normas existentes no siempre fueron diseñadas pensando en las actuales formas de comunicación digital. Por ello, diferentes propuestas legislativas han buscado establecer mecanismos de regulación para determinadas actividades desarrolladas mediante plataformas digitales. El desafío consiste en establecer reglas claras sin afectar derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información y el desarrollo de actividades económicas legítimas. El retiro no significa el cierre del debate La decisión de retirar el proyecto no significa necesariamente que la regulación de los creadores de contenido haya quedado descartada de manera definitiva. Las propuestas relacionadas con el entorno digital pueden volver a ser presentadas posteriormente por el mismo congresista o por otros legisladores. Además, el desarrollo permanente de nuevas tecnologías y plataformas puede generar nuevas necesidades de regulación que obliguen al Congreso a discutir nuevamente estos asuntos. El Congreso mantiene pendiente el debate sobre nuevas actividades digitales La evolución de las plataformas digitales ha generado actividades que hace algunos años tenían una presencia mucho menor. Los creadores de contenido, influencers, transmisores en vivo y otros actores de la economía digital participan actualmente en actividades comerciales, publicitarias y comunicativas que generan importantes ingresos y audiencias. Este escenario plantea la necesidad de analizar si las normas existentes resultan suficientes para regular determinadas situaciones o si es necesario establecer nuevas disposiciones. La prioridad legislativa pasa a otros asuntos Con el retiro de la propuesta, el congresista Bravo Quispe busca concentrar su actividad legislativa en otros asuntos que considera prioritarios. La decisión refleja también la dinámica propia del trabajo parlamentario, donde los legisladores presentan, modifican o retiran iniciativas dependiendo de las prioridades políticas y de las circunstancias del momento. El proyecto relacionado con los creadores de contenido deja así de formar parte de la agenda impulsada actualmente por el parlamentario. La propuesta había generado interés por sus posibles efectos Cualquier iniciativa que busque establecer nuevas reglas para actividades desarrolladas en internet puede generar especial interés debido a la gran cantidad de personas que utilizan diariamente las plataformas digitales. Una regulación en este ámbito podría tener efectos sobre creadores de contenido, usuarios, empresas tecnológicas, anunciantes y consumidores. Por ello, una eventual nueva propuesta sobre el tema deberá analizar cuidadosamente sus alcances y establecer disposiciones que sean claras, proporcionales y compatibles con el marco constitucional. El entorno digital continúa planteando nuevos desafíos La decisión de retirar el proyecto ocurre en un contexto en el que el crecimiento de las plataformas digitales continúa modificando la forma en que las personas consumen información y

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La Corte Suprema ordena renovar la búsqueda y captura internacional de Betssy Chávez

La Corte Suprema dispuso renovar la orden de ubicación y captura, tanto a nivel nacional como internacional, contra la exministra Betssy Chávez, quien fue condenada a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva por el delito de conspiración para una rebelión, en agravio del Estado. La medida fue establecida mediante una resolución emitida el 14 de agosto de 2026 por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. La decisión busca garantizar la ejecución provisional de la sentencia condenatoria dictada contra Chávez y otros procesados por los hechos relacionados con el intento de quiebre del orden constitucional ocurrido el 7 de diciembre de 2022. La orden tendrá carácter nacional e internacional La resolución judicial dispone que continúe vigente la búsqueda y captura de Betssy Chávez tanto dentro del territorio peruano como fuera del país. Para ello, se ordenó cursar los oficios correspondientes a la Oficina de Requisitorias Distrital de Lima y a la Oficina Central Nacional de Interpol Lima, con la finalidad de contribuir a la ubicación y captura de la exfuncionaria. La renovación de la medida responde a la necesidad de mantener vigentes las órdenes de captura mientras continúe la ejecución provisional de la sentencia impuesta por la Corte Suprema. La medida ya había sido ordenada anteriormente La nueva resolución recuerda que la búsqueda y captura de Chávez no constituye una medida adoptada por primera vez. El 19 de mayo de 2026 ya se había remitido un oficio a la Policía Judicial para disponer la inmediata ubicación y captura de la exministra a nivel nacional e internacional. Ahora, el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria ha dispuesto la renovación periódica de la orden mientras permanezca vigente la ejecución provisional de la condena. Betssy Chávez fue condenada a más de 11 años de prisión La Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenó a Betssy Chávez como coautora del delito contra los poderes del Estado y el orden constitucional, en la modalidad de conspiración para una rebelión. La pena impuesta asciende a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión efectiva, con el descuento correspondiente por el tiempo que permaneció privada de su libertad bajo prisión preventiva. La condena está relacionada con los hechos ocurridos el 7 de diciembre de 2022, cuando el entonces presidente Pedro Castillo anunció la disolución del Congreso y otras medidas que fueron consideradas un quiebre del orden constitucional. ¿Por qué se mantiene la búsqueda internacional? La orden internacional tiene como finalidad permitir que las autoridades peruanas puedan ubicar a Chávez fuera del territorio nacional y ejecutar las disposiciones judiciales correspondientes. La intervención de Interpol permite que la orden sea comunicada a las autoridades policiales de otros países, dentro de los mecanismos de cooperación internacional. La renovación periódica busca evitar que la orden pierda vigencia mientras continúe pendiente la ejecución provisional de la condena. La situación de Chávez generó una controversia internacional La situación judicial de Betssy Chávez adquirió una dimensión internacional luego de que permaneciera asilada en la Embajada de México en Lima y posteriormente recibiera un salvoconducto para viajar a dicho país. El Gobierno peruano otorgó el salvoconducto después de que México le concediera asilo político. Chávez abandonó el Perú y viajó a México, situación que posteriormente generó nuevas actuaciones judiciales relacionadas con su ubicación y captura. Este escenario incrementó la importancia de mantener activa la orden de captura internacional. La condena está vinculada con los hechos del 7 de diciembre de 2022 El proceso judicial contra Betssy Chávez se encuentra relacionado con su participación en los acontecimientos ocurridos durante el gobierno de Pedro Castillo. La Fiscalía sostuvo que Chávez tuvo participación en los actos relacionados con el anuncio realizado por Castillo el 7 de diciembre de 2022. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema determinó posteriormente su responsabilidad como coautora del delito de conspiración para una rebelión, estableciendo la pena efectiva correspondiente. La ejecución provisional de la sentencia continúa vigente Uno de los elementos centrales de la nueva resolución es que la Corte Suprema mantiene la ejecución provisional de la sentencia condenatoria. Esto permite que las autoridades adopten las medidas necesarias para hacer efectiva la condena mientras se desarrollan las actuaciones procesales que correspondan. En ese contexto, la renovación de la orden de captura constituye una medida destinada a garantizar el cumplimiento de la decisión judicial. Interpol participará en la búsqueda internacional La resolución dispone que se comunique la medida a la Oficina Central Nacional de Interpol Lima. La intervención de esta organización permite activar los mecanismos de cooperación policial internacional destinados a localizar a personas que cuentan con órdenes de captura emitidas por autoridades judiciales. La comunicación internacional de la orden permitirá que las autoridades correspondientes tengan conocimiento de la situación judicial de Chávez. El Poder Judicial busca garantizar el cumplimiento de la sentencia La renovación de la orden de captura responde a la necesidad de garantizar que una sentencia judicial pueda ejecutarse efectivamente. En este caso, debido a que Chávez se encuentra fuera del Perú, la dimensión internacional de la orden adquiere especial importancia. La Corte Suprema ha establecido que la medida deberá renovarse periódicamente mientras continúe vigente la ejecución provisional de la condena. El caso continúa generando debate político y jurídico La situación de Betssy Chávez continúa generando debate debido a las implicancias políticas y constitucionales de los hechos por los cuales fue condenada. El caso se encuentra relacionado con uno de los episodios más graves de la reciente historia política peruana y con el intento de modificar el orden institucional mediante el anuncio de disolución del Congreso realizado por Pedro Castillo. La condena de Chávez y las medidas adoptadas para hacerla efectiva forman parte de las consecuencias judiciales derivadas de aquellos acontecimientos. La orden se mantiene mientras continúe vigente la condena La resolución establece que la renovación de la orden de ubicación y captura continuará mientras se mantenga vigente la ejecución provisional de la sentencia. Esto significa que la medida no se limita a una única renovación, sino que podrá actualizarse periódicamente conforme a las necesidades

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TC deja sin efecto órdenes de captura contra Alan Azizollahoff tras prescribir su condena en caso Utopía

Proponen nuevas agravantes penales vinculadas al uso de plataformas digitales Una propuesta legislativa plantea incorporar nuevas circunstancias agravantes al Código Penal para determinados delitos cuando estos sean cometidos mediante plataformas digitales, redes sociales u otros medios tecnológicos, así como cuando intervengan personas que desarrollan actividades como creadores de contenido. La iniciativa busca adaptar la legislación penal a nuevas formas de comisión de delitos que han surgido como consecuencia del crecimiento de las plataformas digitales y del alcance que pueden tener los contenidos difundidos a través de internet. El planteamiento parte de la necesidad de considerar que determinados actos ilícitos pueden generar un impacto mayor cuando son ejecutados utilizando herramientas digitales capaces de llegar rápidamente a un número elevado de personas. Creadores de contenido estarían comprendidos en la propuesta Uno de los aspectos que genera mayor interés es la posibilidad de considerar como circunstancia agravante que el delito sea cometido por un creador de contenido aprovechando su actividad, audiencia o capacidad de difusión. La propuesta busca diferenciar aquellas situaciones en las que una persona utiliza deliberadamente su posición o alcance en internet para facilitar la comisión de un delito, incrementar su difusión o generar un mayor impacto sobre la víctima. El planteamiento no significa que la condición de creador de contenido convierta automáticamente una conducta en delito ni que toda publicación realizada por un influencer tenga consecuencias penales. La agravante estaría vinculada con las circunstancias específicas en las que se cometa el ilícito y con el aprovechamiento de los medios digitales. Las plataformas digitales como nuevo escenario delictivo Las redes sociales y plataformas digitales se han convertido en espacios de comunicación masiva. Millones de personas utilizan diariamente estos servicios para compartir información, realizar transmisiones en vivo, publicar fotografías, producir videos y establecer relaciones comerciales. Este crecimiento también ha generado nuevos escenarios para la comisión de conductas ilícitas, debido a la posibilidad de difundir contenidos de manera inmediata y alcanzar a un número considerable de usuarios. La propuesta legislativa busca que estas características puedan ser consideradas por los jueces cuando determinadas conductas delictivas se desarrollen utilizando plataformas digitales como medio para cometer el delito. El alcance de internet puede aumentar el impacto de un delito Una de las razones detrás de la propuesta está relacionada con el potencial de difusión de las plataformas digitales. Mientras una conducta ilícita cometida en un ámbito privado puede tener un alcance limitado, una acción realizada mediante una red social o plataforma digital puede ser visualizada, compartida y replicada por miles de usuarios en cuestión de minutos. Esta capacidad de multiplicar el alcance de determinados contenidos puede incrementar el daño ocasionado a una víctima, especialmente cuando se trata de información falsa, contenido que afecta la reputación de una persona, amenazas, acoso u otras conductas ilícitas. La propuesta busca responder a nuevas modalidades delictivas El desarrollo tecnológico ha generado cambios importantes en la manera en que las personas se comunican y desarrollan actividades económicas y sociales. En consecuencia, determinadas modalidades delictivas también han encontrado en internet nuevas herramientas para su ejecución. Las plataformas digitales pueden ser utilizadas para contactar víctimas, difundir información, realizar amenazas, organizar determinadas actividades o ampliar rápidamente el alcance de una conducta ilícita. Ante este escenario, la propuesta plantea que el derecho penal debe contar con herramientas adecuadas para responder a estas nuevas circunstancias, siempre respetando los principios de legalidad, proporcionalidad y debido proceso. No toda conducta realizada en internet constituye una agravante Un aspecto importante del debate será determinar con precisión en qué circunstancias el uso de una plataforma digital debe generar una consecuencia penal más grave. El simple hecho de utilizar internet para comunicarse no debería convertirse automáticamente en una circunstancia agravante. Para que una conducta pueda recibir un tratamiento más severo tendría que existir una relación concreta entre el uso de la plataforma y la comisión del delito. Este punto será fundamental durante el debate legislativo, debido a que cualquier modificación del Código Penal debe establecer de manera clara los supuestos en los que se aplicaría la agravante. La propuesta también considera el impacto de la difusión El alcance de las publicaciones digitales constituye otro elemento relevante. Un contenido publicado en internet puede permanecer disponible durante largos periodos y continuar circulando incluso después de haber sido eliminado de la cuenta original. La posibilidad de descargar, copiar y volver a publicar contenidos puede aumentar las consecuencias para las personas afectadas. Por ello, la iniciativa busca que el medio empleado para cometer determinados delitos pueda ser valorado cuando contribuya significativamente a incrementar el daño, la exposición o la difusión de la conducta ilícita. Debate sobre la responsabilidad de los creadores de contenido La propuesta también abre una discusión sobre la responsabilidad que deben asumir quienes cuentan con grandes audiencias en internet. Los creadores de contenido tienen una capacidad de comunicación que puede alcanzar a miles o incluso millones de usuarios. Esta situación puede generar oportunidades económicas y sociales, pero también puede incrementar las consecuencias de determinadas conductas cuando se utiliza esa capacidad de difusión con fines ilícitos. El debate legislativo deberá establecer criterios objetivos para evitar que la norma termine afectando injustificadamente la libertad de expresión o la actividad legítima de quienes producen contenido digital. Libertad de expresión y límites del derecho penal Cualquier modificación relacionada con contenidos publicados en internet deberá considerar la protección constitucional de la libertad de expresión. La posibilidad de establecer agravantes por delitos cometidos mediante plataformas digitales no debería confundirse con la penalización de opiniones, críticas o expresiones que se encuentren protegidas por el ordenamiento jurídico. Por ello, la aplicación de la eventual norma tendría que limitarse a conductas que previamente hayan sido establecidas como delitos y que cumplan los requisitos específicos para considerar la existencia de una circunstancia agravante. La tecnología plantea nuevos desafíos para la justicia La expansión de las plataformas digitales también representa nuevos desafíos para fiscales, jueces y policías. Las investigaciones de delitos cometidos en internet pueden requerir la obtención de información digital, identificación de usuarios, análisis de publicaciones y preservación de evidencias electrónicas.

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Proponen nuevas agravantes penales por delitos cometidos por creadores de contenido y en plataformas digitales

Proponen nuevas agravantes penales vinculadas al uso de plataformas digitales Una propuesta legislativa plantea incorporar nuevas circunstancias agravantes al Código Penal para determinados delitos cuando estos sean cometidos mediante plataformas digitales, redes sociales u otros medios tecnológicos, así como cuando intervengan personas que desarrollan actividades como creadores de contenido. La iniciativa busca adaptar la legislación penal a nuevas formas de comisión de delitos que han surgido como consecuencia del crecimiento de las plataformas digitales y del alcance que pueden tener los contenidos difundidos a través de internet. El planteamiento parte de la necesidad de considerar que determinados actos ilícitos pueden generar un impacto mayor cuando son ejecutados utilizando herramientas digitales capaces de llegar rápidamente a un número elevado de personas. Creadores de contenido estarían comprendidos en la propuesta Uno de los aspectos que genera mayor interés es la posibilidad de considerar como circunstancia agravante que el delito sea cometido por un creador de contenido aprovechando su actividad, audiencia o capacidad de difusión. La propuesta busca diferenciar aquellas situaciones en las que una persona utiliza deliberadamente su posición o alcance en internet para facilitar la comisión de un delito, incrementar su difusión o generar un mayor impacto sobre la víctima. El planteamiento no significa que la condición de creador de contenido convierta automáticamente una conducta en delito ni que toda publicación realizada por un influencer tenga consecuencias penales. La agravante estaría vinculada con las circunstancias específicas en las que se cometa el ilícito y con el aprovechamiento de los medios digitales. Las plataformas digitales como nuevo escenario delictivo Las redes sociales y plataformas digitales se han convertido en espacios de comunicación masiva. Millones de personas utilizan diariamente estos servicios para compartir información, realizar transmisiones en vivo, publicar fotografías, producir videos y establecer relaciones comerciales. Este crecimiento también ha generado nuevos escenarios para la comisión de conductas ilícitas, debido a la posibilidad de difundir contenidos de manera inmediata y alcanzar a un número considerable de usuarios. La propuesta legislativa busca que estas características puedan ser consideradas por los jueces cuando determinadas conductas delictivas se desarrollen utilizando plataformas digitales como medio para cometer el delito. El alcance de internet puede aumentar el impacto de un delito Una de las razones detrás de la propuesta está relacionada con el potencial de difusión de las plataformas digitales. Mientras una conducta ilícita cometida en un ámbito privado puede tener un alcance limitado, una acción realizada mediante una red social o plataforma digital puede ser visualizada, compartida y replicada por miles de usuarios en cuestión de minutos. Esta capacidad de multiplicar el alcance de determinados contenidos puede incrementar el daño ocasionado a una víctima, especialmente cuando se trata de información falsa, contenido que afecta la reputación de una persona, amenazas, acoso u otras conductas ilícitas. La propuesta busca responder a nuevas modalidades delictivas El desarrollo tecnológico ha generado cambios importantes en la manera en que las personas se comunican y desarrollan actividades económicas y sociales. En consecuencia, determinadas modalidades delictivas también han encontrado en internet nuevas herramientas para su ejecución. Las plataformas digitales pueden ser utilizadas para contactar víctimas, difundir información, realizar amenazas, organizar determinadas actividades o ampliar rápidamente el alcance de una conducta ilícita. Ante este escenario, la propuesta plantea que el derecho penal debe contar con herramientas adecuadas para responder a estas nuevas circunstancias, siempre respetando los principios de legalidad, proporcionalidad y debido proceso. No toda conducta realizada en internet constituye una agravante Un aspecto importante del debate será determinar con precisión en qué circunstancias el uso de una plataforma digital debe generar una consecuencia penal más grave. El simple hecho de utilizar internet para comunicarse no debería convertirse automáticamente en una circunstancia agravante. Para que una conducta pueda recibir un tratamiento más severo tendría que existir una relación concreta entre el uso de la plataforma y la comisión del delito. Este punto será fundamental durante el debate legislativo, debido a que cualquier modificación del Código Penal debe establecer de manera clara los supuestos en los que se aplicaría la agravante. La propuesta también considera el impacto de la difusión El alcance de las publicaciones digitales constituye otro elemento relevante. Un contenido publicado en internet puede permanecer disponible durante largos periodos y continuar circulando incluso después de haber sido eliminado de la cuenta original. La posibilidad de descargar, copiar y volver a publicar contenidos puede aumentar las consecuencias para las personas afectadas. Por ello, la iniciativa busca que el medio empleado para cometer determinados delitos pueda ser valorado cuando contribuya significativamente a incrementar el daño, la exposición o la difusión de la conducta ilícita. Debate sobre la responsabilidad de los creadores de contenido La propuesta también abre una discusión sobre la responsabilidad que deben asumir quienes cuentan con grandes audiencias en internet. Los creadores de contenido tienen una capacidad de comunicación que puede alcanzar a miles o incluso millones de usuarios. Esta situación puede generar oportunidades económicas y sociales, pero también puede incrementar las consecuencias de determinadas conductas cuando se utiliza esa capacidad de difusión con fines ilícitos. El debate legislativo deberá establecer criterios objetivos para evitar que la norma termine afectando injustificadamente la libertad de expresión o la actividad legítima de quienes producen contenido digital. Libertad de expresión y límites del derecho penal Cualquier modificación relacionada con contenidos publicados en internet deberá considerar la protección constitucional de la libertad de expresión. La posibilidad de establecer agravantes por delitos cometidos mediante plataformas digitales no debería confundirse con la penalización de opiniones, críticas o expresiones que se encuentren protegidas por el ordenamiento jurídico. Por ello, la aplicación de la eventual norma tendría que limitarse a conductas que previamente hayan sido establecidas como delitos y que cumplan los requisitos específicos para considerar la existencia de una circunstancia agravante. La tecnología plantea nuevos desafíos para la justicia La expansión de las plataformas digitales también representa nuevos desafíos para fiscales, jueces y policías. Las investigaciones de delitos cometidos en internet pueden requerir la obtención de información digital, identificación de usuarios, análisis de publicaciones y preservación de evidencias electrónicas.

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JP plantea derogar Ley 32054 para restituir responsabilidad penal de partidos políticos

Juntos por el Perú (JP) plantea la derogación de la Ley N.° 32054, norma que modificó el marco legal relacionado con la responsabilidad de los partidos políticos frente a hechos ilícitos cometidos dentro de sus organizaciones. La propuesta busca restituir un régimen que permita atribuir consecuencias a las propias organizaciones políticas, además de la responsabilidad individual que corresponda a las personas involucradas. La iniciativa forma parte de las propuestas de la agrupación política en materia de lucha contra la corrupción y fortalecimiento de las instituciones. El planteamiento busca modificar el escenario establecido desde junio de 2024, cuando fue publicada la Ley 32054, que introdujo cambios al Código Penal y a la legislación sobre responsabilidad de las personas jurídicas. ¿Qué establece actualmente la Ley 32054? La Ley N.° 32054 modificó el artículo 105 del Código Penal y estableció una regulación específica para los partidos políticos. La norma señala que a estas organizaciones se les aplica el régimen sancionador previsto en la Ley N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas. Asimismo, establece que la responsabilidad penal se aplica de manera individual a los sujetos involucrados en el ilícito. De esta manera, la norma diferencia la responsabilidad de las personas que participan en un delito de las consecuencias que pueden recaer directamente sobre la organización política. La modificación fue presentada en su momento como una medida destinada a optimizar la democracia representativa y establecer disposiciones relacionadas con la lucha contra la corrupción dentro de las organizaciones políticas. La propuesta de JP busca modificar este escenario Frente al régimen actualmente vigente, Juntos por el Perú plantea derogar la Ley 32054 y recuperar un esquema que permita establecer responsabilidad y consecuencias jurídicas para los partidos políticos cuando determinados delitos sean cometidos utilizando su estructura u organización. La propuesta parte de la consideración de que la responsabilidad no debería limitarse exclusivamente a las personas que participaron directamente en los hechos, especialmente cuando existen elementos que vinculan a la propia estructura de una organización política con determinadas actividades ilícitas. El planteamiento coloca nuevamente en el debate público la discusión sobre hasta dónde debe llegar la responsabilidad de una organización política y cuál debe ser el alcance de las sanciones aplicables cuando se utiliza una estructura partidaria para cometer o favorecer hechos delictivos. Responsabilidad individual y responsabilidad de la organización Uno de los principales puntos de discusión está relacionado con la diferencia entre responsabilizar penalmente a una persona y establecer consecuencias jurídicas para una organización. La Ley 32054 mantiene la responsabilidad individual de quienes intervienen en un delito. Sin embargo, establece un tratamiento particular para los partidos políticos respecto de las medidas aplicables a las personas jurídicas. La propuesta de derogación busca modificar precisamente ese tratamiento, de modo que la existencia de una responsabilidad individual no impida analizar también las consecuencias que puedan corresponder a la organización política cuando los hechos ilícitos estén relacionados con su estructura o funcionamiento. El debate sobre el financiamiento de los partidos La discusión adquiere especial relevancia en investigaciones relacionadas con el financiamiento de organizaciones políticas. En los últimos años, diferentes investigaciones fiscales y procesos judiciales han analizado presuntos aportes irregulares y el uso de recursos de origen ilícito para financiar actividades partidarias. Estos casos han generado un debate sobre los mecanismos que deben existir para prevenir, investigar y sancionar el financiamiento ilegal de las organizaciones políticas. La propia Constitución establece que el financiamiento ilegal genera las sanciones correspondientes, mientras que la legislación establece diferentes mecanismos de control sobre los recursos utilizados por los partidos. La propuesta también se vincula con la lucha contra la corrupción Para JP, la revisión de la Ley 32054 forma parte de una política más amplia orientada a fortalecer la lucha contra la corrupción y evitar espacios de impunidad. El debate no se limita a determinar quién debe responder por un delito, sino que también involucra la necesidad de establecer mecanismos que permitan evitar que las estructuras partidarias sean utilizadas para facilitar, encubrir o beneficiarse de actividades ilícitas. Desde esta perspectiva, la derogación de la norma buscaría fortalecer los instrumentos jurídicos disponibles para investigar hechos vinculados con organizaciones políticas. Antecedentes de la Ley 32054 La Ley 32054 fue promulgada y publicada en junio de 2024 después de ser aprobada por el Congreso de la República. La norma modificó disposiciones del Código Penal y de la Ley 30424, relacionada con la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en el proceso penal. Entre los cambios introducidos se estableció que a los partidos políticos solo se les aplicaría el régimen sancionador previsto en la Ley de Organizaciones Políticas y que la responsabilidad penal recaería individualmente en las personas involucradas en los hechos ilícitos. La modificación generó desde su aprobación un debate jurídico y político sobre el tratamiento diferenciado otorgado a las organizaciones políticas frente a otras personas jurídicas. El Poder Judicial ya analizó los efectos de la norma La Ley 32054 también ha sido materia de discusión dentro de procesos judiciales relacionados con organizaciones políticas. En junio de 2024, el Poder Judicial rechazó aplicar la norma en favor del Partido Nacionalista Peruano dentro del juicio seguido contra Ollanta Humala y otros por el caso relacionado con Odebrecht. En aquella oportunidad, el tribunal señaló que los efectos y la interpretación de la nueva ley serían analizados al momento de emitir la sentencia correspondiente. Posteriormente, decisiones judiciales han continuado interpretando los alcances de la norma y sus efectos sobre la responsabilidad de las organizaciones políticas. Una resolución publicada en 2026 sostuvo que, bajo la Ley 32054, un partido político no puede ser considerado organización criminal como sujeto colectivo por los hechos cometidos por sus integrantes, sin perjuicio de la responsabilidad penal individual. Una norma que continúa generando debate jurídico La discusión sobre la Ley 32054 no se limita al ámbito político. También existe un debate jurídico respecto de la relación entre la responsabilidad de las personas jurídicas, la responsabilidad individual y el tratamiento especial que reciben las organizaciones políticas. Un análisis académico publicado por la revista THEMIS de la Pontificia Universidad Católica del

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PJ archiva proceso contra Nadine Heredia tras fallo del TC a favor de Humala

El Poder Judicial archivó el proceso contra Nadine Heredia luego de que se extendieran los efectos del fallo del Tribunal Constitucional que anuló el proceso contra Ollanta Humala y su esposa por el caso de aportes a campañas políticas. Poder Judicial archiva proceso contra Nadine Heredia tras decisión del Tribunal Constitucional El Poder Judicial dispuso el archivo del proceso seguido contra Nadine Heredia luego de que se aplicaran los efectos de una decisión del Tribunal Constitucional (TC) que previamente había dejado sin efecto el proceso penal contra el expresidente Ollanta Humala por el denominado caso de los aportes a las campañas electorales. La decisión judicial se produce después de que el Tribunal Constitucional declarara fundada una demanda relacionada con las garantías del debido proceso y estableciera consecuencias respecto de las actuaciones desarrolladas dentro del proceso penal. A partir de este pronunciamiento, los efectos de la sentencia constitucional fueron extendidos al caso de Heredia. El proceso estaba relacionado con los aportes a campañas electorales La investigación contra Nadine Heredia se encontraba vinculada al proceso seguido contra la ex primera dama y su esposo, Ollanta Humala, por presuntos aportes irregulares destinados a campañas electorales. El caso fue investigado durante varios años y dio lugar a un proceso penal en el que la Fiscalía sostuvo una hipótesis relacionada con el presunto ingreso y utilización de dinero de origen ilícito para financiar actividades políticas. La investigación involucró a diferentes personas vinculadas al entorno político del Partido Nacionalista y se convirtió en uno de los procesos de mayor relevancia dentro de las investigaciones por presunto financiamiento irregular de organizaciones políticas. El fallo del Tribunal Constitucional cambió el escenario judicial El nuevo escenario se originó a partir de una decisión adoptada por el Tribunal Constitucional respecto del proceso seguido contra Ollanta Humala. El máximo intérprete de la Constitución determinó que correspondía dejar sin efecto determinadas actuaciones del proceso y ordenó las consecuencias procesales derivadas de su decisión. La resolución constitucional tuvo posteriormente efectos sobre la situación procesal de Nadine Heredia, al considerarse que existían elementos comunes entre ambos casos y que correspondía extender los efectos del pronunciamiento constitucional. La decisión favorece también a Nadine Heredia Tras analizar la situación procesal de Heredia, el Poder Judicial determinó que correspondía aplicar los efectos de la decisión del Tribunal Constitucional. Como consecuencia de ello, el proceso seguido contra la ex primera dama quedó archivado, poniendo fin a las actuaciones judiciales relacionadas con este expediente en los términos establecidos por la resolución correspondiente. La medida no constituye una nueva decisión sobre el fondo de las acusaciones originalmente formuladas, sino que responde a los efectos procesales derivados del pronunciamiento constitucional. Los efectos de una sentencia del Tribunal Constitucional Las decisiones del Tribunal Constitucional tienen especial relevancia dentro del sistema jurídico peruano debido a su función como máximo intérprete de la Constitución. Cuando el TC determina que determinadas actuaciones judiciales vulneraron derechos constitucionales, sus decisiones pueden generar consecuencias sobre los procesos en los que se produjeron dichas vulneraciones. En este caso, el pronunciamiento relacionado con Ollanta Humala tuvo efectos que posteriormente fueron considerados para resolver la situación procesal de Nadine Heredia. El caso Humala y Heredia se prolongó durante varios años La investigación contra la pareja presidencial se inició años atrás y atravesó diferentes etapas dentro del sistema de justicia. Durante el desarrollo del proceso, la Fiscalía presentó acusaciones relacionadas con el presunto financiamiento irregular de campañas políticas, mientras que las defensas de los investigados cuestionaron diversos aspectos de las investigaciones y actuaciones judiciales. El caso generó un amplio debate político y jurídico debido a la relevancia de los involucrados y a la discusión sobre el origen y destino de los recursos utilizados durante las campañas electorales. El archivo pone fin al proceso contra Heredia Con la decisión adoptada por el Poder Judicial, el proceso contra Nadine Heredia queda archivado como consecuencia de la aplicación de los efectos del fallo constitucional. La medida representa un nuevo capítulo dentro de un proceso que se prolongó durante varios años y que involucró a importantes figuras de la política peruana. El archivo implica que las actuaciones procesales comprendidas por la decisión judicial dejan de continuar en los términos anteriores, conforme a los alcances establecidos por la resolución. Una decisión con repercusiones jurídicas y políticas El archivo del proceso contra Nadine Heredia tiene relevancia no solo desde el punto de vista judicial, sino también político, debido a que el caso involucró a una ex pareja presidencial y estuvo relacionado con uno de los principales debates sobre financiamiento de organizaciones políticas en el país. La decisión también vuelve a poner en discusión los límites entre la justicia constitucional y la justicia ordinaria, así como los efectos que una sentencia del Tribunal Constitucional puede generar sobre procesos penales en trámite. El debate sobre el financiamiento político continúa Aunque el proceso contra Heredia queda archivado en aplicación de la decisión constitucional, el debate sobre el financiamiento de las campañas políticas continúa siendo uno de los temas relevantes dentro del sistema electoral y judicial peruano. Los casos investigados durante los últimos años han generado modificaciones normativas y una mayor atención sobre el origen de los recursos utilizados por las organizaciones políticas. La transparencia en el financiamiento electoral constituye uno de los principales mecanismos para fortalecer la confianza ciudadana y garantizar que las campañas políticas se desarrollen bajo reglas claras. El fallo del TC marca un nuevo escenario La decisión del Tribunal Constitucional y su posterior aplicación al caso de Nadine Heredia modifican de manera significativa el escenario judicial que se había mantenido durante años. El Poder Judicial, al extender los efectos de la decisión constitucional, determinó el archivo del proceso contra la ex primera dama, cerrando una etapa de uno de los casos judiciales de mayor impacto político de los últimos años. El caso deja además como precedente la importancia que tienen las decisiones del Tribunal Constitucional sobre los procesos judiciales y la obligación de las instancias ordinarias de aplicar sus pronunciamientos dentro de los alcances establecidos. El proceso

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Destituyen a juez por levantar prisión preventiva contra joven de 19 años por abuso sexual a una menor de 12 años: «El joven creía que tenía 15 años»

Un juez fue destituido debido a su actuación en un proceso judicial por un presunto caso de abuso sexual contra una menor de edad. La decisión disciplinaria estuvo relacionada con el cese de la prisión preventiva que había sido dictada contra el investigado, medida que generó cuestionamientos debido a los fundamentos utilizados por el magistrado para modificar la situación jurídica del acusado. El caso adquirió especial relevancia por tratarse de una víctima menor de edad y por las consideraciones efectuadas por el juez al momento de resolver sobre la prisión preventiva. Entre los aspectos cuestionados se encuentra la apreciación relacionada con la edad de la menor, pues el magistrado habría considerado que tenía 15 años cuando en realidad tenía 12. El juez dispuso el cese de la prisión preventiva La controversia se originó a partir de una resolución judicial mediante la cual el magistrado decidió cesar la prisión preventiva que pesaba sobre el investigado por el caso de abuso sexual. La prisión preventiva es una medida cautelar que puede ser dictada durante un proceso penal cuando se cumplen determinados requisitos establecidos por la legislación. Su finalidad es asegurar la presencia del investigado durante el proceso y evitar determinados riesgos que puedan afectar la investigación o el desarrollo del procedimiento judicial. En este caso, la decisión de dejar sin efecto dicha medida fue posteriormente objeto de cuestionamientos en el ámbito disciplinario, debido a los criterios utilizados por el juez para fundamentar su resolución. La edad de la víctima fue uno de los puntos centrales Uno de los aspectos que generó mayor preocupación estuvo relacionado con la edad de la menor agraviada. De acuerdo con los cuestionamientos formulados contra el magistrado, este habría considerado que la víctima tenía 15 años, cuando los documentos del caso establecían que tenía 12 años. La diferencia no resulta menor dentro de un proceso relacionado con delitos sexuales contra menores de edad, debido a que la edad de la víctima puede tener consecuencias jurídicas relevantes para la calificación de los hechos y para la valoración de las circunstancias del caso. Por ello, la correcta identificación de la edad de la víctima constituye un elemento fundamental que debe ser considerado por los órganos jurisdiccionales al momento de adoptar decisiones dentro de una investigación penal. Cuestionamientos a la actuación del magistrado La actuación del juez fue sometida a un procedimiento disciplinario en el que se evaluaron los fundamentos utilizados para disponer el cese de la prisión preventiva. El análisis disciplinario buscó determinar si la resolución judicial se encontraba debidamente fundamentada y si el magistrado había cumplido con los deberes que corresponden a su función jurisdiccional. En este tipo de procedimientos, la evaluación no se limita únicamente al resultado de una decisión judicial, sino que también considera la conducta funcional del magistrado, el cumplimiento de sus obligaciones y el respeto de las normas que regulan el ejercicio de la función judicial. La protección de los menores frente a delitos sexuales Los casos de violencia y abuso sexual contra menores de edad requieren una actuación especialmente diligente por parte de las instituciones encargadas de administrar justicia. La condición de vulnerabilidad de las víctimas menores de edad exige que las autoridades adopten decisiones teniendo en cuenta la protección de sus derechos y evitando actuaciones que puedan generar una nueva afectación durante el desarrollo del proceso. Además, la investigación de estos hechos debe desarrollarse respetando las garantías tanto de la víctima como del investigado, dentro de los límites establecidos por la legislación penal y procesal. La prisión preventiva debe sustentarse en criterios establecidos por la ley La decisión sobre la prisión preventiva corresponde al órgano jurisdiccional y debe encontrarse sustentada en los requisitos previstos por la legislación procesal penal. Cuando una autoridad judicial decide mantener, modificar o cesar una medida de este tipo, debe explicar de manera suficiente las razones que sustentan su decisión y valorar los elementos relevantes que obran en el expediente. En el caso analizado, precisamente la forma en que fueron valorados determinados elementos relacionados con la víctima y las circunstancias de la investigación fue uno de los aspectos que generó cuestionamientos sobre la actuación del juez. La importancia de una adecuada motivación judicial Las resoluciones judiciales deben explicar de manera clara las razones que llevan al juez a adoptar una determinada decisión. La motivación permite que las partes conozcan los fundamentos de la resolución y, cuando corresponda, puedan ejercer los mecanismos de impugnación establecidos por la ley. Una adecuada motivación también constituye una garantía frente a decisiones arbitrarias, debido a que obliga al magistrado a explicar cómo llegó a sus conclusiones a partir de los hechos acreditados y de las normas aplicables. En procesos relacionados con delitos sexuales y víctimas menores de edad, esta exigencia adquiere especial importancia debido a las consecuencias que pueden producir las decisiones adoptadas durante la investigación y el proceso penal. La destitución como consecuencia disciplinaria Luego de evaluar la actuación del magistrado, la autoridad competente determinó imponer la máxima sanción disciplinaria correspondiente a la destitución. La medida implica la separación del juez de la función jurisdiccional y refleja la gravedad atribuida a las conductas analizadas dentro del procedimiento disciplinario. La decisión también pone de manifiesto que los jueces están sujetos a mecanismos de control y responsabilidad funcional cuando existen indicios de incumplimiento de los deberes establecidos para el ejercicio de la magistratura. Un caso que genera debate sobre las decisiones judiciales El caso vuelve a colocar en el centro del debate la responsabilidad de los magistrados al momento de adoptar decisiones que pueden tener consecuencias importantes dentro de una investigación penal. La administración de justicia requiere que las resoluciones sean emitidas con base en los hechos acreditados, las normas correspondientes y una valoración adecuada de los elementos disponibles en el expediente. En situaciones que involucran a menores de edad, además, las autoridades deben actuar con especial cuidado para garantizar que sus decisiones respeten los derechos de las víctimas y las garantías procesales de todas las partes. La protección de las víctimas debe ser

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Destituyen a juez que anuló condenas de Vladimir Cerrón en 2021 tras «reevaluar medios de prueba» en hábeas corpus

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó por unanimidad la destitución de Alain Salas Cornejo, quien se desempeñaba como juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Acobamba, en Huancavelica. La medida disciplinaria está relacionada con la actuación del magistrado en junio de 2021, cuando declaró fundado en parte un recurso de hábeas corpus presentado a favor de Vladimir Cerrón Rojas y dejó sin efecto resoluciones judiciales vinculadas con una condena por corrupción. La decisión de la JNJ se encuentra contenida en la Resolución 268-2026-PLENO-JNJ, emitida dentro del Procedimiento Disciplinario Abreviado 011-2025-JNJ. El Pleno del organismo concluyó que el magistrado incurrió en faltas muy graves relacionadas con el incumplimiento de sus deberes judiciales y determinó que correspondía aplicar la máxima sanción disciplinaria. La actuación del juez en el hábeas corpus de 2021 Los hechos que dieron origen al procedimiento disciplinario se remontan al 9 de junio de 2021, cuando Alain Salas emitió una resolución dentro del expediente de hábeas corpus 00786-2020-0-1102-JR-PE-01, presentado por Randy Félix de la Cruz a favor de Vladimir Cerrón. En aquella resolución, el magistrado declaró la nulidad de la sentencia de primera instancia que había condenado a Cerrón por el delito de negociación incompatible, relacionado con la obra de agua potable de La Oroya. También dejó sin efecto la sentencia de vista que había confirmado dicha condena. La decisión generó cuestionamientos desde el ámbito judicial. En su momento, la Procuraduría del Poder Judicial anunció que apelaría la resolución que había declarado nulas las sentencias contra el entonces exgobernador regional de Junín. JNJ cuestionó la reevaluación de medios probatorios Uno de los principales cuestionamientos analizados por la JNJ estuvo relacionado con la forma en que el juez constitucional abordó los elementos probatorios del proceso penal. Según la resolución disciplinaria, el magistrado habría realizado una reevaluación o reexamen de los medios probatorios que ya habían sido analizados por los jueces competentes dentro de la vía penal ordinaria. Para la JNJ, esta actuación contravenía la doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional sobre los límites que tiene la justicia constitucional frente a procesos penales. El organismo sostuvo que un juez constitucional no puede asumir funciones propias de la jurisdicción penal ordinaria mediante un nuevo análisis de las pruebas que fueron valoradas dentro del proceso correspondiente. Cuestionamientos a la motivación de la resolución La JNJ también identificó deficiencias en la motivación de la decisión emitida por el magistrado. De acuerdo con el organismo, la resolución cuestionada presentaba una motivación aparente y deficiencias de motivación externa. El Pleno señaló que determinados fundamentos utilizados por el juez se sustentaban en supuestos que no habían sido corroborados adecuadamente. Además, cuestionó la forma en que se valoró la actuación de los jueces penales que habían intervenido previamente en el proceso. Para la JNJ, estas circunstancias demostraban un incumplimiento de los deberes que corresponden a un magistrado, particularmente aquellos relacionados con la independencia, imparcialidad, razonabilidad y respeto del debido proceso. La JNJ consideró que la falta fue muy grave Tras evaluar los hechos y los argumentos de defensa presentados por el magistrado, la Junta Nacional de Justicia determinó que la conducta atribuida a Salas Cornejo tenía una gravedad suficiente para justificar su destitución. El organismo sostuvo que la actuación cuestionada afectó la credibilidad del Poder Judicial y podía generar desconfianza de la ciudadanía en el sistema de justicia. Por ello, consideró que una sanción menor no resultaba suficiente frente a la gravedad de las infracciones determinadas. La decisión se sustentó en las obligaciones establecidas para los jueces por la Ley de la Carrera Judicial, Ley N.° 29277, particularmente en lo relacionado con el deber de impartir justicia con independencia, imparcialidad, razonabilidad y respeto al debido proceso. La condena de Vladimir Cerrón volvió a tener vigencia en 2021 La decisión del juez Alain Salas no se mantuvo de manera definitiva. Posteriormente, una instancia superior de Huancavelica revocó la resolución que había dejado sin efecto la condena contra Vladimir Cerrón. Entre los argumentos considerados estuvo que el proceso penal todavía se encontraba en trámite y que existían recursos pendientes, por lo que no correspondía que el hábeas corpus interviniera de esa manera sobre una sentencia que todavía no tenía carácter firme. De esta manera, la controversia generada por la decisión de 2021 terminó convirtiéndose posteriormente en uno de los elementos analizados dentro de las investigaciones contra el magistrado. Alain Salas también fue condenado por prevaricato La situación del juez Alain Salas no se limitó al procedimiento disciplinario ante la JNJ. En febrero de 2026, se informó que la Corte Suprema confirmó una condena de tres años de pena privativa de libertad suspendida en su contra por el delito de prevaricato de derecho, en agravio del Estado. Este antecedente forma parte del contexto judicial relacionado con el magistrado y su actuación al momento de emitir la resolución que afectó las condenas contra Vladimir Cerrón. JNJ ordena su destitución definitiva Con la decisión adoptada por unanimidad, la Junta Nacional de Justicia resolvió aceptar el pedido de destitución formulado por la Presidencia del Poder Judicial y dispuso la separación definitiva de Alain Salas Cornejo de la carrera judicial. Asimismo, ordenó registrar la sanción correspondiente en el expediente personal del magistrado, comunicar la decisión a las entidades competentes y cancelar el título que le permitía ejercer como juez. El caso vuelve a poner en debate los límites del hábeas corpus La decisión de la JNJ también reabre el debate sobre los límites de los procesos constitucionales frente a las decisiones adoptadas por la justicia penal ordinaria. El hábeas corpus constituye una herramienta destinada a proteger derechos fundamentales vinculados con la libertad individual y otros derechos conexos. Sin embargo, su utilización dentro de procesos penales no implica que el juez constitucional pueda reemplazar a los jueces ordinarios en la valoración de pruebas o en la determinación de responsabilidad penal. Precisamente, este fue uno de los aspectos centrales considerados por la JNJ al evaluar la actuación del magistrado en el caso relacionado con Vladimir Cerrón. Una decisión que genera repercusiones en el sistema de justicia

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