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El Jurado Nacional de Elecciones ha emitido la Resolución N° 0745-2025-JNE, mediante la cual declara nulas en su totalidad las elecciones primarias realizadas por la organización política Acción Popular en su modalidad de delegados el 7 de diciembre de 2025. La decisión se sustenta en la detección de «vicios sustanciales» que comprometieron la integridad del proceso democrático interno y vulneraron el derecho fundamental de participación política de los afiliados.
Irregularidades Detectadas en la Conformación del Padrón Electoral
El hallazgo central de la investigación del JNE radica en la constatación de inconsistencias graves entre la proclamación oficial de delegados emitida por el Comité Nacional Electoral (CNE) de Acción Popular mediante la Resolución N° 069-2025/AP-CNE, del 3 de diciembre de 2025, y los listados registrados posteriormente ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Específicamente, el 4 de diciembre de 2025, la ONPE publicó documentos titulados «Listados Oficiales – Registro de Delegados Ganadores», en los cuales aparecían sustituiciones ilegítimas: al menos 28 delegados que habían sido debidamente elegidos y proclamados por el CNE fueron reemplazados por afiliados que no habían participado en la elección del 30 de noviembre de 2025.
Las circunscripciones afectadas incluyen Áncash, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Lima Norte, Lima Centro, Lima Oeste, Lima Provincias, Loreto, Junín y Madre de Dios. Un militante identificado como Alonso Roel Alva denunció públicamente ser uno de los 26 delegados afectados por suplantación, habiendo conocido de ello mediante un mensaje después de la proclamación.
Análisis de Culpabilidad Institucional
La investigación realizada por la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, mediante el Informe N° 00399-2025-DNFPE/JNE, estableció que la presidenta del CNE, Cinthya Pajuelo Chávez, actuó de manera inconsulta y sin fundamento legal para efectuar estas sustituciones. Un aspecto técnico relevante fue identificado: la ONPE había otorgado acceso exclusivo a las claves del aplicativo «Registro de Elecciones Primarias» (REP) únicamente a Pajuelo Chávez, lo que facilitó la modificación del padrón sin intervención de terceros verificadores.
El CNE, al percatarse del problema el 4 de diciembre de 2025, solicitó formalmente a la ONPE la nulidad y rectificación del registro de delegados ganadores. Sin embargo, la ONPE respondió mediante la Carta N° 000750-2025-GOECOR/ONPE indicando que no le corresponde emitir pronunciamiento sobre asuntos internos de las organizaciones políticas.
Impacto en la Jornada Electoral de Primarias
Durante la votación realizada el 7 de diciembre de 2025, los afiliados que habían sido legítimamente elegidos como delegados fueron excluidos del proceso de voto, mientras que se permitió participar a ciudadanos cuyos nombres habían sido fraudulentamente insertados en el padrón. Esta situación configuró un padrón adulterado que afectó la totalidad de las mesas de sufragio: el JNE constató que el 100 por ciento de las mesas presentaba vicios sustanciales en la conformación de su correspondiente cuerpo electoral.
Imposibilidad de Convocar a Nuevas Primarias
Aunque múltiples impugnantes solicitaron que se convocara a nuevas elecciones primarias, el JNE estimó inaplicable tal petición debido a las limitaciones temporales inherentes al calendario electoral de las Elecciones Generales 2026. La Resolución N° 0126-2025-JNE había fijado el 15 de diciembre de 2025 como fecha máxima para la proclamación de resultados de primarias, siendo imposible retrotraer el proceso sin quebrantar hitos administrativos posteriores.
Consecuencia Final: Exclusión de la Participación Electoral
En consecuencia, Acción Popular quedó excluido de participación en las Elecciones Generales 2026, imposibilitado de presentar fórmula presidencial o listas de candidatos al Congreso y Senado. La decisión fue reactiva a realidades de fraude documentado y representa una medida excepcional de protección del sistema electoral democrático contra prácticas contrarias al debido proceso.

