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El Gobierno promulgó la Ley N.° 32445, publicada en el diario oficial El Peruano, que autoriza a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP) el retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT, equivalentes a S/21,400, de sus cuentas individuales en las AFP. Con esta norma, el octavo retiro de fondos previsionales se convierte en un derecho vigente y no en un simple proyecto.
La medida alcanza a todos los afiliados, sin importar si están empleados, desempleados o próximos a jubilarse. Cada persona podrá decidir si retira su dinero y en qué monto, siempre dentro del límite autorizado. El desembolso se realizará en armadas de hasta 1 UIT cada 30 días, con el primer pago programado para efectuarse 30 días después de presentada la solicitud ante la AFP correspondiente.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) deberá publicar en un plazo máximo de 30 días calendario el reglamento operativo, que establecerá el cronograma y los procedimientos específicos para el trámite. Expertos estiman que las solicitudes podrían iniciarse a fines de octubre y que el primer desembolso se concretaría en noviembre.
El alcance de la ley es universal: incluye a todos los afiliados, permite desistirse de los retiros en cualquier momento y mantiene la posibilidad de retirar hasta el 95,5% del fondo al jubilarse. Asimismo, deroga la obligación de aporte para trabajadores independientes, manteniéndola en carácter voluntario.
Se prevé que esta disposición movilice alrededor de S/31,600 millones, un 27,5% del total administrado por las AFP, lo que podría aliviar la situación financiera de millones de hogares, pero también generar impactos en la rentabilidad y estabilidad del sistema previsional.


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