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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura resolvió que los cines no pueden impedir el ingreso de hamburguesas adquiridas fuera de sus establecimientos si estas son similares a los productos que ellos mismos ofrecen, como hot dogs. La decisión se tomó en el marco de la Resolución N.° 688-2025/Indecopi-PIU, emitida el 17 de septiembre de 2025, en respuesta a una denuncia contra Cineplex por impedir el ingreso de un consumidor con dos hamburguesas en una función realizada en el Real Plaza de Piura el 9 de agosto de 2024.
El fundamento principal del fallo radica en que tanto la hamburguesa como el hot dog comparten características esenciales: ambos son sándwiches que incluyen pan, acompañamientos como papas al hilo y están destinados al mismo fin de consumo. Por ello, la Comisión consideró acreditada la similitud y concluyó que Cineplex infringió el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Como consecuencia, se sancionó a la empresa con una multa equivalente a 3 UIT y se le ordenó abstenerse, en un plazo máximo de quince días hábiles, de prohibir el ingreso de alimentos similares o iguales a los que comercializa. Asimismo, la sala dispuso la inscripción de Cineplex en el Registro de Infracciones y Sanciones de Indecopi.
La resolución también declaró fundada la denuncia del consumidor por falta de respuesta a un reclamo formal, lo que generó una amonestación adicional para la empresa. No obstante, otras denuncias, como la presunta falta de capacitación del personal o la responsabilidad de directivos, fueron declaradas improcedentes por falta de legitimidad activa.
Con esta decisión, Indecopi refuerza el principio de idoneidad en los servicios y garantiza que las reglas de ingreso a los cines no limiten injustificadamente los derechos de los consumidores.


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