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El Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación, ha publicado recientemente el Decreto Supremo 277-2025-EF, mediante el cual se establecen los nuevos montos de la Remuneración Íntegra Mensual para docentes de la Carrera Pública Magisterial y se actualiza la remuneración de profesores contratados bajo la Ley 30328. La normativa, que constituye el segundo tramo del incremento salarial contemplado en la Ley de Presupuesto 2025, representa un avance significativo en el reconocimiento de la labor profesional docente en el territorio nacional.
Estructuración de Nuevos Montos Remunerativos por Escala Magisterial
La norma establece que la Remuneración Íntegra Mensual de la primera escala magisterial se fija en S/ 116,69 por hora semanal-mensual. Este monto constituye el referente base para el cálculo de las demás escalas magisteriales, permitiendo una actualización proporcional en toda la estructura remunerativa de la carrera docente. Con esta medida, los profesores de treinta horas laborales en la primera escala percibirán remuneraciones de S/ 3.500,70, mientras que aquellos con cuarenta horas alcanzarán la suma de S/ 4.667,60. En las escalas superiores, los docentes de octava escala con jornada de treinta horas recibirán S/ 7.351,05, cifra que se incrementa a S/ 9.801,40 para quienes cumplen cuarenta horas semanales.
Este esquema progresivo reconoce la trayectoria profesional y experiencia acumulada por los docentes en el sistema educativo, generando incentivos estructurados para el ascenso dentro de la carrera magisterial. La diferencia entre la primera y octava escala alcanza aproximadamente S/ 3.850,35 para profesores con jornada de treinta horas, diferencial que incrementa significativamente para aquellos con dedicación de cuarenta horas.
Beneficios Diferenciados para Docentes Contratados
La normativa contempla disposiciones específicas para profesores contratados bajo la Ley 30328. Estos profesionales, que desempeñan funciones en Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico-Productiva, percibirán una remuneración mensual uniforme de S/ 3.500,70. Adicionalmente, se reconoce una categoría especial para coordinadores de programas de cobertura nacional: los Profesores Coordinadores de Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI), así como Docentes Coordinadores en Oficinas Diocesanas de Educación Católica (ONDEC y ODEC), recibirán la cantidad de S/ 4.667,60 mensuales.
Incrementos en Asignaciones por Jornada Adicional y Cargos Directivos
Un aspecto destacable del decreto radica en la actualización de asignaciones por jornada de trabajo adicional destinadas a docentes que desempeñan funciones directivas o jerárquicas. Los directores, subdirectores y profesionales en cargos especializados perciben ahora montos escalonados conforme a su escala magisterial. Un docente de primera escala que asuma responsabilidades directivas recibirá S/ 1.166,90, mientras que su homólogo en octava escala obtendrá S/ 2.450,49. Esta estructura de incentivación busca compensar la carga administrativa y de gestión inherente a estas funciones.
Financiamiento y Respaldo Normativo
La implementación de estos incrementos encuentra respaldo en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, específicamente en su Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final, que autoriza el incremento salarial en dos oportunidades: durante marzo y noviembre del presente año. El financiamiento proviene de los recursos explícitamente previstos en el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440, garantizando sostenibilidad fiscal de la medida. El monto total destinado por el Estado para esta finalidad asciende a S/ 1.435 millones, reflejando el compromiso estatal con la revalorización de la profesión docente.
Impacto Agregado y Cobertura Poblacional
Esta disposición beneficia a más de 426.000 docentes de la carrera pública magisterial en territorios del Perú. El incremento acumulado durante el año 2025, considerando ambos tramos (marzo y noviembre), oscila entre S/ 400 y S/ 1.120, dependiendo de la jornada laboral y escala magisterial del profesor. Esta variabilidad responde a criterios de progresividad y reconocimiento diferenciado de la experiencia profesional docente.

