9 de septiembre de 2025

CTS para trabajadores CAS: Ejecutivo presenta proyecto de ley que regirá desde 2026

Artículo: El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley que plantea otorgar Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo N.º 1057. Según la iniciativa (Proyecto de Ley N.º 12332), la CTS se entregará al culminar la relación laboral, equivalente al 14% de la remuneración mensual por cada año trabajado o fracción superior a seis meses. El beneficio aplicará tanto para contratos indeterminados como determinados en entidades del gobierno nacional, regional y local, y entrará en vigencia el 1 de enero de 2026. Actualmente existen 258,399 trabajadores CAS en el Estado. De ellos, se estima que 41,358 recibirán este beneficio en 2026, con un costo fiscal aproximado de S/ 77.6 millones, cifra que aumentaría progresivamente hasta alcanzar S/ 128 millones en 2031. El Ejecutivo sostiene que la medida responde al Convenio Colectivo Centralizado 2025-2026, firmado con las centrales sindicales estatales. Sin embargo, diversos gremios han expresado su disconformidad, calificando la propuesta como un recorte, pues reclaman que la CTS se otorgue al 100% de la remuneración, tal como lo plantean dictámenes aprobados en las comisiones de Trabajo y Presupuesto del Congreso. El debate parlamentario enfrentará así dos visiones: la del Ejecutivo, que busca otorgar un 14% de la remuneración como CTS, y la de los sindicatos y bancadas que exigen la equiparación plena con otros regímenes laborales del sector público.

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Gobierno aprueba reglamento aduanero especial para ingreso de mercancías en distritos de frontera

Artículo: El Ejecutivo aprobó, mediante el Decreto Supremo N.° 186-2025-EF, el Reglamento del régimen aduanero especial de ingreso de mercancías destinadas al uso comercial en distritos de frontera, con el objetivo de dinamizar las economías locales y fortalecer el control aduanero en estas zonas. La norma permite que los pobladores residentes de distritos fronterizos sin conexión terrestre con la capital departamental ingresen mercancías extranjeras sin pagar aranceles ni tributos a la importación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Posteriormente, la venta de estos bienes sí estará sujeta a los impuestos correspondientes. El beneficio tiene límites claros: cada residente podrá ingresar productos por un valor máximo de 1 UIT por viaje, con un tope de 12 UIT al año. Además, deberán contar con RUC activo, domicilio fiscal en el distrito de frontera y conservar la documentación comercial durante cuatro años para eventuales verificaciones de Sunat. Las mercancías ingresadas bajo este régimen solo podrán permanecer y comercializarse dentro de los distritos autorizados, ubicados en Amazonas, Loreto, Puno y Ucayali, según el anexo del reglamento. Con esta medida, el Gobierno busca establecer un marco legal seguro y transparente que incentive el comercio local en las zonas fronterizas más alejadas, al mismo tiempo que garantiza mecanismos de control para prevenir irregularidades.

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