Administrativo

Nuevo Reglamento contra la Contaminación Lumínica: Protección para personas y naturaleza

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El pasado 10 de noviembre de 2025, el Gobierno peruano aprobó el Decreto Supremo 021-2025-Minam, que reglamenta la Ley 31316 sobre la prevención y control de la contaminación lumínica en el país. Esta norma busca proteger la salud de las personas, la fauna silvestre, promover la eficiencia energética y mejorar la seguridad vial, además de evitar la alteración del paisaje nocturno.​ 1. ¿Qué es la contaminación lumínica?La contaminación lumínica se refiere al exceso de luz artificial en el entorno, especialmente durante la noche. Este fenómeno no solo afecta la visibilidad y la tranquilidad de las personas, sino que también puede alterar los ciclos naturales de animales y plantas, así como generar un mayor consumo de energía. El nuevo reglamento busca regular todas las fuentes de luz artificial que puedan generar este tipo de contaminación, incluyendo publicidad exterior, alumbrado público y la iluminación de instalaciones deportivas, industriales y de servicios.​ 2. Principales medidas del reglamentoEl Decreto Supremo 021-2025-Minam establece un marco técnico y operativo para prevenir y controlar la intensidad luminosa generada por fuentes artificiales. Entre las medidas más relevantes se encuentran: Prohibición de instalar pantallas LED o electrónicas en zonas residenciales y a menos de 500 metros de áreas verdes, parques, playas y ecosistemas frágiles.​ Obligación de que los proyectos lumínicos de publicidad exterior cumplan con normas técnicas de seguridad y eficiencia energética, como el Código Nacional de Electricidad y las Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones.​ Requisito de que las autoridades competentes informen al Ministerio del Ambiente sobre la autorización o renovación de proyectos lumínicos, para su registro en el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA).​ 3. Beneficios para la sociedad y el medio ambienteLa implementación de este reglamento traerá beneficios directos para la población y el entorno natural. Entre ellos destacan: Mejora de la calidad de vida al reducir el impacto negativo de la luz artificial en el descanso y la salud de las personas.​ Protección de la fauna silvestre, ya que muchas especies dependen de los ciclos naturales de luz y oscuridad para su reproducción y alimentación.​ Promoción de la eficiencia energética, lo que contribuye a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y al ahorro de recursos.​ Mayor seguridad vial, ya que una iluminación adecuada en las vías públicas disminuye el riesgo de accidentes.​ 4. Participación ciudadana y transparenciaEl proceso de elaboración del reglamento contó con la participación de diversos sectores y la recepción de aportes y comentarios de la ciudadanía, en cumplimiento de la normativa de transparencia y acceso a la información ambiental. Además, la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria emitió opinión favorable sobre el análisis de impacto y calidad regulatoria de la norma, lo que garantiza su pertinencia y efectividad.​ 5. Próximos pasosEl reglamento entrará en vigencia tras su publicación en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano y en las sedes digitales del Ministerio del Ambiente. Las autoridades competentes deberán adaptar sus procedimientos y normas locales para garantizar el cumplimiento de la nueva regulación, mientras que la ciudadanía podrá acceder a información y orientación sobre cómo contribuir a la prevención y control de la contaminación lumínica.​ En resumen, el Decreto Supremo 021-2025-Minam representa un avance significativo en la protección del medio ambiente y la calidad de vida en Perú, al establecer un marco claro y participativo para enfrentar los desafíos de la contaminación lumínica.     Noticias Relacionadas Nuevo Reglamento contra la Contaminación Lumínica: Protección para personas noviembre 13, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La gestión del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, bajo la dirección de Rafael López Aliaga, adquirió 40,000 raciones alimenticias importadas Gestión de Rafael López Aliaga compra raciones importadas para noviembre 11, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La gestión del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, bajo la dirección de Rafael López Aliaga, adquirió 40,000 raciones alimenticias importadas Perú y Japón refuerzan su alianza en ciencia y noviembre 10, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: 1. Una alianza estratégica para la innovación y el desarrollo El Gobierno del Perú y el Gobierno de Japón consolidaron su compromiso con el progreso

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Gestión de Rafael López Aliaga compra raciones importadas para damnificados de Lima y genera polémica

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La gestión del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, bajo la dirección de Rafael López Aliaga, adquirió 40,000 raciones alimenticias importadas desde Estados Unidos para atender a damnificados de 16 distritos afectados por las lluvias intensas en la capital peruana. La operación se realizó sin licitación previa, provocando cuestionamientos por el alto costo y la idoneidad del menú para la población beneficiaria. Compra directa y sobreprecio en las racionesLos alimentos fueron comprados directamente a la empresa peruana Lealto EIRL, que importó los kits desde la compañía estadounidense XMRE, con sede en Miami. Cada ración costó S/ 69.50 (alrededor de 20 dólares estadounidenses), lo que elevó el presupuesto total a aproximadamente S/ 2,780,000. Esta cifra es considerada por especialistas y medios de comunicación como demasiado alta, duplicando el valor promedio de productos nacionales que usualmente se destinan para emergencias alimentarias. La contratación directa y la exclusión de un proceso de licitación pública aumentaron la controversia en torno a la adjudicación del contrato, especialmente considerando que existían empresas locales que podían proveer productos alimentarios a costos más accesibles. Menús poco comunes y ajenos a la dieta localLos kits alimenticios, categorizados como “raciones frías”, contenían platos que no corresponden a la alimentación tradicional peruana ni a la preferencia de los residentes de los distritos vulnerables beneficiados. Entre los alimentos se encontraron pavo enchilado, tacos Tex-Mex y tortellini con queso, opciones poco habituales para la dieta local que también generaron críticas sobre su pertinencia y aceptación. La decisión de importar menús estadounidenses en lugar de optar por alimentos tradicionales peruanos ha generado un debate que cuestiona si estas raciones cumplen efectivamente el objetivo de satisfacer las necesidades alimenticias de los damnificados. Fallas en el etiquetado y riesgos sanitariosOtro foco de preocupación ha sido la discrepancia en el etiquetado de los productos importados. Las instrucciones y detalles nutricionales estaban redactados únicamente en inglés, contraviniendo normas sanitarias peruanas que exigen información clara y accesible para los consumidores, sobre todo en situaciones de emergencia. La falta de etiquetas en español podría dificultar la comprensión de las indicaciones para el consumo seguro, exponiendo a la población vulnerable a posibles riesgos sanitarios y de salud. Las autoridades están siendo llamadas a verificar el cumplimiento de las normativas vigentes de etiquetado e información al consumidor. Distribución y cobertura en Lima MetropolitanaLas raciones alimenticias fueron distribuidas en diversos distritos declarados en estado de emergencia debido a las intensas lluvias, entre ellos Ate, Carabayllo, Chaclacayo, Cieneguilla, Comas, El Agustino, Los Olivos, Lurigancho, Lurín, Pachacámac, Puente Piedra, Punta Hermosa, Rímac, San Juan de Lurigancho y San Martín de Porres. Según declaraciones oficiales, hasta la fecha 22,000 raciones han sido entregadas, mientras que unas 18,000 permanecen en almacenes de ayuda humanitaria para futuros reabastecimientos. Reacciones oficiales y de la empresa proveedoraLuis Alvarado Ato, gerente general de Lealto EIRL, defendió la compra afirmando que las raciones importadas son comidas listas para emergencias utilizadas por entidades como la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) en Estados Unidos. Según él, el costo de cada ración sería justificado por la calidad y duración prolongada de hasta tres años. Por su parte, la Municipalidad de Lima, a través del gerente de Riesgo de Desastres Mario Casaretto La Torre, aclaró que su función se limitó a la distribución, sin intervenir en los procesos de contratación ni en la elaboración de bases para la compra. Críticas y dudas sobre gestión públicaEl caso ha generado un fuerte debate público sobre la gestión de recursos públicos destinados a emergencias, la transparencia en la contratación pública y el respeto a las normativas sanitarias y alimentarias nacionales. La adquisición de alimentos importados a precios elevados y menús poco adecuados ha sido vista con preocupación por la opinión pública, organizaciones de consumidores y medios de comunicación. Además, el incumplimiento en el etiquetado correcto pone en cuestión la supervisión de la autoridad encargada de proteger al consumidor en situaciones de emergencia.     Noticias Relacionadas Gestión de Rafael López Aliaga compra raciones importadas para noviembre 11, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: 1. Una alianza estratégica para la innovación y el desarrollo El Gobierno del Perú y el Gobierno de Japón consolidaron su compromiso con el progreso Perú y Japón refuerzan su alianza en ciencia y noviembre 10, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: 1. 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Reinicia el cobro de peajes en la Panamericana Sur pese a orden judicial: conflicto legal entre Rutas de Lima y la Municipalidad de Lima

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El reinicio del cobro de peajes en los tramos de Villa y Punta Negra de la Panamericana Sur ha generado un nuevo enfrentamiento legal y social entre la empresa concesionaria Rutas de Lima y la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML). A pesar de una sentencia que ordenaba suspender el cobro por vulnerar el derecho al libre tránsito, la compañía reactivó el pago desde la medianoche del 2 de noviembre, alegando que la apelación interpuesta tiene efecto suspensivo. Desde esa fecha, los conductores deben abonar S/ 7.50 por eje para continuar su trayecto, lo que ha despertado el rechazo de transportistas y vecinos de la zona. Muchos usuarios afirmaron no haber sido informados con anticipación y denunciaron que el restablecimiento del peaje incrementa los costos diarios de transporte y provoca mayor congestión vehicular. En declaraciones a medios locales, varios conductores expresaron su frustración. Una usuaria que reside en el distrito de Punta Negra indicó que, debido a sus desplazamientos diarios, llega a gastar hasta S/ 30 diarios solo en peajes, mientras que otros manifestaron demoras de hasta media hora en sus traslados por la espera en las casetas de cobro. La empresa Rutas de Lima sostuvo que su decisión se encuentra amparada por el proceso judicial en curso, asegurando que la apelación presentada ante la sentencia que suspendía el cobro detiene los efectos de la misma hasta que el tribunal superior emita una resolución definitiva. Sin embargo, expertos en derecho constitucional sostienen que dicha interpretación es cuestionable. De acuerdo con el artículo 26 del Código Procesal Constitucional, la ejecución de una sentencia debe continuar salvo que una instancia superior disponga expresamente lo contrario, lo que implicaría que el accionar de la concesionaria carece de sustento legal. En ese sentido, Rutas de Lima estaría operando en una zona jurídica gris, según advierten constitucionalistas consultados. La Municipalidad de Lima reaccionó de inmediato y anunció la presentación de acciones legales para restablecer el cumplimiento de la resolución judicial. En un comunicado oficial, la comuna calificó de “atropello” la reanudación del cobro y sostuvo que la medida “viola los derechos ciudadanos al libre tránsito y desconoce el principio de legalidad”. Asimismo, coordinó con la Presidencia de la República el despliegue de efectivos policiales en las zonas de peaje con el fin de garantizar el orden y evitar enfrentamientos. El conflicto escaló aún más el 5 de noviembre, cuando el Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacámac, a cargo de la jueza Patricia Romero Medina, ordenó nuevamente la suspensión inmediata del cobro de peajes en Villa y Punta Negra, bajo apercibimiento de multas consecutivas en caso de incumplimiento. La magistrada reafirmó que la ejecución del fallo es de cumplimiento obligatorio e inimpugnable, incluso mientras la apelación siga en trámite. El caso se ha convertido en un símbolo de la disputa entre intereses económicos y derechos ciudadanos, mientras miles de conductores esperan una resolución definitiva que determine si el cobro de peajes en la Panamericana Sur continuará o será finalmente anulado.     Noticias Relacionadas Reinicia el cobro de peajes en la Panamericana Sur noviembre 6, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La norma reconoce derechos laborales plenos y garantiza un proceso meritocrático, transparente y financieramente responsable para los servidores Ley N.º 32489: Incorporación progresiva de trabajadores CAS de noviembre 5, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La norma reconoce derechos laborales plenos y garantiza un proceso meritocrático, transparente y financieramente responsable para los servidores Proponen ley para proteger a madres internas y a noviembre 2, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una propuesta para humanizar el sistema penitenciario La congresista Patricia Chirinos Venegas, del grupo parlamentario Renovación Popular, presentó

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Poder Judicial ordena a Rutas de Lima suspender cobro de peajes en Villa y Punta Negra: un nuevo golpe a la concesionaria

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una medida judicial con impacto inmediato El Poder Judicial dispuso que la empresa Rutas de Lima S.A.C. suspenda de forma inmediata el cobro de peajes en las estaciones de Villa y Punta Negra, ubicadas en la Panamericana Sur, mientras dure el proceso judicial que enfrenta con la Municipalidad de Santa María del Mar. La orden, dictada bajo multas sucesivas en caso de incumplimiento, representa un nuevo revés para la concesionaria y marca otro episodio en la larga controversia entre la empresa y distintas autoridades municipales. La decisión se basa en el habeas corpus presentado por la comuna de Santa María del Mar, que sostiene que los cobros en dichos puntos vulneran el derecho al libre tránsito de los ciudadanos, tal como lo establece la Constitución Política del Perú. Un precedente del Tribunal Constitucional Esta nueva medida judicial encuentra sustento en el precedente establecido por el Tribunal Constitucional (TC) en marzo de 2024, cuando ordenó a Rutas de Lima suspender el cobro de peaje en el tramo de Puente Piedra, bajo el expediente N.º 01072-2023-PHC/TC. En aquella ocasión, el máximo intérprete de la Constitución señaló que la falta de vías alternas adecuadas hacía que el cobro fuera injustificado y atentara contra los derechos fundamentales de los residentes y usuarios. Aunque el TC aclaró que no se cuestionaba la validez del contrato de concesión suscrito con la Municipalidad de Lima durante la gestión de Susana Villarán, sí advirtió que el cumplimiento del mismo debía respetar las condiciones de libre tránsito y servicio público. Esa sentencia, ahora, sirve como fundamento jurídico para que el Poder Judicial extienda la suspensión a otras zonas concesionadas del sur de Lima. El conflicto económico detrás del peaje El cobro de peajes en la Panamericana Sur representa para Rutas de Lima una recaudación anual aproximada de 130 millones de dólares, lo que explica la magnitud del impacto económico de esta nueva decisión. Desde junio de 2025, la empresa y la Municipalidad de Santa María del Mar han sostenido un enfrentamiento judicial respecto a la obligación de garantizar vías alternas y la legitimidad del contrato de concesión. La controversia ha crecido en medio de un ambiente de creciente desconfianza hacia las concesionarias viales, especialmente por la percepción de que los ciudadanos pagan sumas elevadas por un servicio deficiente, con demoras, congestión y carencia de mantenimiento en las zonas aledañas. Posición de la Municipalidad de Lima El alcalde Renzo Reggiardo celebró la medida y afirmó que se trata de un paso importante en la defensa del libre tránsito de los ciudadanos. “Las vías han estado secuestradas durante demasiado tiempo. Los vecinos han sido obligados a pagar montos desproporcionados por un servicio que no cumple con los estándares básicos de calidad”, declaró. Reggiardo también cuestionó el estado de las garitas y la falta de mantenimiento en las zonas bajo concesión. Según indicó, el sistema de peajes ha generado un verdadero “calvario” para los conductores, quienes deben esperar hasta una hora en colas extensas para pasar por las garitas. La respuesta de Rutas de Lima Por su parte, Rutas de Lima calificó la decisión del Poder Judicial como “ilegal, arbitraria y abusiva”, señalando que vulnera tanto sus derechos como las obligaciones internacionales del Estado peruano con los inversionistas. En un comunicado, la empresa denunció una “campaña de hostilidad sin precedentes” encabezada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, con el apoyo de otras entidades del Estado, que estaría afectando directamente su estabilidad financiera. “Esta nueva decisión judicial priva a Rutas de Lima del 100% de los ingresos que le restaban después de sucesivas medidas del Estado peruano”, indicó la concesionaria, advirtiendo que la medida pone en riesgo su capacidad de mantener las vías y cumplir con sus compromisos contractuales. Un escenario aún incierto Con esta decisión, la disputa entre el Estado y Rutas de Lima ingresa en una nueva etapa. Mientras el Poder Judicial busca garantizar los derechos ciudadanos, la concesionaria argumenta una afectación a la seguridad jurídica y a la inversión privada. En medio de este debate, los usuarios celebran la suspensión del cobro, aunque la incertidumbre sobre el futuro del contrato y la gestión de las vías continúa abierta. El caso de los peajes del sur se perfila, así, como un nuevo capítulo en la discusión sobre el modelo de concesiones viales en el Perú y los límites entre la rentabilidad privada y el interés público.     Noticias Relacionadas Poder Judicial ordena a Rutas de Lima suspender cobro octubre 30, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) atraviesa uno de los periodos más inestables de su historia reciente. Seis jefes en menos de dos años: la inestabilidad octubre 30, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) atraviesa uno de los periodos más inestables de su historia reciente. Perú consolida un modelo estatal ágil, preventivo y orientado octubre 27, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ceplan destacó los avances nacionales en planeamiento estratégico, inteligencia de datos y prospectiva para fortalecer la democracia, reducir

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Seis jefes en menos de dos años: la inestabilidad que golpea a la Sunat y compromete su autonomía

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) atraviesa uno de los periodos más inestables de su historia reciente. En menos de dos años, la institución ha cambiado de jefe en seis ocasiones, una rotación que genera serias dudas sobre la continuidad de sus políticas tributarias y su capacidad de cumplir eficazmente su mandato. El más reciente nombramiento recayó en Javier Eduardo Franco Castillo, designado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) como nuevo superintendente. Su llegada marca la sexta designación en apenas 24 meses, un ritmo que, según especialistas, impide consolidar estrategias sostenidas para enfrentar problemas estructurales como la informalidad laboral, la minería ilegal y el narcotráfico. Una sucesión de mandatos breves En este breve periodo, por la jefatura de la Sunat pasaron Edward Tovar, quien estuvo solo 25 días; Marilú Llerena, aproximadamente seis meses; Víctor Mejía, cinco meses; Gerardo López, siete meses; y Luis Vera, quien concluyó una gestión más prolongada de cuatro años en marzo de 2024. La frecuencia de los cambios contrasta con lo que ocurría en años anteriores, cuando los titulares de la Sunat permanecían en el cargo entre tres y cinco años, permitiendo una mayor planificación y ejecución de políticas tributarias de largo plazo. El tributarista Jorge Picón considera que este nivel de rotación impide desarrollar una gestión coherente y sostenida: “Antes, los jefes de la Sunat duraban al menos cuatro años, pero ahora apenas unos meses. Con esta inestabilidad, es imposible crear y aplicar planes serios de lucha contra las economías ilegales”. Una recaudación que crece sin gestión efectiva Si bien los informes oficiales de la Sunat muestran un incremento en la recaudación tributaria, Picón advierte que este fenómeno no responde a una mayor eficiencia administrativa, sino al contexto internacional favorable, en particular al alza de los precios de los metales. “El aumento en los ingresos fiscales no se debe a un esfuerzo de fiscalización o de ampliación de la base tributaria. Es una consecuencia de los precios internacionales, no de una gestión técnica sostenida”, explicó el especialista. Esta observación coincide con evaluaciones de organismos independientes que han advertido que, pese a los buenos números en la recaudación, la informalidad sigue representando más del 70% del empleo nacional, y los esfuerzos por controlar el comercio ilícito o la evasión fiscal siguen siendo limitados. Falta de autonomía y dependencia política Uno de los factores que explican la inestabilidad institucional es la dependencia directa de la Sunat del MEF, lo que la expone a los vaivenes políticos de cada gestión ministerial. Cada cambio de titular en el Ministerio implica, en la práctica, un riesgo de renovación de la alta dirección de la superintendencia. Para Picón, esta situación “reduce la autonomía operativa de la institución y la somete a decisiones políticas de corto plazo”, lo que afecta su eficacia y credibilidad. “La Sunat debería tener una autonomía similar a la del Banco Central de Reserva (BCR), con mandatos fijos y directivos designados por criterios técnicos, no políticos”, sostuvo. Consecuencias para la política fiscal y la lucha contra la informalidad La falta de continuidad en la dirección de la Sunat no solo afecta la administración tributaria, sino también la coordinación con otras entidades del Estado encargadas de combatir las economías ilegales. La ausencia de liderazgo sostenido debilita los mecanismos de control sobre actividades ilícitas como la minería ilegal, el contrabando y el narcotráfico, que dependen en gran medida de la cooperación institucional y la estabilidad organizativa. Según el informe publicado por la propia Sunat, esta inestabilidad ha impedido consolidar un plan integral de fiscalización y formalización, dos pilares centrales en la estrategia económica del país. Hacia una Sunat con estabilidad y visión técnica La designación de Javier Franco Castillo representa, para muchos, una nueva oportunidad para reconstruir la continuidad institucional de la Sunat. Sin embargo, los analistas advierten que mientras la entidad siga subordinada al MEF y sin un marco legal que garantice su independencia, la rotación de autoridades continuará siendo un obstáculo estructural. El reto inmediato del nuevo titular será demostrar que puede mantener una gestión estable, con objetivos técnicos claros y libre de presiones políticas. Solo así, la Sunat podrá recuperar su capacidad de planificación y liderazgo en la lucha contra la evasión, la informalidad y las economías ilegales que siguen lastrando el desarrollo del país.     Noticias Relacionadas Seis jefes en menos de dos años: la inestabilidad octubre 30, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ceplan destacó los avances nacionales en planeamiento estratégico, inteligencia de datos y prospectiva para fortalecer la democracia, reducir Perú consolida un modelo estatal ágil, preventivo y orientado octubre 27, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ceplan destacó los avances nacionales en planeamiento estratégico, inteligencia de datos y prospectiva para fortalecer la democracia, reducir José Jerí rinde homenaje a los veteranos de guerra octubre 26, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Ceremonia en la Plaza a la Bandera conmemoró el Día del Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional. 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Corte Suprema confirma que Reniec deberá pagar más de S/213 mil a Dina Boluarte tras fallo definitivo

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Corte Suprema de Justicia resolvió de manera definitiva la demanda interpuesta por Dina Boluarte contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), poniendo fin a un largo proceso judicial que se remontaba a los años en que la exmandataria laboró en dicha institución. Con este fallo, el máximo tribunal ordenó que el Reniec pague un monto total de S/213 174,63 a favor de Boluarte, cifra que representa una reducción frente a los S/286 mil que se le habían reconocido en instancias previas. Un caso laboral que se remonta al 2007 La controversia judicial tiene su origen en la relación laboral que Dina Boluarte mantuvo con el Reniec desde 2007, años antes de ingresar a la vida política. Según la demanda, la entonces trabajadora alegó que su vínculo contractual con la entidad se desnaturalizó, pues —aunque figuraba como contratada bajo la modalidad de locación de servicios o régimen CAS— en realidad cumplía funciones de carácter permanente y subordinado, propias de un contrato a plazo indeterminado. En ese sentido, solicitó el reconocimiento de diversos beneficios sociales y sindicales que, según su defensa, no le fueron otorgados durante todo el periodo laboral. En su cálculo inicial, la exmandataria reclamaba más de S/428 mil por conceptos de compensación por tiempo de servicios (CTS), gratificaciones, vacaciones, escolaridad y beneficios colectivos derivados de los laudos arbitrales de 2011 y 2012. De los S/428 mil reclamados a los S/213 mil definitivos En primera instancia, el Poder Judicial le dio la razón de manera parcial, fijando la compensación en S/286 mil. Luego, la Primera Sala Laboral Permanente de Lima ratificó el fallo pero redujo el monto a S/239 674,63, al precisar que ciertos beneficios sindicales no correspondían a la totalidad del periodo reclamado. El Reniec interpuso posteriormente un recurso de casación ante la Corte Suprema, solicitando que se excluyeran los pagos por beneficios colectivos en los periodos de octubre de 2010 a noviembre de 2011 y desde enero de 2015 en adelante, argumentando que en esos lapsos Boluarte ocupó un cargo de confianza como jefa de oficina registral, función a la que no le corresponde percibir beneficios sindicales. La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema acogió este argumento, reduciendo la suma final a S/213 174,63. El fallo es definitivo y de cumplimiento obligatorio, por lo que el juzgado correspondiente deberá requerir al Reniec el depósito del monto en las cuentas bancarias de la exmandataria. Argumentos del fallo supremo En su resolución, la Corte Suprema precisó que no era necesaria una designación formal para determinar que Boluarte desempeñaba un cargo de confianza, pues las funciones y responsabilidades inherentes a su puesto evidenciaban dicha condición. “El jefe de oficina registral tiene como funciones, entre otras, elaborar cuadros de información estadística que sirvan para la toma de decisiones de la jefatura regional. Es decir, la demandante realizaba informes que contribuían a la adopción de decisiones institucionales de alto nivel, propias de un cargo de confianza”, indica el fallo. Por ello, el tribunal concluyó que durante los periodos mencionados, Boluarte no tenía derecho a beneficios colectivos, ya que estos están reservados para trabajadores sujetos a negociación sindical, situación incompatible con los cargos de confianza. Un cierre judicial tras años de controversia Con esta decisión, la Corte Suprema pone punto final a un proceso que se prolongó por más de una década, en el que se debatió la verdadera naturaleza del vínculo laboral entre Dina Boluarte y el Reniec. El fallo reafirma que, si bien existió una relación laboral que generó derechos a determinados beneficios, no todos los reclamos fueron procedentes por la naturaleza jerárquica del puesto que ocupó la exmandataria en ciertos periodos. El Reniec deberá ahora cumplir con efectuar el pago ordenado por el Poder Judicial, una vez sea notificado formalmente por el juzgado competente. Con ello, Dina Boluarte recibirá más de S/213 mil soles como liquidación definitiva por los años trabajados en la institución, cerrando así un capítulo que combinó elementos laborales, administrativos y políticos en torno a su paso por la administración pública.     Noticias Relacionadas Corte Suprema confirma que Reniec deberá pagar más de octubre 26, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Congreso de la República aprobó con 84 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención el dictamen que dispone la incorporación progresiva de los Congreso aprueba incorporación de trabajadores CAS del Poder Judicial octubre 25, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Congreso de la República aprobó con 84 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención el dictamen que dispone la incorporación progresiva de los Presidente José Jerí decreta estado de emergencia en Lima octubre 22, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La medida busca contener la ola de violencia y extorsión que azota la capital. Policía y Fuerzas Armadas asumirán control conjunto del orden

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Osiptel recuerda a operadoras que deben ofrecer planes pospago desde S/15 para personas con discapacidad

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Medida busca garantizar la inclusión digital y el acceso equitativo a servicios de telecomunicaciones en todo el país. El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) recordó a las empresas operadoras —entre ellas Claro, Entel, Bitel y Movistar— su obligación de ofrecer planes pospago accesibles desde S/15 mensuales dirigidos a personas con discapacidad, tal como lo dispone la normativa vigente. Esta disposición forma parte de las políticas de inclusión digital y accesibilidad, orientadas a eliminar barreras en el acceso a servicios esenciales de comunicación. Acceso garantizado y tarifas diferenciadas Según informó Osiptel, los planes especiales deben estar registrados y disponibles para contratación en todas las operadoras del país, ofreciendo servicios móviles e internet a precios preferenciales que oscilan entre S/15 y S/39 mensuales, según la cobertura y los paquetes de datos ofrecidos.Estas opciones incluyen entre 2 GB y 27 GB de navegación, además de beneficios complementarios como el uso ilimitado de redes sociales (WhatsApp y Facebook), según el plan elegido y la región donde se contrate el servicio. Para acceder a estos planes, las personas interesadas deben presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) y el carné del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), documento que acredita formalmente su condición. De esta manera, el Estado busca garantizar que los beneficios lleguen efectivamente a quienes lo requieren. Inclusión digital como política de equidad La directora de Atención y Protección del Usuario del Osiptel, Tatiana Piccini, destacó que la medida tiene un fin claramente social: “Esta iniciativa busca facilitar la inclusión digital de las personas con discapacidad, asegurando que puedan acceder a servicios de telecomunicaciones adaptados a sus necesidades y a precios accesibles”, explicó. En ese sentido, el organismo ha desarrollado herramientas digitales como la plataforma “Checa tu plan” (www.checatuplan.pe), donde los usuarios pueden comparar tarifas, servicios y beneficios de todas las empresas operadoras antes de decidir qué plan contratar.El sistema muestra de manera clara y actualizada los precios registrados por las operadoras en el Sistema de Información y Registro de Tarifas (SIRT), lo que permite una transparencia real en la oferta de servicios. Atención especializada y servicios accesibles Osiptel también recordó que las Condiciones de Uso establecen derechos específicos para los usuarios con discapacidad sensorial o física. Por ejemplo, quienes tienen discapacidad visual pueden solicitar que sus recibos sean enviados en formatos accesibles, mientras que las personas con discapacidad física que no puedan realizar la verificación biométrica de huella dactilar están exoneradas de este requisito, siempre que presenten su DNI y una declaración jurada. Del mismo modo, se ha implementado un servicio de orientación telefónica accesible para personas con discapacidad auditiva, disponible los miércoles de 4:00 p.m. a 5:00 p.m., previa cita virtual. Este canal permite resolver dudas sobre contratación, reclamos, suspensión de líneas o beneficios de los planes especiales. Capacitación y asistencia a nivel nacional Entre enero y setiembre de 2025, Osiptel atendió a más de 3.200 personas con discapacidad en temas relacionados con telefonía fija, móvil, internet y televisión por cable. Estas atenciones se brindaron en 65 actividades presenciales realizadas en distintas regiones del país, siendo Junín, Loreto, Madre de Dios, Tumbes y Pasco las que registraron el mayor número de participantes. Durante estas jornadas, se ofreció información sobre los derechos de los usuarios, los procesos de migración o baja de servicios, y el uso de herramientas digitales como “Checa tu caso”, “Checa tu IMEI” y “Checa tus líneas”. Una medida que reduce brechas La implementación de planes especiales de bajo costo representa un paso clave hacia la equidad en la conectividad. En un contexto donde la comunicación digital se ha vuelto indispensable para la educación, el trabajo y la participación ciudadana, asegurar tarifas justas y servicios accesibles para las personas con discapacidad constituye no solo un acto de inclusión, sino una obligación legal y ética. Con esta medida, Osiptel reafirma su compromiso con un Perú más conectado e inclusivo, donde nadie quede excluido del acceso a la tecnología por razones económicas o físicas. El reto, sin embargo, recae ahora en las operadoras: cumplir y difundir activamente estos beneficios, garantizando que cada ciudadano pueda ejercer su derecho a comunicarse en igualdad de condiciones.     Noticias Relacionadas Osiptel recuerda a operadoras que deben ofrecer planes pospago octubre 20, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La congresista Sigrid Bazán responsabiliza al Ejecutivo y al Ministerio del Interior por la represión durante las protestas. La congresista Sigrid Plantean Denuncian constitucionalmente a José Jeri, Ernesto Álvarez y octubre 19, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La congresista Sigrid Bazán responsabiliza al Ejecutivo y al Ministerio del Interior por la represión durante las protestas. La congresista Sigrid Plantean restringir pase libre de policías solo a actos octubre 16, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La congresista Susel Paredes Piquer, del Bloque Democrático Popular, presentó un proyecto de ley que propone modificar la Ley N.º 26271, norma que

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Plantean restringir pase libre de policías solo a actos de servicio y emergencias

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La congresista Susel Paredes Piquer, del Bloque Democrático Popular, presentó un proyecto de ley que propone modificar la Ley N.º 26271, norma que regula el derecho a pases libres y pasajes preferenciales en el transporte público urbano e interurbano. La propuesta plantea que los miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) solo puedan acceder al pase libre cuando se encuentren en actos de servicio, tareas de emergencia o en operativos oficiales, dejando fuera los desplazamientos personales o de descanso. De aprobarse, esta reforma redefiniría un beneficio que, según el planteamiento, ha perdido su sentido original al haberse prestado a abusos e interpretaciones erróneas. En palabras de Paredes, el objetivo no es eliminar un reconocimiento legítimo al servicio policial, sino reorientarlo hacia su propósito esencial: facilitar la labor operativa y la atención de emergencias, garantizando al mismo tiempo la equidad en el uso de los servicios públicos. Antecedentes y justificación El pase libre policial fue concebido como un mecanismo de apoyo funcional, destinado a permitir que los agentes puedan movilizarse sin obstáculos cuando la situación lo exija. Sin embargo, en los últimos años se han registrado casos en los que este beneficio habría sido empleado de manera indebida, incluso extendiéndose a familiares o en situaciones personales. Uno de los ejemplos más comentados fue el de una suboficial que exigió transporte gratuito para su familia, incidente ocurrido en 2025 que terminó en un altercado con un conductor de transporte urbano. Casos como este generaron controversia y motivaron una revisión profunda del beneficio, tanto desde el punto de vista jurídico como social. En la exposición de motivos del proyecto, la parlamentaria sostiene que “el uso indiscriminado del pase libre afecta la relación entre la ciudadanía y las fuerzas del orden, y distorsiona la finalidad pública del beneficio”. La propuesta, por tanto, busca restablecer la confianza y legitimidad del reconocimiento, alineándolo con los principios de justicia, proporcionalidad y transparencia que deben regir toda política pública. Modificaciones propuestas a la ley El proyecto plantea una modificación precisa de los artículos 1 y 2 de la Ley N.º 26271, delimitando el alcance del beneficio: El artículo 1 quedaría redactado para que el pase libre a los miembros de la Policía Nacional del Perú solo se aplique en actos de servicio, emergencias o operativos policiales oficiales. El artículo 2 incorporaría una definición explícita del “pase libre policial restringido”, excluyendo su uso durante vacaciones, descansos o desplazamientos personales. Asimismo, las disposiciones complementarias del proyecto disponen que el Ministerio del Interior, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) y las municipalidades provinciales y distritales adecúen, en un plazo de 60 días, sus instrumentos de control y supervisión para garantizar el cumplimiento de la nueva norma, incluyendo la creación de protocolos de resolución de conflictos. Implicancias y alcances de la medida La iniciativa no genera gastos adicionales para el Estado ni elimina el reconocimiento simbólico al rol de la policía, sino que lo adapta a los estándares contemporáneos de equidad y eficiencia. Desde una perspectiva institucional, busca evitar fricciones con transportistas, fortalecer la imagen pública de la PNP y establecer una relación de respeto mutuo entre autoridades y ciudadanos. En un país donde la seguridad ciudadana continúa siendo uno de los principales retos del Estado, garantizar la movilidad operativa de los agentes resulta fundamental. No obstante, la propuesta enfatiza que dicha facilidad no debe confundirse con un privilegio, sino entenderse como una herramienta de servicio. La clave, según sus promotores, radica en equilibrar la autoridad con la responsabilidad. Un paso hacia la transparencia en los beneficios públicos Esta reforma, de aprobarse, representaría un precedente importante en la regulación de beneficios estatales otorgados a las fuerzas del orden. Más allá de su impacto inmediato, el proyecto plantea una reflexión sobre cómo equilibrar el reconocimiento institucional con la rendición de cuentas. En un contexto donde la ciudadanía exige transparencia y trato igualitario, limitar el pase libre policial a las circunstancias estrictamente necesarias no solo responde a una exigencia legal, sino también a una demanda ética: que los beneficios públicos sean usados con responsabilidad y orientados al bien común. Así, la propuesta de la congresista Paredes no busca debilitar a la institución policial, sino fortalecer su legitimidad, recordando que el servicio público, en cualquiera de sus formas, encuentra su sentido más alto cuando se ejerce con sobriedad, justicia y vocación de servicio.     Noticias Relacionadas Plantean restringir pase libre de policías solo a actos octubre 16, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una inmobiliaria denunció que la Municipalidad de Lima y Serpar le exigían pagos adicionales por cada edificio multifamiliar construido, MUNICIPALIDAD COBRABA A INMOBILIARIAS POR MANTENIMIENTO DE PARQUES PÚBLICOS. octubre 16, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una inmobiliaria denunció que la Municipalidad de Lima y Serpar le exigían pagos adicionales por cada edificio multifamiliar construido, José Jerí retrasa la formación de su gabinete y octubre 15, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: A cuatro días de haber asumido la Presidencia de la República tras la vacancia de Dina Boluarte, José Jerí enfrenta su primera gran prueba política:

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MUNICIPALIDAD COBRABA A INMOBILIARIAS POR MANTENIMIENTO DE PARQUES PÚBLICOS.

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una inmobiliaria denunció que la Municipalidad de Lima y Serpar le exigían pagos adicionales por cada edificio multifamiliar construido, supuestamente para financiar el mantenimiento de parques zonales. Estas entidades amparaban el cobro en la Ordenanza 1188-MML y en decretos antiguos, pero no en la Ley 29090, que es la norma vigente para habilitaciones urbanas y edificaciones. El Indecopi determinó que dichos cargos carecían de respaldo legal, pues la normativa nacional no autoriza tributos extras para parques públicos. Además, estableció que la autonomía municipal no puede utilizarse para imponer obligaciones que contravengan leyes superiores. En consecuencia, ordenó que la Municipalidad y Serpar se abstengan de seguir aplicando esos cargos ilegítimos.     Noticias Relacionadas MUNICIPALIDAD COBRABA A INMOBILIARIAS POR MANTENIMIENTO DE PARQUES PÚBLICOS. octubre 16, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: A cuatro días de haber asumido la Presidencia de la República tras la vacancia de Dina Boluarte, José Jerí enfrenta su primera gran prueba política: José Jerí retrasa la formación de su gabinete y octubre 15, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: A cuatro días de haber asumido la Presidencia de la República tras la vacancia de Dina Boluarte, José Jerí enfrenta su primera gran prueba política: Susel Paredes oficializa su candidatura a la Alcaldía de octubre 14, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: En medio del reacomodo político que siguió a la vacancia presidencial de Dina Boluarte, la congresista y abogada Susel Paredes anunció oficialmente

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Susel Paredes oficializa su candidatura a la Alcaldía de Lima: “Quiero ser la primera alcaldesa Labubu del planeta”

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: En medio del reacomodo político que siguió a la vacancia presidencial de Dina Boluarte, la congresista y abogada Susel Paredes anunció oficialmente su candidatura a la Alcaldía de Lima para las elecciones municipales de 2026. La noticia, que ya circulaba como rumor en los últimos meses, fue confirmada el viernes 10 de octubre durante una entrevista en el programa Curwen en La República, donde la parlamentaria declaró con espontaneidad: “Lo voy a decir, quiero ser alcaldesa de Lima. La primera alcaldesa Labubu de todo el planeta, que no habrá sido presidenta de la Apafa, pero tiene muchos sobrinos”. El anuncio marca el inicio de una nueva etapa en la trayectoria política de Paredes, quien deberá tramitar su renuncia al Congreso dentro de los plazos establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para formalizar su postulación. De acuerdo con la normativa vigente, las autoridades que deseen participar en comicios municipales deben presentar su renuncia ante el concejo respectivo y remitirla a la Mesa de Partes Virtual del JNE. De las críticas al desafío electoral La confirmación de su candidatura no tardó en generar reacciones dentro del escenario político. Días antes del anuncio, la congresista fujimorista Rosángella Barbarán había ironizado sobre las aspiraciones de Paredes en una transmisión por TikTok, afirmando que su “sueño era ser presidenta” y cuestionando su vida personal. “Ni de la APAFA va a ser porque ni hijos tiene”, dijo Barbarán durante la emisión. Paredes respondió en la misma entrevista calificando esas expresiones como discriminatorias. “No tienen derecho a burlarse de una persona por su vida privada o su orientación. Esa es una forma de violencia política”, señaló. Además, negó que busque la presidencia del país, aunque admitió que, de aspirar a ello en el futuro, lo haría por elección popular y no mediante una sucesión o votación congresal. La legisladora enfatizó que su decisión de postular a la alcaldía no responde a cálculos partidarios, sino a su convicción de transformar la gestión de la capital. “Lima necesita orden, pero también empatía. Hemos tenido alcaldes con discurso de mano dura y cero sensibilidad social. Yo quiero una ciudad donde todos se sientan parte”, afirmó. Una figura visible y polémica Susel Paredes es abogada, activista por los derechos LGBTIQ+ y actual congresista de la República. A lo largo de su carrera, ha transitado por partidos de izquierda y centroizquierda, como el Partido Socialista, el Partido Morado y Primero la Gente, agrupación a la que renunció en enero de este año por diferencias internas. Conocida por su estilo frontal, ha protagonizado episodios que la han colocado en el centro de la controversia política. En marzo de 2025 votó en contra de la propuesta para declarar al Tren de Aragua como organización terrorista, argumentando que “carece de ideología política” y que el término “terrorismo” debe reservarse a movimientos con motivación ideológica. En abril, enfrentó una denuncia ante la Comisión de Ética por permitir el ingreso de mujeres transgénero a los baños femeninos del Congreso durante un foro de diversidad, defendiendo su decisión como un acto de respeto a los derechos humanos. Estas posiciones, aunque polémicas, también la han convertido en una de las voces más visibles dentro del Congreso en temas de igualdad y derechos civiles. Su apodo de “Labubu”, utilizado tanto por seguidores como detractores, se ha convertido en parte de su identidad política y mediática. El reto de Lima La candidatura de Susel Paredes llega en un contexto político fragmentado, marcado por la desconfianza ciudadana y la fatiga hacia la clase política. Su discurso apunta a una renovación ética y social en la gestión pública, con énfasis en temas como la movilidad urbana, la seguridad ciudadana y la inclusión. Sin embargo, su desafío será enorme. Competirá en una ciudad con más de 10 millones de habitantes, donde los problemas estructurales —transporte, informalidad, contaminación y criminalidad— han minado la gobernabilidad de sucesivas administraciones. Además, deberá enfrentar los prejuicios y ataques personales que ya se perfilan como parte de la campaña. Pese a ello, Susel Paredes asegura estar lista para la contienda: “No me asusta el poder, me asusta la indiferencia. Lima necesita una gestión con rostro humano, y yo quiero asumir esa tarea”. Su candidatura, que combina activismo social y discurso político, promete agitar el tablero municipal limeño. Con ella, la capital podría asistir a una contienda donde, más que los colores partidarios, se pondrá a prueba la apertura del electorado hacia una nueva forma de liderazgo político.     Noticias Relacionadas Susel Paredes oficializa su candidatura a la Alcaldía de octubre 13, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Perú vive una nueva transición política. A sus 38 años, José Jerí Zegarra asumió la presidencia de la República tras la vacancia de Dina José Jerí y el desafío de un gobierno de octubre 13, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Perú vive una nueva transición política. 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