JNE fija el 6 de diciembre para la segunda vuelta regional 2026

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) fijó el domingo 6 de diciembre de 2026 como fecha para la realización de la Segunda Elección Regional (SER 2026), en aquellas circunscripciones donde ninguna de las fórmulas de candidatos a gobernador y vicegobernador regional obtenga al menos el 30 % de los votos válidos en la primera elección. La decisión fue adoptada mediante un acuerdo del Pleno del organismo electoral del 7 de octubre y publicada en el diario oficial El Peruano el 11 de octubre de 2026. <Cite refs={[«turn750645search0″,»turn750645search4»]}/>

La segunda vuelta regional se realizará el 6 de diciembre

El acuerdo establece que la segunda jornada electoral tendrá lugar el 6 de diciembre, reemplazando la fecha anterior del 29 de noviembre de 2026. La modificación se adoptó después de que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) solicitara reconsiderar el calendario previsto inicialmente.

De acuerdo con la publicación oficial, el JNE consideró los argumentos técnicos presentados por la ONPE y la propuesta de cronograma para desarrollar las actividades necesarias antes y después de la votación. <Cite refs={[«turn750645search0″,»turn750645search7»]}/>

¿En qué casos se realizará una segunda elección regional?

La Ley de Elecciones Regionales establece que las fórmulas de candidatos a gobernador y vicegobernador regional deben obtener no menos del 30 % de los votos válidos para ser elegidas en primera vuelta.

Cuando ninguna fórmula alcanza ese porcentaje, corresponde realizar una segunda elección regional en las circunscripciones que cumplan dicha condición. En esa jornada participan las dos fórmulas que obtuvieron las votaciones más altas, conforme al marco electoral aplicable. <Cite refs={[«turn750645search5″,»turn750645search0»]}/>

Por ello, la segunda vuelta no se realizará necesariamente en todas las regiones del país, sino únicamente en aquellas donde los resultados oficiales determinen que ninguna fórmula alcanzó el mínimo legal requerido.

La ONPE solicitó modificar la fecha inicial

La decisión del JNE responde a una solicitud presentada por la ONPE mediante el Oficio N.° 000412-2026-JN/ONPE, fechado el 2 de octubre de 2026. El organismo encargado de organizar los procesos electorales pidió reconsiderar la fecha establecida previamente para la segunda elección regional.

En su evaluación, el Pleno del JNE tomó en cuenta los argumentos técnicos y logísticos expuestos por la ONPE, así como el cronograma propuesto para garantizar el desarrollo de las distintas actividades electorales. <Cite refs={[«turn750645search0″,»turn750645search3»]}/>

Organización y distribución del material electoral

Uno de los aspectos considerados fue el tiempo necesario para contratar bienes y servicios, producir los materiales electorales y distribuirlos oportunamente a los locales de votación de las circunscripciones donde se realice la segunda elección.

La organización de una jornada electoral requiere coordinar recursos humanos, materiales y logísticos, además de garantizar que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al sufragio. El JNE señaló que el nuevo plazo permitirá atender estas necesidades operativas.

También se consideró el posible impacto del Fenómeno El Niño

Según los fundamentos del acuerdo, la planificación debe tomar en cuenta las condiciones que podrían afectar el traslado del material electoral y el desarrollo de las actividades programadas. Entre los factores considerados se encuentra el posible impacto del Fenómeno El Niño.

El objetivo es disponer de un margen suficiente para realizar la distribución y el posterior repliegue del material electoral, así como continuar con el procesamiento de los resultados y las actuaciones correspondientes a la proclamación de las autoridades electas. <Cite refs={[«turn750645search0″,»turn750645search3»]}/>

La ONPE deberá adoptar medidas operativas y presupuestales

El acuerdo requiere a la ONPE que, dentro de sus competencias, adopte oportunamente las medidas administrativas, presupuestales, operativas y logísticas necesarias para organizar la Segunda Elección Regional 2026.

Estas acciones deberán permitir el desarrollo de la votación conforme a la fecha establecida, además del traslado del material electoral después de la jornada y la realización oportuna del cómputo de resultados.

El organismo electoral también deberá coordinar las actividades necesarias para garantizar el cumplimiento de las etapas previstas en el calendario electoral.

El JNE y los Jurados Electorales Especiales atenderán las controversias

La disposición también encarga a los órganos competentes del JNE y a los Jurados Electorales Especiales adoptar las medidas necesarias para atender oportunamente los procedimientos administrativos y jurisdiccionales vinculados con la segunda elección.

Estas actuaciones comprenden la tramitación de las controversias electorales que pudieran presentarse y los procedimientos necesarios para proclamar a las autoridades regionales elegidas, respetando las garantías del debido proceso y la seguridad jurídica. <Cite refs={[«turn750645search0″,»turn750645search3»]}/>

¿Cuántas regiones podrían ir a segunda vuelta?

Según información difundida por el diario oficial El Peruano, las proyecciones de la ONPE apuntaban a que al menos 15 regiones podrían necesitar una segunda elección para definir a sus próximos gobernadores, debido a que ninguna fórmula alcanzaría el 30 % de votos válidos en la primera vuelta.

Esta cifra constituye una proyección y no debe interpretarse como una lista definitiva de circunscripciones convocadas. La determinación dependerá de los resultados oficiales y de las actuaciones de los organismos electorales correspondientes. <Cite refs={[«turn750645search2″,»turn750645search4»]}/>

La convocatoria deberá formalizarse conforme a la ley

El acuerdo dispone solicitar oportunamente a la presidenta de la República la convocatoria correspondiente, de conformidad con el marco normativo vigente.

Asimismo, establece que la decisión sea comunicada a la ONPE, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), a los Jurados Electorales Especiales y a otras entidades competentes para que adopten las medidas que correspondan dentro de sus atribuciones. <Cite refs={[«turn750645search0″,»turn750645search3»]}/>

Conclusión

El JNE fijó el 6 de diciembre de 2026 como fecha para la Segunda Elección Regional en las circunscripciones donde ninguna fórmula de candidatos a gobernador y vicegobernador alcance al menos el 30 % de los votos válidos.

La decisión modifica la fecha inicialmente prevista para el 29 de noviembre y busca otorgar más tiempo para la organización logística, la distribución del material electoral y el desarrollo de las actuaciones posteriores a la votación. La realización de la segunda vuelta en cada circunscripción dependerá de los resultados oficiales y de la convocatoria correspondiente.

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