Laboral

Nueva regla laboral obliga a empleadores a permitir el pago de haberes mediante billetera digital

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una nueva regla en el ámbito laboral dispone que los empleadores deberán permitir a sus trabajadores recibir el pago de sus haberes mediante billeteras digitales, siempre que el trabajador así lo solicite. La medida busca modernizar los mecanismos de pago y adaptarlos al avance de las tecnologías financieras. La normativa establece que el uso de billeteras digitales deberá garantizar la seguridad de las operaciones, la trazabilidad de los pagos y el acceso oportuno a los fondos por parte del trabajador. Asimismo, se precisa que esta modalidad no reemplaza otras formas de pago vigentes, como el depósito en cuentas bancarias, sino que se presenta como una alternativa adicional. Especialistas señalan que esta disposición favorece la inclusión financiera, especialmente de trabajadores que no cuentan con cuentas bancarias tradicionales. No obstante, también advierten que los empleadores deberán adecuar sus sistemas internos y cumplir con los requisitos legales para evitar contingencias laborales y administrativas.     Noticias Relacionadas Nueva regla laboral obliga a empleadores a permitir el febrero 6, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El candidato presidencial Carlos Álvarez señaló que podría dar un paso al costado en medio del escándalo relacionado con el uso indebido de la Carlos Álvarez renunciaría tras escándalo por franja electoral y febrero 5, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El candidato presidencial Carlos Álvarez señaló que podría dar un paso al costado en medio del escándalo relacionado con el uso indebido de la Congreso plantea anular pensión vitalicia a expresidentes vacados o febrero 4, 2026 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Congreso de la República presentó una propuesta legislativa que busca anular la pensión vitalicia otorgada a los expresidentes que hayan sido

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Implementación de Nuevos Montos Remunerativos para la Carrera Pública Magisterial: El Decreto Supremo 277-2025-EF Materializa Segundo Tramo de Ajuste Salarial Docente

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con el Ministerio de Educación, ha publicado recientemente el Decreto Supremo 277-2025-EF, mediante el cual se establecen los nuevos montos de la Remuneración Íntegra Mensual para docentes de la Carrera Pública Magisterial y se actualiza la remuneración de profesores contratados bajo la Ley 30328. La normativa, que constituye el segundo tramo del incremento salarial contemplado en la Ley de Presupuesto 2025, representa un avance significativo en el reconocimiento de la labor profesional docente en el territorio nacional. Estructuración de Nuevos Montos Remunerativos por Escala MagisterialLa norma establece que la Remuneración Íntegra Mensual de la primera escala magisterial se fija en S/ 116,69 por hora semanal-mensual. Este monto constituye el referente base para el cálculo de las demás escalas magisteriales, permitiendo una actualización proporcional en toda la estructura remunerativa de la carrera docente. Con esta medida, los profesores de treinta horas laborales en la primera escala percibirán remuneraciones de S/ 3.500,70, mientras que aquellos con cuarenta horas alcanzarán la suma de S/ 4.667,60. En las escalas superiores, los docentes de octava escala con jornada de treinta horas recibirán S/ 7.351,05, cifra que se incrementa a S/ 9.801,40 para quienes cumplen cuarenta horas semanales.​ Este esquema progresivo reconoce la trayectoria profesional y experiencia acumulada por los docentes en el sistema educativo, generando incentivos estructurados para el ascenso dentro de la carrera magisterial. La diferencia entre la primera y octava escala alcanza aproximadamente S/ 3.850,35 para profesores con jornada de treinta horas, diferencial que incrementa significativamente para aquellos con dedicación de cuarenta horas. Beneficios Diferenciados para Docentes ContratadosLa normativa contempla disposiciones específicas para profesores contratados bajo la Ley 30328. Estos profesionales, que desempeñan funciones en Educación Básica Regular, Educación Básica Especial, Educación Básica Alternativa y Educación Técnico-Productiva, percibirán una remuneración mensual uniforme de S/ 3.500,70. Adicionalmente, se reconoce una categoría especial para coordinadores de programas de cobertura nacional: los Profesores Coordinadores de Programas No Escolarizados de Educación Inicial (PRONOEI), así como Docentes Coordinadores en Oficinas Diocesanas de Educación Católica (ONDEC y ODEC), recibirán la cantidad de S/ 4.667,60 mensuales.​ Incrementos en Asignaciones por Jornada Adicional y Cargos DirectivosUn aspecto destacable del decreto radica en la actualización de asignaciones por jornada de trabajo adicional destinadas a docentes que desempeñan funciones directivas o jerárquicas. Los directores, subdirectores y profesionales en cargos especializados perciben ahora montos escalonados conforme a su escala magisterial. Un docente de primera escala que asuma responsabilidades directivas recibirá S/ 1.166,90, mientras que su homólogo en octava escala obtendrá S/ 2.450,49. Esta estructura de incentivación busca compensar la carga administrativa y de gestión inherente a estas funciones.​ Financiamiento y Respaldo NormativoLa implementación de estos incrementos encuentra respaldo en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, específicamente en su Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final, que autoriza el incremento salarial en dos oportunidades: durante marzo y noviembre del presente año. El financiamiento proviene de los recursos explícitamente previstos en el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440, garantizando sostenibilidad fiscal de la medida. El monto total destinado por el Estado para esta finalidad asciende a S/ 1.435 millones, reflejando el compromiso estatal con la revalorización de la profesión docente.​ Impacto Agregado y Cobertura PoblacionalEsta disposición beneficia a más de 426.000 docentes de la carrera pública magisterial en territorios del Perú. El incremento acumulado durante el año 2025, considerando ambos tramos (marzo y noviembre), oscila entre S/ 400 y S/ 1.120, dependiendo de la jornada laboral y escala magisterial del profesor. Esta variabilidad responde a criterios de progresividad y reconocimiento diferenciado de la experiencia profesional docente.     Noticias Relacionadas Implementación de Nuevos Montos Remunerativos para la Carrera Pública diciembre 2, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La justicia penal de Lima Norte ha confirmado una de las sentencias más significativas contra autoridades municipales en los últimos años. La Ratificada Condena de Prisión Efectiva contra el Burgomaestre de noviembre 30, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La justicia penal de Lima Norte ha confirmado una de las sentencias más significativas contra autoridades municipales en los últimos años. La Transformaciones Significativas en la Normativa Laboral Docente: El Decreto noviembre 29, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Ministerio de Educación ha promulgado recientemente el Decreto Supremo 019-2025-MINEDU, una norma de considerable envergadura que modifica

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Colegio de Abogados Respalda Paro Nacional de 48 Horas de Trabajadores del Ministerio Público

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Gremios y organizaciones profesionales cierren filas ante demandas históricas de precariedad laboralLos trabajadores del Ministerio Público ejecutaron durante las últimas cuarenta y ocho horas una medida de protesta nacional de alcance multirregional, iniciada el martes 25 de noviembre y extendida hasta la jornada del miércoles 26 del mismo mes. La movilización, que ha sido respaldada de manera contundente por el Colegio de Abogados de Puno y otros gremios de la profesión legal, representa un punto de inflexión en la histórica reivindicación de derechos laborales en la institución fiscal. Dimensión de la medida de protesta y cobertura territorialSegún reportes de medios locales especializados, la medida de cese de labores ha sido acatada de manera significativa en múltiples jurisdicciones territoriales, abarcando departamentos como Huánuco, Puno, Arequipa, Cajamarca, Cusco y Huancayo, entre otros. La Federación de Trabajadores del Ministerio Público movilizó aproximadamente dieciocho mil trabajadores en Lima y Callao, mientras que otros dieciocho mil más distribuidos en el resto del territorio nacional también participaron en la acción colectiva. Pliego de demandas y reclamos específicosLos trabajadores del Ministerio Público articularon un conjunto de reclamos específicos que han permanecido sin resolución durante períodos prolongados. Entre las exigencias principales destaca el pase de los servidores bajo régimen CAS al Régimen Laboral 728, una demanda que adquiere particular relevancia considerando que aproximadamente veinte mil trabajadores se encuentran bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios. Según declaraciones de dirigentes sindicales regionales, esta población de trabajadores CAS permanece en condiciones de notoria precariedad salarial. Yerson Chaupis Soto, dirigente sindical de Huánuco, expresó durante la movilización: «Ya nuestros pares del Poder Judicial lo han conseguido, no entendemos por qué a nosotros se nos sigue postergando». Su declaración refleja la frustración acumulada ante la implementación de beneficios similares en instituciones del sistema de justicia que no se han extendido proporcionalmente al Ministerio Público. Adicionalmente, los trabajadores exigen el incremento presupuestal institucional a la Fiscalía, el cumplimiento íntegro de los compromisos establecidos en el convenio colectivo vigente, la entrega de uniformes institucionales 2025 y, de manera particular en regiones como Puno, la implementación del cuarto tramo de la escala remunerativa. Valentín Huayllapuma Lima, dirigente sindical de la región de Puno, informó que aproximadamente trescientos trabajadores bajo régimen CAS ejercen sus funciones en esa circunscripción territorial. Respaldo institucional del Colegio de Abogados de PunoEl Colegio de Abogados de Puno emitió un pronunciamiento oficial donde expresó su «respaldo de manera contundente» a la medida de huelga nacional, rechazando simultáneamente cualquier intento de amedrentamiento, presión o represalia contra los participantes. El documento institucional enfatizó que el derecho constitucional de huelga no puede ser criminalizado ni minimizado, conforme a los marcos constitucionales y convencionales internacionales suscritos por el Estado peruano. Argumentación del respaldo gremialLa institución colegial fundamentó su respaldo en la premisa de que sin trabajadores dignificados no es posible contar con un Ministerio Público efectivo. El pronunciamiento señaló que la indiferencia estatal sistemática hacia los trabajadores de la institución fiscal no solo vulnera derechos laborales fundamentales, sino que debilita peligrosamente la capacidad institucional de lucha contra la criminalidad y la corrupción. El Colegio exhortó al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Justicia y al propio Ministerio Público a inaugurar «sin demora» procesos negociadores serios, responsables y orientados hacia resultados concretos, advirtiendo que la inacción perpetúa el conflicto y afecta directamente a la población nacional.     Noticias Relacionadas Colegio de Abogados Respalda Paro Nacional de 48 Horas noviembre 26, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Norma garantiza resarcimiento económico ante cortes de servicio atribuibles a empresas prestadorasEl Congreso de la República del Perú ha promulgado Ley 32506: Congreso Aprueba Compensación Obligatoria para Usuarios por noviembre 25, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Norma garantiza resarcimiento económico ante cortes de servicio atribuibles a empresas prestadorasEl Congreso de la República del Perú ha promulgado Congresista Bellido Propone Permitir a Padres «Corregir con Moderación» noviembre 24, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Proyecto busca derogar Ley 30403 y restablecer «principio de autoridad» en familias y escuelasEl congresista Guido Bellido, del grupo parlamentario

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Un Hito Histórico para la Justicia Peruana: Los Trabajadores CAS del Poder Judicial Acceden al Régimen Laboral de la Actividad Privada

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Poder Judicial peruano experimenta un cambio trascendental con la promulgación de la Ley 32504, una normativa que marca un quiebre significativo en la situación laboral de miles de servidores judiciales. Tras años de reclamos y gestiones por parte de organizaciones de trabajadores, el Estado ha decidido incorporar a los trabajadores con contrato administrativo de servicios indeterminados del sector judicial al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, conocido popularmente como la Ley de Fomento del Empleo. Esta medida representa un reconocimiento formal a la dignidad laboral y a los derechos fundamentales de quienes sostienen el funcionamiento cotidiano del sistema de justicia nacional. Una Conquista Después de Años de LuchaLa incorporación al régimen 728 no surge de la noche a la mañana. Durante años, los trabajadores CAS indeterminados del Poder Judicial han protagonizado múltiples movilizaciones y presentado innumerables petitorios buscando equiparación de derechos con el personal permanente. Janet Tello Gilardi, presidenta de la Junta Nacional de Justicia, ha calificado públicamente esta ley como «histórica», reconociendo el valor que tiene para los trabajadores judiciales. El logro se concretó gracias a la presión coordinada de federaciones de trabajadores, como la Federación de Trabajadores del Poder Judicial, que mantuvieron vigente la demanda en la agenda política nacional. ¿Qué Significa el Paso al Régimen 728?El Decreto Legislativo 728 es el marco normativo que regula las relaciones laborales de la actividad privada en Perú. Trasladarse a este régimen implica que los trabajadores judiciales ganaran acceso a beneficios laborales sustanciales que previamente les eran negados bajo la modalidad CAS. Entre los principales beneficios se encuentran la estabilidad laboral reforzada, protecciones contra el despido arbitrario, indemnizaciones por cese, derecho a sindicalización más amplia, y acceso a mecanismos de negociación colectiva. Asimismo, estos trabajadores podrán acumular tiempo de servicios para efectos de pensión y otros beneficios derivados, reconociéndose así toda su trayectoria laboral en el sector público. Impacto Administrativo y FinancieroLa implementación de la Ley 32504 requiere que el Poder Judicial realice ajustes significativos en su estructura administrativa y presupuestaria. Las autoridades judiciales deberán adecuar los sistemas de registro de personal, nóminas y cálculos de beneficios para conformarse con las disposiciones del régimen privado. Esto incluye la reestructuración de costos asociados con gratificaciones, compensación por tiempo de servicios, seguros complementarios y otras prestaciones que el régimen 728 contempla. Aunque representa una erogación mayor para el Estado, esta inversión se justifica en términos de calidad del servicio judicial y estabilidad institucional. Consideraciones Transitorias y Próximos PasosLa ley establece disposiciones transitorias que garantizan un paso ordenado del régimen CAS al 728. Los trabajadores afectados mantienen su continuidad laboral durante el proceso de reconversión, evitando así interrupciones en sus ingresos o derechos adquiridos. Las autoridades judiciales tienen la responsabilidad de implementar estos cambios dentro de plazos específicos, asegurando que ningún trabajador quede desprotegido durante la transición. Además, se espera que el Consejo Nacional de la Magistratura y otras entidades vinculadas realicen coordinaciones para asegurar la homogeneidad de criterios en la aplicación de esta normativa. Reflexión FinalLa Ley 32504 representa más que un cambio administrativo: constituye el reconocimiento de que quienes trabajan en la administración de justicia merecen la misma protección laboral que cualquier otro trabajador. Con esta medida, Perú avanza en la construcción de un sistema de justicia más humano, equitativo y sustentable. El tiempo dirá si esta incorporación al régimen 728 se traduce en mejoras efectivas en la calidad de vida de los trabajadores judiciales y, consecuentemente, en un mejor servicio de justicia para toda la ciudadanía.     Noticias Relacionadas Un Hito Histórico para la Justicia Peruana: Los Trabajadores noviembre 23, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Antecedentes y finalidad del RENTESEGEl Decreto Supremo N° 017-2025-IN introduce modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1338, que Modifican Reglamento del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles noviembre 21, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Antecedentes y finalidad del RENTESEGEl Decreto Supremo N° 017-2025-IN introduce modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1338, que Trabajadores de la Defensa Pública anuncian paro nacional de noviembre 20, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Contexto y motivaciones del paroLa Federación Nacional de Trabajadores de la Defensa Pública (FENATDEPU), que agrupa a 2,297 trabajadores a nivel

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Trabajadores de la Defensa Pública anuncian paro nacional de 48 horas para exigir igualdad salarial

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Contexto y motivaciones del paroLa Federación Nacional de Trabajadores de la Defensa Pública (FENATDEPU), que agrupa a 2,297 trabajadores a nivel nacional, anunció un paro de 48 horas para los días 26 y 27 de noviembre de 2025, con la posibilidad de radicalizar en una huelga indefinida si no se atienden sus demandas. El motivo central es la exigencia de igualdad salarial, tras más de 15 años de desigualdad respecto a otros servidores públicos que realizan funciones equivalentes. Señalan una brecha salarial superior al 40%, afectando su calidad de vida y estabilidad laboral. Demandas principalesLos trabajadores exigen al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la implementación urgente de varias medidas: el cierre de la brecha remunerativa, el pase del personal contratado bajo el régimen CAS al régimen laboral 728, la aprobación de una estructura de carrera profesional y la entrega de un bono compensatorio por la diferencia salarial. Además, solicitan mejoras en sus condiciones laborales, con implementos de seguridad y adecuación de oficinas.​ Impacto y posicionamiento sindicalEl paro convocado se suma a una serie de protestas y negociaciones que este gremio ha mantenido sin respuesta satisfactoria. Desde la FENATDEPU advierten que las autoridades deben tomar en serio esta medida para evitar afectar el acceso a la justicia gratuita, fundamental para la población vulnerable. La defensa pública cumple un rol clave en garantizar los derechos legales de los ciudadanos con recursos limitados.​ Expectativas y seguimientoLas autoridades del Ministerio de Justicia y el Poder Ejecutivo han sido emplazadas para presentar soluciones inmediatas y presupuestos claros que permitan ejecutar estas medidas en el Presupuesto General de la República 2026. La vigilancia social y sindical se mantiene activa para que no se repitan los retrasos en la atención a sus justas demandas. En conclusión, la paralización nacional de la defensa pública busca visibilizar un problema estructural en las políticas de remuneración y gestión pública, promoviendo un trato justo y digno para quienes velan por la justicia en el país     Noticias Relacionadas Trabajadores de la Defensa Pública anuncian paro nacional de noviembre 20, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Contexto y motivaciones del paroLa Federación Nacional de Trabajadores de la Defensa Pública (FENATDEPU), que agrupa a 2,297 trabajadores a nivel Congreso aprueba informe que recomienda la inhabilitación de Delia noviembre 19, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Decisión parlamentaria y contextoLa Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de la República aprobó el 18 de noviembre de 2025 el Indecopi multa a restaurante por engañar con promoción falsa noviembre 18, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Indecopi sancionó a Multiservicios Maicelo S.A.C., restaurante en San Isidro, por brindar información falsa sobre la vigencia de su promoción

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Ley N.º 32489: Incorporación progresiva de trabajadores CAS de la Sunarp al régimen 728 marca un hito en la estabilidad laboral del Estado

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La norma reconoce derechos laborales plenos y garantiza un proceso meritocrático, transparente y financieramente responsable para los servidores públicos de la institución registral. Un paso decisivo hacia la estabilidad y dignidad laboral El 4 de noviembre de 2025, fue publicada en el diario oficial El Peruano la Ley N.º 32489, una norma que autoriza la incorporación progresiva de los servidores contratados bajo el régimen CAS (Decreto Legislativo 1057) de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, conocido por otorgar mayores derechos laborales y estabilidad en el empleo. Esta medida representa un avance significativo en la consolidación de los derechos de los trabajadores del sector público. Más allá de su carácter administrativo, la ley simboliza un reconocimiento a la profesionalización y permanencia de quienes, durante años, han contribuido al funcionamiento del sistema registral sin gozar de las mismas condiciones de estabilidad que otros servidores estatales. De acuerdo con el texto legal, la migración se realizará en un plazo máximo de dos años, bajo un sistema de concursos internos de méritos, asegurando así que la incorporación al nuevo régimen se base en criterios de transparencia y capacidad profesional. Concursos internos y progresividad del proceso El artículo 3 de la ley establece que la Sunarp deberá planificar el proceso de incorporación en dos etapas anuales, cada una con un máximo del 50% de servidores que logren superar el concurso interno. Este enfoque progresivo busca garantizar un proceso ordenado y compatible con las limitaciones presupuestales de la institución. Para asegurar la legalidad y coherencia administrativa, solo podrán postular las plazas que estén debidamente contempladas en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP Provisional), registradas en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) y certificadas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, una vez concluido el proceso, las plazas vacantes generadas serán eliminadas de oficio para mantener la transparencia y control presupuestario. Protección frente al despido injustificado y garantía de continuidad laboral Uno de los aspectos más relevantes de la Ley N.º 32489 es la protección que ofrece a los trabajadores CAS durante todo el proceso de transición. Según el artículo 4, los servidores de la Sunarp contarán con protección contra el despido injustificado o el término arbitrario de contrato, asegurando que la relación laboral se mantenga vigente hasta que se complete la migración al régimen 728. De este modo, se busca evitar que la transición se convierta en una fuente de incertidumbre para los trabajadores y, en cambio, se consolide como un proceso que refuerce la confianza institucional y el sentido de pertenencia. Responsabilidad financiera y apoyo interinstitucional El financiamiento de la medida será asumido principalmente por el presupuesto institucional de la Sunarp, autorizándose a la entidad a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias para implementar la ley. En caso de requerirse recursos adicionales, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos podrá efectuar transferencias complementarias a favor de la Superintendencia. Este diseño financiero evidencia un enfoque de responsabilidad fiscal, garantizando que la ampliación de derechos no comprometa la sostenibilidad del gasto público ni el equilibrio presupuestario. Transparencia, mérito y fortalecimiento institucional La norma también dispone que la Sunarp emita las disposiciones complementarias necesarias para garantizar la transparencia de los concursos y la objetividad de las evaluaciones. Además, la entidad queda exonerada de ciertas restricciones presupuestales previstas en la Ley de Presupuesto 2025, con el fin de facilitar la implementación de esta política laboral. Con esta medida, el Estado peruano reafirma su compromiso con una administración pública más justa, meritocrática y eficiente. La Ley N.º 32489 no solo transforma la situación contractual de cientos de trabajadores, sino que fortalece el vínculo jurídico entre el servidor público y el Estado, otorgando mayor seguridad, profesionalismo y dignidad a quienes cumplen funciones esenciales para la ciudadanía. En suma, esta ley marca un hito en la modernización del empleo público, promoviendo una gestión más humana, estable y orientada al mérito, pilares indispensables para el fortalecimiento de las instituciones democráticas y el servicio civil peruano.     Noticias Relacionadas Ley N.º 32489: Incorporación progresiva de trabajadores CAS de noviembre 6, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una propuesta para humanizar el sistema penitenciario La congresista Patricia Chirinos Venegas, del grupo parlamentario Renovación Popular, presentó Proponen ley para proteger a madres internas y a noviembre 2, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Una propuesta para humanizar el sistema penitenciario La congresista Patricia Chirinos Venegas, del grupo parlamentario Renovación Popular, presentó Abandonan artefacto explosivo en sede judicial de Lima Este noviembre 1, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: Amenaza en la madrugada: explosivo en la puerta de la Corte de Lima Este La madrugada del viernes 31 de octubre, un artefacto explosivo de

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Corte Suprema confirma que Reniec deberá pagar más de S/213 mil a Dina Boluarte tras fallo definitivo

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Corte Suprema de Justicia resolvió de manera definitiva la demanda interpuesta por Dina Boluarte contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), poniendo fin a un largo proceso judicial que se remontaba a los años en que la exmandataria laboró en dicha institución. Con este fallo, el máximo tribunal ordenó que el Reniec pague un monto total de S/213 174,63 a favor de Boluarte, cifra que representa una reducción frente a los S/286 mil que se le habían reconocido en instancias previas. Un caso laboral que se remonta al 2007 La controversia judicial tiene su origen en la relación laboral que Dina Boluarte mantuvo con el Reniec desde 2007, años antes de ingresar a la vida política. Según la demanda, la entonces trabajadora alegó que su vínculo contractual con la entidad se desnaturalizó, pues —aunque figuraba como contratada bajo la modalidad de locación de servicios o régimen CAS— en realidad cumplía funciones de carácter permanente y subordinado, propias de un contrato a plazo indeterminado. En ese sentido, solicitó el reconocimiento de diversos beneficios sociales y sindicales que, según su defensa, no le fueron otorgados durante todo el periodo laboral. En su cálculo inicial, la exmandataria reclamaba más de S/428 mil por conceptos de compensación por tiempo de servicios (CTS), gratificaciones, vacaciones, escolaridad y beneficios colectivos derivados de los laudos arbitrales de 2011 y 2012. De los S/428 mil reclamados a los S/213 mil definitivos En primera instancia, el Poder Judicial le dio la razón de manera parcial, fijando la compensación en S/286 mil. Luego, la Primera Sala Laboral Permanente de Lima ratificó el fallo pero redujo el monto a S/239 674,63, al precisar que ciertos beneficios sindicales no correspondían a la totalidad del periodo reclamado. El Reniec interpuso posteriormente un recurso de casación ante la Corte Suprema, solicitando que se excluyeran los pagos por beneficios colectivos en los periodos de octubre de 2010 a noviembre de 2011 y desde enero de 2015 en adelante, argumentando que en esos lapsos Boluarte ocupó un cargo de confianza como jefa de oficina registral, función a la que no le corresponde percibir beneficios sindicales. La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema acogió este argumento, reduciendo la suma final a S/213 174,63. El fallo es definitivo y de cumplimiento obligatorio, por lo que el juzgado correspondiente deberá requerir al Reniec el depósito del monto en las cuentas bancarias de la exmandataria. Argumentos del fallo supremo En su resolución, la Corte Suprema precisó que no era necesaria una designación formal para determinar que Boluarte desempeñaba un cargo de confianza, pues las funciones y responsabilidades inherentes a su puesto evidenciaban dicha condición. “El jefe de oficina registral tiene como funciones, entre otras, elaborar cuadros de información estadística que sirvan para la toma de decisiones de la jefatura regional. Es decir, la demandante realizaba informes que contribuían a la adopción de decisiones institucionales de alto nivel, propias de un cargo de confianza”, indica el fallo. Por ello, el tribunal concluyó que durante los periodos mencionados, Boluarte no tenía derecho a beneficios colectivos, ya que estos están reservados para trabajadores sujetos a negociación sindical, situación incompatible con los cargos de confianza. Un cierre judicial tras años de controversia Con esta decisión, la Corte Suprema pone punto final a un proceso que se prolongó por más de una década, en el que se debatió la verdadera naturaleza del vínculo laboral entre Dina Boluarte y el Reniec. El fallo reafirma que, si bien existió una relación laboral que generó derechos a determinados beneficios, no todos los reclamos fueron procedentes por la naturaleza jerárquica del puesto que ocupó la exmandataria en ciertos periodos. El Reniec deberá ahora cumplir con efectuar el pago ordenado por el Poder Judicial, una vez sea notificado formalmente por el juzgado competente. Con ello, Dina Boluarte recibirá más de S/213 mil soles como liquidación definitiva por los años trabajados en la institución, cerrando así un capítulo que combinó elementos laborales, administrativos y políticos en torno a su paso por la administración pública.     Noticias Relacionadas Corte Suprema confirma que Reniec deberá pagar más de octubre 26, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Congreso de la República aprobó con 84 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención el dictamen que dispone la incorporación progresiva de los Congreso aprueba incorporación de trabajadores CAS del Poder Judicial octubre 25, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Congreso de la República aprobó con 84 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención el dictamen que dispone la incorporación progresiva de los Presidente José Jerí decreta estado de emergencia en Lima octubre 22, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La medida busca contener la ola de violencia y extorsión que azota la capital. Policía y Fuerzas Armadas asumirán control conjunto del orden

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Congreso aprueba incorporación de trabajadores CAS del Poder Judicial al régimen laboral 728

Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Congreso de la República aprobó con 84 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención el dictamen que dispone la incorporación progresiva de los trabajadores del Poder Judicial contratados bajo el régimen CAS (Decreto Legislativo N.º 1057) al régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 728, conocido como Ley de Fomento del Empleo. La medida, exonerada de segunda votación, marca un hito en la búsqueda de equidad y estabilidad laboral dentro del sistema judicial peruano. Hacia un trato laboral equitativo La iniciativa fue sustentada por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, presidida por el congresista Flavio Cruz Mamani (Perú Libre), quien señaló que el dictamen busca reconocer los derechos laborales de miles de servidores judiciales que, pese a realizar funciones permanentes, se mantienen bajo un régimen de contratación temporal y precario. “El régimen CAS fue concebido como una modalidad transitoria. Sin embargo, con el tiempo se ha convertido en una forma de empleo permanente sin los beneficios ni la estabilidad que otorga el régimen 728”, manifestó Cruz Mamani durante el debate. Asimismo, destacó que el cambio no solo busca corregir una desigualdad, sino también dignificar la función pública en un sector clave como el Poder Judicial, donde la rotación constante y la inseguridad laboral han afectado la continuidad institucional y la calidad del servicio. Argumentos a favor de la reforma Por su parte, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, Alejandro Soto Reyes (Alianza para el Progreso), respaldó la medida al advertir que la coexistencia de distintos regímenes laborales dentro del Poder Judicial ha generado tratos diferenciados, incluso entre trabajadores con idéntico perfil y funciones. “El problema es estructural. Existen profesionales que realizan las mismas labores, pero bajo regímenes distintos y con derechos dispares. Esta situación no solo es injusta, sino también ineficiente desde el punto de vista administrativo”, explicó. El dictamen aprobado consolida una demanda histórica de los servidores CAS, que por años reclamaron la eliminación de la dualidad laboral y la equiparación de derechos con los trabajadores del régimen privado del Estado. Incorporación gradual y bajo control presupuestal La nueva ley autoriza al Poder Judicial a iniciar un proceso progresivo de incorporación al régimen 728 de los trabajadores que actualmente laboran bajo contratos CAS a plazo indeterminado. No obstante, esta medida estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la entidad y se desarrollará en un plazo máximo de cinco años desde su entrada en vigor. El orden de prelación se establecerá según la antigüedad de los contratos, priorizando a quienes llevan más tiempo de servicio continuo. Además, para acceder a la incorporación, los beneficiarios deberán haber ingresado al Poder Judicial mediante concurso público de méritos y ocupar una plaza con presupuesto sostenible. Un paso hacia la estabilidad laboral en el Estado La aprobación del dictamen constituye un avance significativo en la formalización del empleo público, especialmente en una de las instituciones más sensibles del sistema democrático. Con esta decisión, el Congreso busca no solo mejorar las condiciones laborales de miles de trabajadores, sino también fortalecer la institucionalidad del Poder Judicial mediante la estabilidad y continuidad de su personal. El régimen CAS, instaurado en 2008, fue concebido como un mecanismo temporal de contratación administrativa de servicios. Sin embargo, su prolongada vigencia y expansión hacia casi todos los sectores del Estado generaron múltiples cuestionamientos y demandas por discriminación laboral. La transición hacia el régimen 728 representa, por tanto, un reconocimiento al carácter permanente de las funciones que desempeñan los servidores judiciales y una apuesta por la meritocracia y la justicia laboral. Con esta medida, el Parlamento abre la puerta a una reforma más amplia en el empleo público peruano, que podría inspirar cambios similares en otros sectores donde aún prevalece la precariedad contractual. La implementación, no obstante, dependerá de la capacidad presupuestal del Estado y de la voluntad política para garantizar que la promesa de equidad laboral no se quede solo en el papel.     Noticias Relacionadas Corte Suprema confirma que Reniec deberá pagar más de octubre 26, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La Corte Suprema de Justicia resolvió de manera definitiva la demanda interpuesta por Dina Boluarte contra el Registro Nacional de Identificación y Congreso aprueba incorporación de trabajadores CAS del Poder Judicial octubre 25, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: El Congreso de la República aprobó con 84 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención el dictamen que dispone la incorporación progresiva de los Presidente José Jerí decreta estado de emergencia en Lima octubre 22, 2025 Unete al canal de Whatsapp de LEXNOTICIAS Artículo: La medida busca contener la ola de violencia y extorsión que azota la capital. Policía y Fuerzas Armadas asumirán control conjunto del orden

Congreso aprueba incorporación de trabajadores CAS del Poder Judicial al régimen laboral 728 Leer más »

Congreso aprueba pase progresivo de trabajadores CAS de Sunarp al régimen 728 y multan a Cineplanet por vulnerar derechos de consumidores

Artículo: En una jornada legislativa marcada por decisiones de gran impacto social, el Pleno del Congreso aprobó la incorporación progresiva de los trabajadores de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) contratados bajo el régimen CAS al régimen laboral del Decreto Legislativo 728. La medida, que beneficiará a más de 2.300 servidores considerados clave para la seguridad jurídica del país, fue respaldada por 78 votos a favor, 5 en contra y 4 abstenciones, y posteriormente exonerada de segunda votación. El dictamen, sustentado en los proyectos de ley 6015, 6195 y 8940, cuenta con el respaldo de las comisiones de Presupuesto y de Justicia. Según el congresista Alejandro Soto (APP), presidente de la Comisión de Presupuesto, la Sunarp mantiene personal CAS que realiza funciones idénticas a las de sus pares del régimen 728, pero con menores ingresos y beneficios, lo que constituye un trato desigual. Recordó que el costo de la incorporación asciende a 266 millones de soles, frente a un presupuesto de 110 millones, lo que deja una brecha de financiamiento. Por su parte, Flavio Cruz (PL), presidente de la Comisión de Justicia, destacó que los trabajadores CAS indeterminados representan el 98 % de los servicios que brinda la institución, desde la inscripción de propiedades hasta la calificación de actos jurídicos. “No se trata de privilegios, sino de un acto de justicia”, subrayó. Otros parlamentarios coincidieron en la necesidad de equiparar derechos laborales. Waldemar Cerrón (PL) resaltó que la entidad es autosostenible y cuenta con recursos propios para financiar la transición. Guido Bellido (PP) denunció que no puede persistir una discriminación que asigna las mismas funciones con menos beneficios, mientras que Paul Gutiérrez (SP) consideró la medida una oportunidad histórica para reconocer el mérito y la trayectoria de los servidores de Sunarp. No obstante, voces como la de Patricia Juárez (FP) advirtieron sobre la necesidad de mantener la responsabilidad fiscal, señalando que la propuesta sí implica recursos del Estado. En esa línea, Alejandro Cavero (Avanza País) sostuvo que el debate evidencia qué bancadas priorizan la sostenibilidad presupuestal y cuáles apuestan por medidas populistas. En paralelo a este debate legislativo, otra noticia vinculada a derechos de los ciudadanos marcó la agenda: Indecopi sancionó con una multa de 16.000 soles a Cineplanet por impedir el ingreso de un cliente que llevaba dos hamburguesas adquiridas externamente. La entidad reguladora determinó que la empresa actuó de manera arbitraria, vulnerando el derecho del consumidor, pues el producto ingresado era similar a lo que la propia compañía ofrece en sus salas. El fallo establece un precedente importante en materia de protección al consumidor, subrayando que las restricciones comerciales deben ser razonables y proporcionales, sin imponer condiciones que limiten injustificadamente la libertad de elección del usuario. Así, mientras el Congreso avanza en medidas de justicia laboral para los trabajadores del Estado, el ámbito de la defensa del consumidor también marca un precedente relevante en favor de los derechos ciudadanos.     Noticias Relacionadas Congreso aprueba pase progresivo de trabajadores CAS de Sunarp octubre 7, 2025 Artículo: La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura resolvió que los cines no pueden impedir el ingreso de hamburguesas adquiridas fuera de sus establecimientos si estas son similares a Indecopi ordena a cines permitir ingreso de hamburguesas al octubre 3, 2025 Artículo: La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura resolvió que los cines no pueden impedir el ingreso de hamburguesas adquiridas fuera de sus establecimientos si estas son similares a Gobierno aprueba nuevos lineamientos para portales de transparencia en octubre 2, 2025 Artículo: El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos oficializó, mediante la Resolución Directoral N.° 066-2025-JUS/DGTAIPD, la aprobación de los Lineamientos para la implementación y actualización

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AFP publican cronograma oficial para retiro de hasta S/ 21,400 desde el 21 de octubre

Artículo: La Asociación de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) confirmó este 30 de septiembre el cronograma oficial para que los afiliados puedan registrar sus solicitudes y acceder al retiro extraordinario de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 21,400. La medida se enmarca en la Ley N.° 32445, promulgada recientemente, que autoriza a los afiliados a disponer voluntariamente de una parte de sus fondos previsionales como alivio económico frente a la actual coyuntura. Según lo informado, el proceso de inscripción de solicitudes se iniciará el 21 de octubre. Cada AFP habilitará plataformas digitales y canales de atención específicos para garantizar que los aportantes puedan registrar su pedido de forma ordenada y segura, evitando aglomeraciones y sobrecargas en los sistemas. El desembolso se realizará en armadas de hasta 1 UIT cada 30 días calendario, siguiendo la mecánica ya aplicada en retiros anteriores. La norma establece que el retiro es facultativo: cada afiliado puede decidir libremente si accede o no al beneficio y por qué monto, siempre dentro del límite autorizado. Además, se mantiene el carácter intangible de los fondos retirados, que no podrán ser objeto de embargos ni compensaciones, salvo en el caso de deudas alimentarias. En caso los aportantes no recuerden a qué AFP pertenecen, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha dispuesto una plataforma de consulta gratuita. Solo es necesario ingresar al enlace oficial servicios.sbs.gob.pe/ReporteSituacionPrevisional/Afil_Consulta.aspxy colocar nombres, apellidos y documento de identidad. Con este cronograma, millones de afiliados podrán disponer de parte de sus ahorros previsionales a partir de octubre, en un proceso que se espera alivie la economía familiar, aunque sin perder de vista la importancia de preservar la seguridad previsional a futuro.       Noticias Relacionadas AFP publican cronograma oficial para retiro de hasta S/ octubre 2, 2025 Artículo: El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos oficializó, mediante la Resolución Directoral N.° 066-2025-JUS/DGTAIPD, la aprobación de los Lineamientos para la implementación y actualización Hackers de Deface Perú atacan web de El Peruano septiembre 29, 2025 Artículo: Un nuevo episodio de hacktivismo político remeció al país este fin de semana. El colectivo Deface Perú se atribuyó el ataque a la página oficial del diario estatal *El Peruano*, órgano de OECE revela entidades que incumplieron con registrar contratos en septiembre 28, 2025 Artículo: El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) informó que varias entidades del Estado no cumplieron con registrar en el Sistema Electrónico de Contrataciones

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